REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
DECRETO
Acarigua, 16 de mayo de 2022 Años: 211° y 162°

Tramitada como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, hecha por el ciudadano CARLOS ENRIQUE OROZCO GALOFRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.134.355, de este domicilio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio BEBERLY GILBERNIA VALERA AVILA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 315.007, mediante el cual solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías que a ella se contrae.
Y por cuanto de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos: ALIRIO TORRES y JORGE DAVID PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-8.061.915 y V-13.228.331, respectivamente, que se relaciona con el croquis catastral N° 18-08-01-U-01-NC-NC-000-000-000, que corre al folio siete (07), consta que él solicitante en un lote de terreno municipal, el cual posee un área total de SEIS MIL CIENTO SESENTA Y OCHO METROS (6.168,67 M2) ubicado en la carretera Vía Mijaguito, signada con el número 86, Barrio La Franja, de la ciudad de Acarigua, Municipio Páez del estado Portuguesa, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Alirio Torres; SUR: David Hernández; ESTE: Carretera vía Mijaguito; y OESTE: Terrenos municipales, ha conformado a sus únicas y solas expensas y con dinero de su propio peculio, una casa edificada con paredes de bloque, techo de zinc, piso de cemento, instalación de energías eléctrica, constante de una habitación, una baño, sala, comedor, cocina, puertas y ventana de hierro, un galpón construido con paredes de bloques, piso de cemento, portón de metal, puertas y ventanas de hierro, una oficina, un baño, una garita de vigilancia con paredes bloques, techo de zinc, piso de cemento, puertas y ventanas de hierro, una cochinera con paredes de bloques, además existe un pozo séptico, un tanque de agua subterráneo de cuatro mil litros (4000 Lts), una piscina de treinta y seis mil litros (36.000Lts), terreno cercado totalmente con paredes de bloques y dos portones de hierro cuya área de construcción total es de DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CERO Y SEIS CENTIMETROS (238,06 M2), ubicado en la carretera Vía Mijaguito, signada con el número 86, Barrio La Franja, de la ciudad de Acarigua, Municipio Páez del estado Portuguesa, las cuales tienen un valor de Un Mil Quinientos Bolivares (Bs. 1.500,00). Y por cuanto no ha habido oposición éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle al ciudadano: CARLOS ENRIQUE OROZCO GALOFRE, antes identificado, el derecho de propiedad y posesión, sobre las mejoras o bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Se deja constancia que fueron presentados los siguientes documentos: 1.) Carta de Residencia del ciudadano: Carlos Enrique Orozco Galofre, inserto en el folio cinco (05); 2.) Carta de Ocupación Comunal del ciudadano: Carlos Enrique Orozco Galofre, inserto en el folio seis (06); 3.) Croquis Catastral número 18-08-01-U-01-NC-NC-000-000-000, de fecha 25 de Abril del 2022, que corre inserto a los folio siete (07) emanado de la Dirección Municipal de Catastro de la Alcaldía Municipio Páez estado Portuguesa; 4.-) Constancia de la Ficha Catastral a nombre del ciudadano: Carlos Enrique Orozco Galofre, con Código Catastral N° U-01-NC-NC-NC, de fecha 28 de abril de 2022, que corre al folio ocho (08), emanado de la Dirección de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del municipio Páez del estado Portuguesa. Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.
La Juez Titular

Abg. Miriam Sofía Durand Sánchez.
La Secretaria Titular

Abg. Crismar Yoleida López.

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de doce (12) folios útiles.
Conste. Secretaria.









Solicitud N° S-1056-2022.
CL.