REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE
UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Chabasquén, 21 de Septiembre de 2022.
Años. 212° y 163°

Tramitada como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, hecha por la Ciudadana: DEUDEDY DE LAS MERCEDES GONZALEZ CASTAÑEDA, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.459.974 asistida en este acto por la Abogada en ejercicio Maryexci Vielma, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 246.276, solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las Bienhechurias a que el se contrae. De las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por los Ciudadanos: PETRA DEL CARMEN LOPEZ MARQUEZ y ESPERANZA CARIDAD GIL PARGAS, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cedulas de Identidad Nros: V- 9.403.872 y V- 12.010.039, respectivamente, consta que la solicitante ocupa en un lote de terreno propiedad privada, ubicado en sector las colinas calle principal de esta población de Chabasquèn del Municipio Monseñor Jose Vicente de Unda Estado Portuguesa la cual contiene las siguientes medidas y linderos, Medidas: TRECIENTOS OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, CON SESENTA Y NUEVE CENTIMETROS (386.69 Mtrs,2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Bienhechurias de Midia Guillen SUR: Calle principal las Colinas ESTE: Bienhechurias de Ney Mejias, donde ha edificado OESTE: Bienhechurias de Midia Guillen. Donde ha edificado una Bienhechurias que consisten en una Vivienda de habitación familiar, construida con paredes de bloque, con un machón de cabilla cemento y concreto, piso de cemento pulido, techo de acerolit, (03) ventanas de hierro, distribuida de la siguiente manera: (02) cuarto, (01) Sala comedor, (01) porche, (01) cocina, (01) baño, un (01) garaje y (01) cuarto de deposito, con un area total de 386.69 MTS2, todo enclavado en un lote de terreno propiedad Privada, que la misma ha fomentado a sus propias y únicas expensas con dinero de su propio peculio y trabajo personal e invirtió en todas esa bienhechurias la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (120.000,00). Por cuanto no ha habido oposición este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el ARTICULO 937del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle al Ciudadana, DEUDEDY DE LAS MERCEDES GONZALEZ CASTAÑEDA, antes identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las Bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo a los derechos de terceros.- Se deja constancia que fue presentada Documento Registrado, de fecha: 08/07/2014, por el Registro Publico de los Municipios Sucre y Unda y Cedula Catastral de la Oficina Municipal de Catastro de la Alcaldía de Municipio Monseñor Jose Vicente de Unda del Estado Portuguesa de fecha 03/08/2022, para que la solicitante se provea del respectivo TITULO SUPLETORIO, sobre las Bienhechurías edificadas dentro del lote de terreno. Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.
Dios y Federación.
El Juez Provisorio

Abg. Duvelys Ramón Briceño Juárez
El Secretario

Abg. Luis Enrique Briceño Rojas.

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas constante de Trece (13) folios útiles.


El Secretario

Abg. Luis Enrique Briceño Rojas.







Sol.87/2022