REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 26 de septiembre de 2022
212° y 163°

DECRETO

Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, interpuesta por la ciudadana: MAURICIA FLORES DE GOMEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° V- 12.394.384, Comerciante, domiciliada en la avenida 4 sector centro 1, parroquia Villa Bruzual, Municipio Turén del Estado Portuguesa, actuando en representación de la sucesión Gómez Pulido Orlando Horacio y asistida en este acto por el abogado en ejercicio EDGAR CACERES GAMBOA, Inpreabogado bajo el Nº 20589, titular de la cedula de identidad Nº 8.005.810. Solicita que les sirva oír en su Despacho a los testigos de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos BRIGGITTE MADELINE SLUSAR SANCHEZ y LEONEL FRANCISCO CANELON MELENDEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 7.424.262 y V- 10.635.521, respectivamente, venezolanos, mayores de edad, solteros, de este domicilio.
Consta que he fomentado unas mejoras y bienhechurías junto a mi difunto esposo construidas a nuestras propias expensas y con dinero de nuestro propio peculio, consistentes en una Casa, asentada en un lote de terreno propio, lo cual se evidencia de declaración sucesoral hecha por ante el S.E.N.I.A en fecha 15 de Febrero del 2018, Forma DS-99032 Nº 1890003977, Expediente Nº 0029-2019 de fecha 05/02/2018. ubicado en la avenida 4 entre calles 4 y 5, de la parroquia Villa Bruzual, Municipio Turén, estado Portuguesa; área de terreno es de QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y DOS CENTIMETROS (599.82M2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Bienhechurías que son o fueron de Estervina Pulido con treinta y nueve metros lineales (39,M2); SUR: Bienhechurías que son o fueron de Imperio DelOnto con treinta y nueve metros lineales (39,M2); ESTE: Bienhechurías que son o fueron de Segundo Pérez, con quince metros con cincuenta centímetros (15,50 M2); OESTE: Avenida 4, sector 1 que es su frente, con quince metros con cincuenta centímetros (15,50 M2), sobre el descrito terreno he construido en representación de la sucesión Gómez Pulido Orlando Horacio a expensas propias y con dinero de mi propio peculio personal una mejoras y bienhechurías cuya área de construcción es de CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y TRES CENTIMETROS (140.53 M2), consistentes de una (1)casa, construida con paredes de bloque, piso de cerámica, puertas y ventanas de hierro y de madera, con 2 cuartos con puertas y ventanas cada uno, una sala principal, un baño con puerta, un lavadero, un baño externo, un tanque, un garaje con portón de hierro, ubicada en la avenida 4 entre calles 4 y 5 sector centro 1, S/N parroquia Villa Bruzual Municipio Turén estado Portuguesa. Con código catastral Nº 18-14-01-U00-001-015-014 cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Bienhechurías que son o fueron de Estervina Pulido con treinta y nueve metros lineales (39,M2); SUR: Bienhechurías que son o fueron de Imperio DelOnto con treinta y nueve metros lineales (39,M2); ESTE: Bienhechurías que son o fueron de Segundo Pérez, con quince metros con cincuenta centímetros (15,50 M2); OESTE: Avenida 4, sector 1 que es su frente, con quince metros con cincuenta centímetros (15,50 M2)
Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: MAURICIA FLORES DE GÓMEZ, ya identificada, en representación de la Sucesión Gómez Pulido Orlando Horacio el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentaron: Cédula Catastral y plano de mensura, emitidos por la Oficina de la Dirección de Catastro Comunal, Alcaldía Bolivariana del Municipio Turén, Estado Portuguesa, Copia simple de Certificado de Solvencia Municipal, Copias simple de Cédulas de Identidad del solicitante y testigos, para que el solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurías construidas sobre el referido terreno. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Juez,

Abg. ANGELA M. SOSA R. La Secretaria,

Abg. GLORIA S. BUEGOS E.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:
Solicitud Nº 15.079-2022
AMSR/GSBE/kgsn