REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Biscucuy, 12 de Abril de 2023
212º y 164°
Exp Nº 2902/2023
PARTES: Héctor Augusto Fuentes Canelón y Sahil Gusrosy Hernández Delfín, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.476.168 y 15.173.288, respectivamente
Motivo: Ofrecimiento de Obligación de Manutención
Vista la aceptación de la ciudadana: Sahil Gusrosy Hernández Delfín, titular de la cédula de identidad Nº. 15.173.288, actuando en representación de su hijo xxxxx, donde acepto en su totalidad el ofrecimiento hecho por el padre de su hijo, ciudadano: Héctor Augusto Fuentes Canelón, que es la cantidad de cincuenta dólares (50$), en bolívares equivalentes al cambio de la tasa del dólar paralelo de manera mensual, dichas cantidades de dinero serán consignados por ante la cuenta corriente Nº 0108-0542-25-0100095901 entidad bancaria Provincial perteneciente a la madre de su hijo los días treinta (30) de cada mes, así como también el 50% de los gastos en el mes de diciembre de cada año, para gastos de útiles escolares, uniformes escolares así como la inscripción del colegio privado, el 50% de los gastos de ropa y calzado cuando lo amerite, así como el 50% de los gastos de consultas médicas y medicamentos en caso de enfermedad, y por cuanto dicho acuerdo no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su Homologación, de conformidad con lo establecido en el artículo 317 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en concordancia con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Provisorio
Abg. Yaneth García de Parra
La Secretaria
Abg. Yasmín Hidalgo Valderrama
Dayana Astudillo
|