REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DEL CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Biscucuy, 26 de Abril de 2023
Años: 213º y 164º
Tramitada como ha sido la presente solicitud de Titulo Supletorio interpuesta por la ciudadana Leida Josefina Cobarrubia de Rondón, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad N° 4.305.711, debidamente asistida por el abogado Juan Bautista Manzanilla, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 133.545, donde solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarles el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías a que ella se contrae, de las declaraciones contestes rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos Yonel Briceño Montilla y Alexis Alexander Azuaje Valladares, venezolano, mayor de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros 19.031.067 y 12.236.398, respectivamente, consta que la solicitante desde hace más de treinta y tres (33) años ha venido poseyendo un lote de terreno Propio, según consta en Documento debidamente protocolizado ante la Oficina de Registro Público de los Municipio Sucre y Unda bajo el N° 116, Folios del 01/04, Protocolo Primero, Tomo 3, Segundo Trimestre del año 2016, ubicada en el Sector el Cementerio calle 4 Páez de Biscucuy, Municipio Sucre estado Portuguesa, con un área total doscientos cincuenta y seis Metros Cuadrados (Mtrs2. 256,00), cuyos linderos son los siguientes: Norte:¬ Calle Páez, con una extensión de seis metros con cuarenta centímetros (Mtrs.6.40); Sur: Ocupación del Municipio Sucre estado Portuguesa, con una extensión de seis metros con cuarenta centímetros (Mtrs. 6.40); Este: Terreno ocupado por: Rene Montilla, con una extensión de cuarenta Metros (Mtrs. 40.00). Oeste: Terreno ocupado por: María Amelia Aldana con una extensión de cuarenta Metros (Mtrs. 40.00), ha construido unas mejoras consistentes en una casa de habitación familiar que cuenta con tres (03), habitaciones, techo de Platabanda, una cocina empotrada, una sala, un comedor, dos baño, pisos de cerámica, el cual tiene un área de construcción de cientos veintiuno metros con sesenta y cinco centímetros cuadrados (121.65 m2), y sobre la Platabanda de la casa principal construí un apartamento con los siguientes particulares: tres (03), habitaciones, una sala, una cocina dos baño, una escalera con salida a la calle, pisos de cerámica, puertas de madera, techo de acerolit, luz interna, aguas blancas y servidas tiene los siguientes linderos: Norte:¬ Ocupación que me reservo, con una extensión de seis metros con cuarenta centímetros (Mtrs. 6.40); Sur: Calle Páez, con una extensión de seis metros con cuarenta centímetros (Mtrs. 6.40); Este: Terreno ocupado por Rene Montilla, con una extensión de veintitrés metros con sesenta centímetros (23,60). Oeste: Terreno ocupado por María Amelia Aldana con una extensión de veintitrés metros con sesenta centímetros (23,60).
Por cuanto no ha habido oposición el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana Leida Josefina Cobarrubia de Rondón, ya identificada el derecho de propiedad y posición sobre las bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que fue presentado Documento de Propiedad, para el levantamiento del presente Titulo Supletorio.
Devuélvase las actuaciones en originales con sus resultas.
La Juez Provisorio.
Abg. Yaneth García de Parra.
La Secretaria.
Abg. Yasmin Hidalgo Valderrama.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas. Conste.
Solicitud Nº 5120/2023
Abrahanny Sánchez Rivero.
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