REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DEL CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Biscucuy, 07 de Agosto del 2023
Años; 213º y 164º

Tramitada como ha sido la presente solicitud de Titulo Supletorio interpuesta por la ciudadana Maximina Fernandez Montes, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.403.066, debidamente asistida por el Abogado Edgar Montilla Jaramillo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 233.891, donde solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías a que ella se contrae, de las declaraciones contestes rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos Gilbert Jose Mejias y Aron Cel Duran Rojas, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-15.941.251 y V-13.759.298 respectivamente, consta que la solicitante desde hace más de veinticinco años (25) años han venido poseyendo un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierra, ubicado en las Cruces parroquia Uvencio Antonio Velásquez , Municipio Sucre estado Portuguesa, con una extensión de trescientos cuarenta y nueve metros cuadrados con noventa y ocho centímetros (349,98 mts2), cuyos linderos son los siguientes: Norte: Sucesión Fernández; Sur: Ocupación de Guillermo Villegas, Este: Calle 5; Oeste: Ocupación de Virgilio Fernández, han construido unas bienhechurías consistentes en: una casa de habitación, construidas con paredes de bloques, techo de zinc, pisos de cemento, puertas y ventanas de madera con tres (03) dormitorios, una (01) sala, una (01) cocina, un (01) porche y dos (02) baños, con sus respectivas instalaciones eléctricas y sanitarias ; invirtiendo a sus solas y únicas expensa y con dinero de su propio peculio y trabajo personal la cantidad de Cien Mil Bolívares (Bs. 100.000,00).
Por cuanto no ha habido oposición el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana Maximina Fernández Montes, ya identificada el derecho de propiedad y posición sobre las bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que fue presentado Constancia de Certificación de Medidas y Linderos 53-04-07-2023, expedido por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Sucre del estado Portuguesa en fecha cuatro (04) de Julio del dos mil veintitrés (2023) y Constancia del Consejo Comunal Las Cruces Sector I, para el levantamiento del presente Titulo Supletorio.
Devuélvase las actuaciones en originales con sus resultas.
La Juez Provisorio.

Abg. Yaneth García de Parra.
La Secretaria.

Abg. Yasmin Hidalgo Valderrama.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas. Conste.

Solicitud Nº 5196/2023


Abrahanny Sánchez Rivero.