REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

Acarigua, Trece (13) de Diciembre del Dos Mil Veintitrés (2.023).

Años: 213° y 164

Recibida en el Tribunal Distribuidor en fecha 13 de Noviembre de 2023, enviada a este Juzgado en fecha 14 de Noviembre de 2023, como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por la ciudadana: MARIA EUGENIA DOMINGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nº V-8.657.932, domiciliada en el Barrio Campo Lindo, callejón 3, esquina Avenida 18, casa S/N, de la ciudad de Araure Municipio Araure Estado Portuguesa, debidamente asistida por el Abogado HERNALDO JESUS LAGUNA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 224.792, quien solicito sea declarado TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurías a que se describen en la presente solicitud.

. La solicitante alego que dentro una parcela de terreno propio de CIENTO SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON ONCE CENTIMETROS CUADRADOS (168,11M2), ubicado en el Barrio Campo Lindo, callejón 3 esquina Avenida 18, casa S/N, de la ciudad de Araure Municipio Araure Estado Portuguesa, el cual le pertenece según consta documento de venta debidamente protocolizado en fecha 15/03/2018, bajo el Nº 2010.5221, Asiento Registral 2 del Inmueble matriculado con el Nº 402.16.1.1.4298 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2010, antes la Oficina de Registro Publico de los Municipio Araure, Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa, ha a fomentado en su interior unas bienhechurias, mejoras, construcciones y demás accesorios con un área de construcción aproximadamente de CIENTO SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS (162,42Mts2), comprendido alineados así: NORTE: En una extensión de 9,50 metros con casa y solar de Esteban Monsalve. SUR: En una extensión de 11,50 metros con Avenida 18. ESTE: En una extensión de 41,70 metros con callejón zona tres.; y OESTE: En una extensión de 41,30 metros con casa y solar de Hilario Moreno, según consta su dirección, metros y linderos según cedula y croquis catastral emanado de la Oficina Municipal de Catastro de la Alcaldía del Municipio Araure Estado Portuguesa. Las bienhechurias consistentes en un Local Comercial 1: Ubicado en la plata baja. Medida: frente 4,20m, fondo 9,14m de altura; altura libre desde piso el techo =2,80M. Área 38,38M2. Características: Estructura vigas y columnas de concreto, techo de losa nervado, paredes de bloque, acabado de friso liso y pintura en caucho tanto en interiores como en exteriores, paredes de baño, con revestimiento de cerámica hasta 1,80M de altura, Piso de clock de cerámica color blanco. Local Comercial 2: Ubicado en la plata baja. Medida: frente 4,20m, fondo 9,14m de altura; altura libre desde piso el techo =2,80M. Área 38,38M2. Características: Estructura vigas y columnas de concreto, techo de losa nervado, paredes de bloque, acabado de friso liso y pintura en caucho tanto en interiores como en exteriores, paredes de baño, con revestimiento de cerámica hasta 1,80M de altura, piso de cemento con revestimiento de cerámica, puertas de acceso principal, metálica, tipo santa maría y en la parte interior de dicha acceso posee una fachada de aluminio y vidrio con una puerta tipo batiente, de madera entamborada, baños cuenta con un Walter clock de cerámica, color blanco, un lavamanos de cerámica, color blanco, un área de ducha. Apartamento Unifamiliar: Ubicado en la planta alta, medidas: frentes 8,40M, fondo 10,20M, Altura: altura libre desde piso hasta el techo =laterales 2,95M, cumbrera: 3,40M, Área: 85,66M2. Dicho apartamento posee un área de terreno en plata baja, que constituye el estacionamiento y área de servicio del mismo, cuya área es de 93,70M2. Características: Estructura vigas y columnas de concreto, techo de machihembrado con revestimiento de laminas de PVC tipo Mil tejas, paredes de baños con revestimiento de cerámica hasta 1,80m de altura. Piso de cemento con revestimiento de cerámica. Puertas: puertas de acceso principal, metálicas con vidrio claro liso, tipo batientes. Puertas de dormitorio: tipo batiente de madera entamborada. Puertas de baño; tipo batiente de madera entamborada. Baños: posee 2 baños y cada uno cuenta con water clock de cerámica, color blanco, un lavamanos de cerámica, color blanco, un área de ducha. Ambientes: Escalera de acceso, estructura metálica en vigas de soporte y marco de peldaños. Los peldaños son de concreto acabado rustico, colocado sobre el marco de ángulos metálicos. Distribución de ambientes: sala comedor 24,43M2, cocina 8.92M2, pasillo 2,40M2, lavadero 6,30M2, estudio 8,55M2, dormitorio 1: 12,42M2, dormitorio 2: 16,05M2, baño dormitorio2: 3,39M2 y baño 3,20M2. Invirtió en dichas bienhechurias la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCO BOLIVARES CON TREINTA Y UN CENTIMO (Bs. 461.205,31).
Documentos consignados con la solicitud:
1.- Copias de la cedula de identidad (Folio 03)
2- Cedula Catastral. (Folio 04).
3.- Croquis Catastral. (Folio 05).
4- Copia certificada de titulo de propiedad emanado del Registro Publico de los Municipios Araure, Agua Blanca y San Rafael de Onoto Estado Portuguesa. (Folios 06 al 10).
5- Copias de las cedulas de identidades de los testigos. (Folios 11al 12).

En fecha 17 de Noviembre de 2023, se dicto auto de admisión. (Folio 14).

En fecha 29 de Noviembre de 2023, compareció ante el Tribunal, la solicitante quien solicito se fije el día y la hora la para la evaluación de testigos. (Folio 15).

En fecha 05 de Diciembre de 2023, se dicto auto de admisión y se fijo la declaración de los testigos al Primer día de despacho siguientes al de hoy. (Folio 16).

En fecha 06 de Diciembre del 2023, se oye la declaración de los ciudadanos: JOSE HUMBERTO GONZALEZ y KARELYS DEL CARMEN BETANCOURT GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.056.151 y V-10.211.844, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Acarigua Municipio Páez Estado Portuguesa, en su condición de testigos de la presente solicitud. (Folios 17 y 18).

Analizadas como han sido las pruebas agregadas a los autos, por parte de la solicitante para demostrar sus alegatos, aunado a las declaraciones contestes y sin coacción realizadas por ante este Juzgado por el testigo JOSE HUMBERTO GONZALEZ, antes identificado, asistido por el abogado: HERNALDO JESUS LAGUNA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 224. 792, quien manifestó A LA PRIMERA PREGUNTA: Si me consta que el lote de terreno es propio, ubicado en el Barrio Campo Lindo, Callejón 3, esquina Avenida 18, casa S/N, de la ciudad de Araure Municipio Araure Estado Portuguesa, el cual posee los metros descritos en la solicitud. A LA SEGUNDA PREGUNTA: Contesto: Si me consta que la ciudadana: MARIA EUGENIA DOMINGUEZ, construyo locales comerciales y apartamento unifamiliares, los cuales posee los metros descritos en la solicitud. Igualmente todos los gastos de mano de obra y materiales fueron sufragados por ella. A LA TERCERA PREGUNTA: Contesto: Si me consta que invirtió dicha cantidad de dinero, en las bienhechurias mencionada en la solicitud. LA CUARTA PREGUNTA: Contesto: Todo me consta por que nos conocemos desde hace años.

La ciudadana: KARELYS DEL CARMEN BETANCOURT GONZALEZ, en su condición de testigo, asistido de el abogado: HERNALDO JESUS LAGUNA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 224. 792, quien a LA PRIMERA PREGUNTA: Contesto: Si me consta que el lote de terreno es propio, ubicado en el Barrio Campo Lindo, Callejón 3, esquina Avenida 18, casa S/N, de la ciudad de Araure Municipio Araure Estado Portuguesa, el cual posee los metros descritos en la solicitud. A LA SEGUNDA PREGUNTA: Contesto: Si me consta que la ciudadana: MARIA EUGENIA DOMINGUEZ, construyo locales comerciales y apartamento unifamiliares, los cuales posee los metros descritos en la solicitud. Igualmente todos los gastos de mano de obra y materiales fueron sufragados por ella. A LA TERCERA PREGUNTA: Contesto: Si me consta que invirtió dicha cantidad de dinero, en las bienhechurias mencionada en la solicitud. LA CUARTA PREGUNTA: Contesto: Todo me consta por que nos conocemos desde hace años.
DISPOSITIVA.

En consecuencia, en virtud, de que no hubo oposición alguna, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en el Artículo 937 del código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: MARIA EUGENIA DOMINGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nº V-8.657.932, domiciliada en el Barrio Campo Lindo, callejón 3 esquina Avenida 18, casa S/N, de la ciudad de Araure Municipio Araure Estado Portuguesa, el derecho de posesión y propiedad sobre las bienhechurías antes descritas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.
Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.

En Acarigua, Trece (13) días de Diciembre del 2023.
Años: 213º de la Independencia y 163º de la Federación.
La Juez Provisorio,

Abg. TAMARI COROMOTO GUTIERREZ OCANDO.
La Secretaria Accidental,

Abg. CAROLINA LINAREZ.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, Siendo las 9:30 am.

Solicitud Nº 1812- 2023.

Maritza.