REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Biscucuy, 23 de Enero de 2023
212º y 163°
Exp N° 2861/2023
PARTES: Héctor José Álvarez contra Maris Carolina Ramos Escalona, titulares
de las cédulas de identidad Nros. 22.092.878 y 30.092.878 respectivamente
Motivo: Ofrecimiento de Obligación de Manutención
Vista la aceptación de la ciudadana: Maris Carolina Ramos Escalona, titular
de la cédula de identidad N°. 30.092.878, actuando en beneficio de sus hijas
xxx, xxxx y xxx, donde acepto en su
totalidad el ofrecimiento hecho por el padre de sus hijas, ciudadano : Héctor José
Alvarez, 2 kilos de Carne entre molida y para guisar, 1 cartón d huevos, 1 kilo de
pollo, 1 kilo de queso, verduras, ½ kilo de leche en polvo, crema de arroz, 1 kilo
de azúcar, 2 kilos de arroz, 2 kilos de pasta, 2 kilos de caraotas, 1 pasta de diente,
shampoo, 1 paquete de pañales, jabón de pasta y polvo, de manera quincenal, de
igual forma me comprometo a cubrir el 50% de los gastos en el mes de diciembre
de cada año, así como el 50% de los gastos por consultas médicas y medicamentos
en caso de enfermedad, y los gastos del mes de septiembre para útiles escolares y
uniformes, serán compartidos por ambas partes, y por cuanto dicho acuerdo no
vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su Homologación, de
conformidad con lo establecido en el artículo 317 de la Ley Orgánica de
Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en concordancia con el artículo 263
del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Provisorio
Abg. Yaneth García de Parra
La Secretaria
Abg. Yasmín Hidalgo Valderrama