REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 30 de Enero de 2023
212° y 163°

DECRETO

Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, interpuesta por la ciudadana: MARIZOL ANDREINA PARGAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-14.981.673, debidamente asistida, por el ciudadano AREVALO RODRÍGUEZ FREDDY RAFAEL., titular de la cédula de identidad Nº V-12.528.556, abogado en ejercicio de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 271.113. Solicita que les sirva oír en su Despacho a los testigos de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por las ciudadanas LÓPEZ ZAVARCE YAMILETH DEL CARMEN y MELO BERNAL YULEIMA JOSEFINA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 15.213.745 y V- 14.058.229, ambas venezolanas, mayores de edad, solteras, la primera domiciliada en la avenida 1B esquina calle 9 sector los unidos casa S/N de Villa Bruzual Municipio Turén del Estado Portuguesa, y la segunda domiciliada en la avenida 1B con calle 10 sector los unidos casa S/N de Villa Bruzual Municipio Turén del Estado Portuguesa
Consta que han construido y fomentado a sus solas y únicas expensas y con dinero de su exclusivo peculio, unas Bienhechurìas consistentes en: Una casa de habitación familiar, enclavada sobre un lote de terrero propio según costa en documento de certificado de empadronamiento en terreros no municipales emanada por la alcaldía del municipio Turén, Dirección de Catastro Comunal bajo el código Catastral numero 18-14-01-U01-006-045-019, Ubicado en la avenida 1 entre calle 9 y 10 sector los unidos de Villa Bruzual, Municipio Turén Del Estado Portuguesa cuyo linderos y medidas son las siguientes NORTE: Con Bienhechurías que son o fueron de LUISA MAVARES, en 15,49 metros lineales; SUR: Con bienhechurías que son o fueron de RAMIRO, en 15,49 metros lineales; ESTE: la avenida 1B sector los unidos que es su frente , en 10,50 metros lineales y OESTE: Con Bienhechurías que son o fueron de MIRLA RODRÍGUEZ, en 10.20 metros lineales por un área total de ciento sesenta y seis con ochenta y nueve metros cuadrados (166,89 M2), y las medidas de la casa de habitación familiar aludida son las siguientes: y en su área de construcción ochenta y tres con quince metros cuadrados (83,15 M2) construida e integrada de la siguiente manera: con paredes de bloques, techo de aceroli, piso de cemento, constante de tres (3) habitaciones, sala recibo, cocina, corredor, baño con cerámica, puerta de hierro, ventanas de hierro, cerca de bloques, concreto, cabillas. Todo el inmueble esta dotado de servicios publico tales como: agua potable, luz eléctrica, tuberías

Para la construcción y fomento de las indicadas Bienhechurìas, invirtió dinero de su propio peculio la cantidad de NUEVE BOLIVARES SIN CENTIMOS (9,00 Bs.). El equivalente a cuatrocientos cincuenta unidades tributarias (450U.T)
Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: MARIZOL ANDREINA PARGAS, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentaron: de Cédula Catastral y plano de mensura, emitidos por la Oficina de la Dirección de Catastro Comunal, Alcaldía Bolivariana del Municipio Turén, Estado Portuguesa, Copias simple de Cédulas de Identidad de la solicitante y los testigos, documentos de propiedad del terreno, para que la solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurías construidas sobre la referido terreno. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Juez Titular,

Abg. ANGELA M. SOSA R. La Secretaria,

Abg. GLORIA S. BUEGOS E.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:
Solicitud Nº 15.097-2022
AMSR/GSBE/ftjc