REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL



CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

Nº __14__

Corresponde a esta Corte de Apelaciones, resolver la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto en fecha 30 de enero de 2023, por la Abogada BERTHA ROSA ÁLVAREZ GARCÍA, en su condición de defensora privada del imputado ANDERSON ENRIQUE DELFÍN GUDIÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-22.094.743, en contra de la decisión dictada en fecha 09 de enero de 2023 y publicada en fecha 13 de enero de 2023, por el Tribunal de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, en la causa penal Nº 3CS-13.849-23, con ocasión a la celebración de la audiencia oral de presentación de aprehendido, en la que se declaró legítima la aprehensión del imputado ANDERSON ENRIQUE DELFÍN GUDIÑO, por existir orden de aprehensión en su contra, se acordó el procedimiento por la vía ordinaria conforme al artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se acogió la precalificación del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, y se ratificó la medida de privación judicial preventiva de libertad conforme a los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal.
En fecha 10 de febrero de 2023, se recibió el cuaderno de apelación y las actuaciones principales por Secretaría, dándosele entrada y el curso de ley correspondiente.
En fecha 13 de febrero de 2023, se le dio el trámite de ley correspondiente, designándose la ponencia a la Jueza Apelación, Abogada LAURA ELENA RAIDE RICCI.
Así pues, esta Corte de Apelaciones para decidir sobre la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto, observa lo siguiente:
Que el recurso de apelación fue interpuesto por la Abogada BERTHA ROSA ÁLVAREZ GARCÍA, en su condición de defensora privada del imputado ANDERSON ENRIQUE DELFÍN GUDIÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-22.094.743, según consta de acta de audiencia oral de oír declaración, específicamente al folio 146 de las actuaciones principales; encontrándose satisfecho el requisito de legitimación para recurrir, previsto en el artículo 424 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.-
Que en relación a la temporalidad del recurso, se observa de la certificación de los días de audiencias cursante al folio 13 del presente cuaderno, que desde la fecha en que fue notificada la defensora privada Abogada BERTHA ROSA ÁLVAREZ GARCÍA del fallo impugnado (23/01/2023), tal y como consta de la resulta de la boleta de notificación cursante al folio 188 de las actuaciones principales, hasta la fecha de la interposición del recurso de apelación (30/01/2023), transcurrieron CINCO (05) DÍAS HÁBILES, a saber: martes 24, miércoles 25, jueves 26, viernes 27 y lunes 30 de enero de 2023; por lo que el presente recurso fue presentado en el lapso legal establecido en el artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se encuentra cumplido el requisito de temporalidad del recurso. Así se decide.-
Que en cuanto a la recurribilidad del auto impugnado, observa esta Alzada, que la recurrente fundamenta su recurso en las causales establecidas en el artículo 439 ordinales 4º, 5º y 7º del Código Orgánico Procesal Penal, situación que contrae el deber para esta Alzada de considerar el trámite del presente recurso de conformidad al artículo 427 eiusdem. Así se decide.-

DISPOSITIVA

Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 30 de enero de 2023, por la Abogada BERTHA ROSA ÁLVAREZ GARCÍA, en su condición de defensora privada del imputado ANDERSON ENRIQUE DELFÍN GUDIÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-22.094.743, en contra de la decisión dictada en fecha 09 de enero de 2023 y publicada en fecha 13 de enero de 2023, por el Tribunal de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, en la causa penal Nº 3CS-13.849-23, con ocasión a la celebración de la audiencia oral de presentación de aprehendido.
Regístrese, diarícese, publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Guanare, a los DIECISÉIS (16) DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS (2023). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.-

La Jueza de Apelación (Presidenta),


Abg. ANAREXY CAMEJO GONZÁLEZ

La Jueza de Apelación, El Juez de Apelación,


Abg. LAURA ELENA RAIDE RICCI Abg. LUIS TOMÁS TORREALBA HERNÁNDEZ
(PONENTE)

El Secretario,


Abg. RAFAEL JESÚS COLMENARES LA RIVA

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en autos. Conste.-

El Secretario.-

Exp. 8534-23
LERR/.-