LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA


Guanare, 06 de Julio de 2023
Años 213° y 164°


Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por la ciudadana:HILDA MARGARITA MENDOZA CHAVEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.239.838, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio, la ciudadana: Karelys Jannet Mendoza Urdaneta, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 14.204.367, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 187.734, mediante la cual solicita se le declare a ella y a los ciudadanos: RAMÓN COROMOTO MENDOZA CHÁVEZ, venezolano, Mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.131.932, JULIO ANTONIO MENDOZA CHÁVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.050.579, EVA COROMOTO MENDOZA CHÁVEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.052.626, MARIA CRESENCIA MENDOZA CHÁVEZ (premuerta), venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.066.193, y en su representación la ciudadana: RUSMARY HUIZZI MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.531.285, ANTONIO PAUL MENDOZA CHAVEZ(premuerto), venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº9.258.108, y en su representación el ciudadano: ADAN ANTONIO MENDOZA ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº24.615.055, PEDRO JOSE MENDOZA CHÁVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.056.134, NEREIDA GREGORIA MENDOZA CHÁVEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.054.232, NESTOR JOSE MENDOZA CHÁVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº12.240.926, IRENE TIBISAY MENDOZA CHÁVEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.238.536, y WILMER ALEXIS MENDOZA CHÁVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.204.138, en su condición de hijos y nietos, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante: SANTOS MENDOZA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº1.204.096, quien falleció sin dejar testamento (ab-intestato), el día treinta (30) de Abril de Dos mil veintiuno (30-04-2021), en el Barrio El Progreso, calle 18, sector 1, del municipio Guanare del estado Portuguesa. Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos al requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.

Consta en autosCopia de la Cedula de Identidad del causante: SANTOS MENDOZA. Copia Certificada del Acta de Defunción, emitida por el Consejo Nacional Electoral, Comisión de Registro Civil y Electoral del municipio Guanare, estado Portuguesa, signada con el Nº 359, Folio 116, tomo 2, año 2021, correspondiente al causante: SANTOS MENDOZA. Copia de la Cedula de Identidad de la ciudadana: NEREIDA GREGORIA MENDOZA CHAVEZ. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por la Alcaldía del Municipio Guanare del estado Portuguesa, Oficina de Registro Municipal, correspondientes a la ciudadana: NEREIDA GREGORIA MENDOZA CHAVEZ, signada con el N° 1124, folio 449, Tomo 2, año 1.967. Copia simple del Acta de Defunción, emitida por la Prefectura del Municipio Guanare, estado Portuguesa, signada con el N° 90, folio 53, año 1975, correspondiente a la premuerta: PASTORA CATALINA CHAVEZ DE MENDOZA. Copia de la Cedula de Identidad del ciudadano: PEDRO JOSE MENDOZA CHAVEZ. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por la Alcaldía del Municipio Guanare del estado Portuguesa, Oficina de Registro Municipal, correspondiente al ciudadano: PEDRO JOSE MENDOZA CHAVEZ, signada con el N° 1249, folio 460 vto y 461 fte, año 1965. Copia de la Cedula de Identidad del ciudadano: ADAN ANTONIO MENDOZA ESCALONA. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por la Alcaldía del Municipio Guanare del estado Portuguesa, Oficina de Registro Municipal, correspondiente al ciudadano: ADAN ANTONIO MENDOZA ESCALONA, signada con el N° 003, folio 003 fte, año 1996. Copia Certificada del Acta de Defunción, emitida por el Consejo Nacional Electoral, Comisión de Registro Civil y Electoral del municipio Guanare, estado Portuguesa, signada con el N° 367, Folio N° 124, tomo 2, año 2021, correspondiente al premuerto: ANTONIO PAUL MENDOZA CHAVEZ.Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por la Alcaldía del Municipio Guanare del estado Portuguesa, Oficina de Registro Municipal, correspondiente a la ciudadana: IRENE TIBISAY MENDOZA CHAVEZ, signada con el N° 1206, folio 182, tomo 4, año 1970. Copia de la Cedula de Identidad de la ciudadana: IRENE TIBISAY MENDOZA CHAVEZ. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por la Alcaldía del Municipio Guanare del estado Portuguesa, Oficina de Registro Municipal, correspondiente a la ciudadana: HILDA MARGARITA MENDOZA CHAVEZ, signada con el N° 824, folio 211, tomo 2, año 1952. Copia de la Cedula de Identidad de la ciudadana: HILDA MARGARITA MENDOZA CHAVEZ. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por la Alcaldía del Municipio Guanare del estado Portuguesa, Oficina de Registro Municipal, correspondiente al ciudadano: RAMON COROMOTO MENDOZA CHAVEZ, signada con el N° 964, folio 87 fte, tomo 2, año 1954. Copia de la Cedula de Identidad del ciudadano: RAMON COROMOTO MENDOZA CHAVEZ. Copia de la Cedula de Identidad del ciudadano: JULIO ANTONIO MENDOZA CHAVEZ. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Principal del estado Portuguesa, correspondiente al ciudadano: JULIO ANTONIO MENDOZA CHAVEZ, signada con el N° 40, año 1957. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por la Alcaldía del Municipio Guanare del estado Portuguesa, Oficina de Registro Municipal, correspondiente a la ciudadana: EVA COROMOTO MENDOZA CHAVEZ, signada con el N° 899, folio 204, tomo 2, año 1960. Copia de la Cedula de Identidad de la ciudadana:EVA COROMOTO MENDOZA CHAVEZ. Copia de la Cedula de Identidad de la ciudadana: MARIA CRESENCIA MENDOZA CHAVEZ (premuerta). Copia certificada del Acta de Defunción, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral, Unidad de Registro Civil del Hospital Antonio María de Pineda del Municipio Iribarren, estado Lara, signada con el N° 3215, año 2014, correspondiente a la premuerta: MARIA CRESENCIA MENDOZA CHAVEZ. Copia de la Cedula de Identidad de la ciudadana: RUSMARY HUIZZI MENDOZA. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por la Alcaldía del Municipio Guanare del estado Portuguesa, Oficina de Registro Municipal, correspondiente a la ciudadana: RUSMARY HUIZZI MENDOZA, signada con el N° 1282, folio 56 fte, tomo 5, año 1978. Copia de la Cedula de Identidad del ciudadano: WILMER ALEXIS MENDOZA CHAVEZ. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por la Alcaldía del Municipio Guanare del estado Portuguesa, Oficina de Registro Municipal, correspondiente al ciudadano: WILMER ALEXIS MENDOZA CHAVEZ, signada con el N° 1022, folio 197, tomo 4, año 1975.Copia de la Cedula de Identidad del ciudadano: NESTOR JOSÉ MENDOZA CHAVEZ. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por la Alcaldía del Municipio Guanare del estado Portuguesa, Oficina de Registro Municipal, correspondiente al ciudadano: NESTOR JOSÉ MENDOZA CHAVEZ, signada con el N°390, folio 49, tomo 2, año 1972.

En su oportunidad comparecieron por ante este Tribunal los ciudadanos:JESUS ALFREDO CORDERO GALINDEZ y ANDREA INES DURAN DE DURAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°9.258.389 y 9.555.082, respectivamente, en ese mismo orden, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.

Y por cuanto no ha habido Oposición, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos:HILDA MARGARITA MENDOZA CHAVEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.239.838, NEREIDA GREGORIA MENDOZA CHAVEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.054.232,PEDRO JOSE MENDOZA CHAVEZ,venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.056.134, ANTONIO PAUL MENDOZA CHAVEZ(premuerto), venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.258.108, y en su representación el ciudadano: ADAN ANTONIO MENDOZA ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº24.615.055, IRENE TIBISAY MENDOZA CHAVEZ,venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.238.536,RAMON COROMOTO MENDOZA CHAVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.131.932, JULIO ANTONIO MENDOZA CHAVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.050.579, EVA COROMOTO MENDOZA CHAVEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.052.626,MARIA CRESENCIA MENDOZA CHÁVEZ (premuerta), venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.066.193, y en su representación la ciudadana: RUSMARY HUIZZI MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.531.285, WILMER ALEXIS MENDOZA CHAVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº14.204.138,y NESTOR JOSÉ MENDOZA CHAVEZ, venezolano, mayorde edad, titular de la cedula de identidadN° 12.240.926,respectivamente,la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante:SANTOS MENDOZA, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el Artículo822 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las copias certificadas solicitadas, se acuerdan en conformidad. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez Provisorio,


Abg. Jorge Eléazar Quintero Valderrama.
El Secretario,

Abg. Manuel Enrique Arabia Manzanilla.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas. Conste.
Solicitud N° 5.083-23
ShellseyE.-