REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EIECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Biscucuy, 11 de Julio de 2023
Años: 213° y 164°
Exp N° 2952/2023
PARTES: Carlos Oswaldo Hidalgo Garcia y Franyely Carolina García Quevedo,
titulares de las cédulas de identidad Nros. 24.143.584 y 26.882.211 respectivamente.
Motivo: Ofrecimiento de Obligación de Manutención.
Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos Carlos Oswaldo Hidalgo
Garcia y Franyely Carolina García Quevedo, titulares de las cédulas de identidad
Nros. 24.143.584 y 26.882.211 respectivamente, en beneficio de su hijos Carlos Manuel
Hidalgo García, Karianna Victoria Hidalgo García y Sebastian Matias Hidalgo García.
Seguidamente el ciudadano arlos Oswaldo Hidalgo Garcia, Ofreció pasarle un
mercado de comida constante de: Seis (06) kg de harina precocida, dos (02) kg de
harina de trigo Leudante, tres (03) de pasta larga, tres (03) pasta corta, cuatro (04) kg
de Arroz, dos (02) litros de aceite, un (01) kg de mantequilla, un (01) kg mayonesa,
una (01) salsa de tomate, tres (03) sardinas, un (01) kg de sal, dos (02) kg de Azúcar,
un (01) kg de avena, un (01) kg de Caraotas, un (01) kg de lentejas, 1 ½ de queso, un
(01) cartón de huevos, una (01) mortadela grande, un (01) kg de jamón, un (01) kg de
queso rebanado, un (01) pollo enteros, un (01) kg de carne molida, de mechar, de
guisar, lagarto, costilla, dos (02) kg de leche en polvo, dos (02) kg de crema de arroz,
un (01) pote de Toddy, una (01) riqueza, salchichas, masa fácil, frutas (fresas, lechosa,
guayaba, melón), un (01) kg de verduras y aliños ( papas, apio, auyama, ocumo,
zanahorias, ajos, cilantro, pimentón, cebolla, tomates, plátanos, de igual maneras
productos de aseo personal: Shampo para niños, crema dental para niños, un (01) kg
de jabón en polvo, dos (02) jabones de pasta, 2 jabones de baño, cuatro (04) rollos de
papel higiénico, de manera quincenal, más el 50% de los gastos de Septiembre para
útiles y uniformes escolares, el 50% de los gastos de ropa y calzado en el mes de
Diciembre, así como el 50% de los gastos de consulta médicas y medicamentos en
caso de enfermedad, dichos mercados serán consignados por ante este Tribunal; y por
cuanto dicho acuerdo conciliatorio de conformidad con el artículo 516 de la Ley
Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, no vulnera los derechos del niño,
el Tribunal le imparte su Homologación, de conformidad con lo establecido en el

articulo 317 de la mencionada Ley, en concordancia con el artículo 263 del Código de
Procedimiento Civil.
La luez Provisorio
Abg. Yaneth Garcia de Parra
La Secretaria
Abg. Yasmin Hidalgo Valderrama
Abrahanny Sánchez Rivero.