REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Biscucuy, 14 de Julio de 2023
Años: 213º y 164°

Exp Nº 2944 /2023
PARTES: Carlos Enrique Sulbaran Rojas y María Alejandra Rodríguez Diaz, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nº.10.263.266 y 16.647.597, respectivamente.
Motivo: Obligación de Manutención.

Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos Carlos Enrique Sulbaran Rojas y María Alejandra Rodríguez Diaz, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nº.10.263.266 y 16.647.597, respectivamente, en beneficio de su hijo xxxx, por concepto de Obligación de Manutención. Seguidamente el ciudadano Carlos Enrique Sulbaran Rojas, Ofreció pasarle la cantidad de veinte dólares ($20) de manera mensual, dichas cantidades de dinero serán consignados por ante este Tribunal los últimos de cada mes, es todo, el 50% de los gastos en el mes de Diciembre para gastos decembrinos, así como el 50% de los gastos de consultas médicas y medicamentos en caso de enfermedad; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio de conformidad con el artículo 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su Homologación, de conformidad con lo establecido en el artículo 317 de la mencionada Ley, en concordancia con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Provisorio
Abg. Yaneth García de Parra
La Secretaria
Abg. Yasmín Hidalgo Valderrama
Abrahanny Sánchez Rivero.