SECUENCIA PROCEDIMENTAL

Mediante escrito de fecha veintiuno (21) de Junio del 2.023, por la ciudadana SUSANA BLASI RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la Cedula de Identidad número V.-18.732.554, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio ROSSANA SANDOVAL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad número V.-15.018.645, inscrita en el Inpreabogado N° 108.850.

Demando al ciudadano FERNANDO JOSE EXPOSITO BRITO, de nacionalidad Española, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E-81.960.897, domiciliado en el Conjunto Residencial Casa de Campo, Sector Campo Nuevo, casa N° 31 de la ciudad de Araure, Municipio Araure Estado Portuguesa, por Reconocimiento de Contenido y Firma, un documento privado de Venta sobre un inmueble, ubicado en la Parroquia Santa Cruz, Sector Caño Seco del Municipio Turen del Estado Portuguesa. El mismo esta constituidos de la siguiente manera: 1.- Una casa con estructura metálica, techo de acerolit, piso de cerámica, paredes de bloque, la cual consta de 3 habitaciones, una cocina, comedor, baño y un anexo a media agua techado. 2.- Un galpón hecho con estructura de hierro, paredes de bloque frisadas, techo de acerolit, piso mitad de concreto, mitad suelo con deposito para enseres encerrado en bloque. 3.-Baño con su correspondiente batería (Lavamanos y poceta) y sus duchas correspondientes. 4.- Piscina hecha con bloques y estructuras de cemento. 5.- Un tanque elevado de platico con pedestal de hierro con una capacidad de 200 litros. 6.- Pozo séptico hecho en bloques de concreto. 7.- Una cochinera de 4 puestos de estructura de hierro, paredes de bloque y piso de cemento. 8.- Un cerco eléctrico que circunda la casa y galpón de 1,80 metros de alto y 245,5 metros de largo, con 14 pelos de alambre de conducción eléctrica con 2 puertas de acceso. 9.- Una acometida eléctrica de 2.400 Metros con 24 postes equipados con dos líneas de 100 W y un transformador de 15 KVA para un alumbrado del perímetro de las instalaciones con reflectores leds 150 W. 10.- Pozo de agua de 50 metros de profundidad con bomba sumergible, 2impulsores, 5 columnas de 3m de tubo PVC, equipo con dispositivos de arranque automático. 11.- Pozo profundo de 130 M equipado con un motor diesel y cabezote de marca amarillo. 12.- Pozo de profundidad de 132 M., que se encuentran enclavadas sobre un terreno con una superficie de 108 hectáreas con 4.565 metros cuadrados según plano referencial, ubicado en el Estado Portuguesa, Municipio Turen, Parroquia Santa Cruz, Sector caño seco, y comprendida dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Terrenos ocupados por Salvador Russo, SUR: Terrenos ocupados por Javier y Nelson Pérez, ESTE: Terrenos ocupados por Agrícola Caño Seco; y OESTE: Terrenos ocupados por Salvador y Sergio Vivas. Así mismo, la parte actora en su escrito liberar estimó la presente demanda en la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 25.000,00), lo cual es equivalente en Unidades Tributarias a DOS MIL SETECIENTAS SETENTA Y SIETE UNIDADES TRIBUTARIAS (2.777,00 U.T),

En fecha veintiocho 28 de Junio del 2.023, este Tribunal admitió la presente demanda, acordando emplazar al Demandado ciudadano FERNANDO JOSE EXPOSITO BRITO, de nacionalidad Española, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E-81.960.897, domiciliado en el Conjunto Residencial Casa de Campo, Sector Campo Nuevo, casa N° 31 de la ciudad de Araure, Municipio Araure Estado Portuguesa, en ese orden a comparecer por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguiente a que conste en autos la citación a dar contestación al fondo de la demanda o admitir cuestiones previas. (Folio 9).-

En fecha 04 de Julio de 2023, compareció ante este Tribunal el ciudadano JOSE ISMAEL MONASTERIOS, en su condición de Alguacil de este despacho quien consignó boletas de citación debidamente firmada por el ciudadano FERNANDO JOSE EXPOSITO BRITO, ya identificado (folios 10).

En fecha cuatro (04) de Julio del 2.023, compareció por ante este Tribunal por el ciudadano FERNANDO JOSE EXPOSITO BRITO, de nacionalidad Española, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E-81.960.897, debidamente asistido por el Abogado SAMIR ABOURAS TOTUA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-7.537.399 inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 129.393, mediante el cual renuncia a los lapsos procesales y exponen:

“Me doy por citado y renuncio a los lapsos procesales. Con respecto a la petición deducida por la ciudadana SUSANA BLASI RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° 18.732.554, domiciliada en la carretera via Payara, Centro comercial Tierra Nueva, Oficina 01, de la ciudad de Acarigua, Municipio Páez Estado Portuguesa, reconozco que es enteramente cierto que por documento privado fechado el 14 de junio de 2023, le di venta pura y simple, perfecta e irrevocable un grupo de bienhechurias consistentes en 1.- Una casa con estructura metálica, techo de acerolit, piso de cerámica, paredes de bloque, la cual consta de 3 habitaciones, una cocina, comedor, baño y un anexo a media agua techado. 2.- Un galpón hecho con estructura de hierro, paredes de bloque frisadas, techo de acerolit, piso mitad de concreto, mitad suelo con deposito para enseres encerrado en bloque. 3.-Baño con su correspondiente batería (Lavamanos y poceta) y sus duchas correspondientes. 4.- Piscina hecha con bloques y estructuras de cemento. 5.- Un tanque elevado de platico con pedestal de hierro con una capacidad de 200 litros. 6.- Pozo séptico hecho en bloques de concreto. 7.- Una cochinera de 4 puestos de estructura de hierro, paredes de bloque y piso de cemento. 8.- Un cerco eléctrico que circunda la casa y galpón de 1,80 metros de alto y 245,5 metros de largo, con 14 pelos de alambre de conducción eléctrica con 2 puertas de acceso. 9.- Una acometida eléctrica de 2.400 Metros con 24 postes equipados con dos líneas de 100 W y un transformador de 15 KVA para un alumbrado del perímetro de las instalaciones con reflectores leds 150 W. 10.- Pozo de agua de 50 metros de profundidad con bomba sumergible, 2impulsores, 5 columnas de 3m de tubo PVC, equipo con dispositivos de arranque automático. 11.- Pozo profundo de 130 M equipado con un motor diesel y cabezote de marca amarillo. 12.- Pozo de profundidad de 132 M., que se encuentran enclavadas sobre un terreno con una superficie de 108 hectáreas con 4.565 metros cuadrados según plano referencial, ubicado en el Estado Portuguesa, Municipio Turen, Parroquia Santa Cruz, Sector caño seco, y comprendida dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Terrenos ocupados por Salvador Russo, SUR: Terrenos ocupados por Javier y Nelson Pérez, ESTE: Terrenos ocupados por Agrícola Caño Seco; y OESTE: Terrenos ocupados por Salvador y Sergio Vivas, las cuales construí con dinero propio y mis solas expensas y que el precio de la venta me fue pagado a mi satisfacción por la nombrada compradora. Por tanto, reconozco como de mi puño y letra la firma que aparece al pie del citado documento de venta y que es la misma que eh usado en mis actos públicos y privados. Que por cuanto en este asunto no ha habido contención, cada parte sufragara los costos, así como las costas procesales en concepto de honorarios al abogado que le asiste. A los fines que la compradora posea documento con la categoría de documento privado reconocido, solicito a la ciudadana Juez tenga a bien impartirle la homologación al presente convenimiento a la demanda y, por ultimo solicito Dos (2) juegos de copia fotostáticas certificadas de la sentencia homologatoria de este convenimiento, de esta diligencia y del auto que la provea .”




El Tribunal pasa a decidir previas las siguientes consideraciones:


El encabezamiento del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil establece:

…En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria…"

Así mismo, del artículo 363 del Código de Procedimiento Civil establece:

…Si el demandado conviniere en todo cuanto se le exija en la demanda, quedara esta terminada y se procederá como cosa juzgada, previa la homologación del convenimiento por el Tribunal…"


DECISIÓN

Visto el convenimiento efectuado por la ciudadana SUSANA BLASI RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la Cedula de Identidad número V.-18.732.554, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio ROSSANA SANDOVAL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad número V.-15.018.645, inscrita en el Inpreabogado N° 108.850, parte demandada en la presente causa, por cuanto se encuentran llenos los extremos exigidos en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y que lo convenido ha sido en forma autentica, sin términos ni condiciones, ni modalidades y que son derechos disponibles de las partes, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:

PRIMERO: IMPARTE LA HOMOLOGACION al convenimiento suscrito por la parte demandada, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 363 del Código de Procedimiento Civil.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del fallo.-

TERCERO: Se ordena el registro de esta sentencia en la Oficina de Registro Público del Municipio Turen del estado Portuguesa, para que sirva de titulo de propiedad de la demandante SUSANA BLASI RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la Cedula de Identidad número V.-18.732.554, y en consecuencia haga valer los efectos legales sobre un inmueble, ubicado en la Parroquia Santa Cruz, Sector Caño Seco del Municipio Turen del Estado Portuguesa. El mismo esta constituidos de la siguiente manera: 1.- Una casa con estructura metálica, techo de acerolit, piso de cerámica, paredes de bloque, la cual consta de 3 habitaciones, una cocina, comedor, baño y un anexo a media agua techado. 2.- Un galpón hecho con estructura de hierro, paredes de bloque frisadas, techo de acerolit, piso mitad de concreto, mitad suelo con deposito para enseres encerrado en bloque. 3.-Baño con su correspondiente batería (Lavamanos y poceta) y sus duchas correspondientes. 4.- Piscina hecha con bloques y estructuras de cemento. 5.- Un tanque elevado de platico con pedestal de hierro con una capacidad de 200 litros. 6.- Pozo séptico hecho en bloques de concreto. 7.- Una cochinera de 4 puestos de estructura de hierro, paredes de bloque y piso de cemento. 8.- Un cerco eléctrico que circunda la casa y galpón de 1,80 metros de alto y 245,5 metros de largo, con 14 pelos de alambre de conducción eléctrica con 2 puertas de acceso. 9.- Una acometida eléctrica de 2.400 Metros con 24 postes equipados con dos líneas de 100 W y un transformador de 15 KVA para un alumbrado del perímetro de las instalaciones con reflectores leds 150 W. 10.- Pozo de agua de 50 metros de profundidad con bomba sumergible, 2impulsores, 5 columnas de 3m de tubo PVC, equipo con dispositivos de arranque automático. 11.- Pozo profundo de 130 M equipado con un motor diesel y cabezote de marca amarillo. 12.- Pozo de profundidad de 132 M., que se encuentran enclavadas sobre un terreno con una superficie de 108 hectáreas con 4.565 metros cuadrados según plano referencial, ubicado en el Estado Portuguesa, Municipio Turen, Parroquia Santa Cruz, Sector caño seco, y comprendida dentro de los linderos particulares siguientes: NORTE: Terrenos ocupados por Salvador Russo, SUR: Terrenos ocupados por Javier y Nelson Pérez, ESTE: Terrenos ocupados por Agrícola Caño Seco; y OESTE: Terrenos ocupados por Salvador y Sergio Vivas.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en Acarigua a los Catorce (14) días del mes de Julio del año dos mil veintitrés. Años: 212º y 163º.-
La Juez,

Abg. GREGORIA ESCALONA TORRES.-
La secretaria,

Abg. AIDA CHAMATE QUINTANA.-
En esta misma fecha se publicó siendo las doce de la tarde (12:00 pm).

Conste. Chamate/Sec.