REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
DECRETO
Acarigua, 06 de julio de 2023 Años: 212° y 163°

Tramitada como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, hecha por la ciudadana ZAPATA REYES ANA JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.859.629, de este domicilio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio PIÑA VILLEGAS BEATRIZ DEL CARMEN, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°. 257.193, mediante el cual solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías que a ella se contrae.
Y por cuanto de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos: RAMIREZ MORENO GILMARY COROMOTO y FREITEZ CARMEN AMELIA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-13.556.244 y V-12.858.292, respectivamente, que se relaciona con el croquis catastral N° 18-01-01-U-01-67-02-14 que corre al folio cinco (05), consta que él solicitante en un lote de terreno municipal, el cual posee un área total de CIENTO NUEVE METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS (109,20 M2) ubicado en el callejón Los Mangos, casa número 13, Barrio Nueva Jerusalén de la ciudad de Acarigua del municipio Páez del estado Portuguesa, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: DANIEL VASQUEZ; SUR: GILMARY RAMIREZ; ESTE: OMAIRA PEREZ Y CALLEJON LOS MANGOS; y OESTE: MARICELA FREITEZ, ha conformado a sus únicas y solas expensas y con dinero de su propio peculio, una casa con paredes de bloques frisada, piso de cemento, cinco puertas de madera y tres de hierro, cuatro ventanas de hierro, techo de zinc, dos baños, cuatro habitaciones, sala, cocina, comedor, garaje, cuya área de construcción total es de SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMETROS (77,58 M2), las cuales tienen un valor de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200.00). Y por cuanto no ha habido oposición éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle a la ciudadana ZAPATA REYES ANA JOSEFINA, antes identificado, el derecho de propiedad y posesión, sobre las mejoras o bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Se deja constancia que fueron presentados los siguientes documentos: 1.) Constancia de Linderos emanada de la Dirección de Control Urbano y Catastro Municipal, de fecha 18 de octubre del año 2022, que corre inserto en el folio tres. 2.) Autorización para evacuar Titulo Supletorio, emanado por la Alcaldía Bolivariana del municipio Páez del estado Portuguesa, de fecha 10 de mayo del año 2023, que corre inserto en el folio cuatro. 3.) Croquis Catastral número 18-01-01-U-01-67-02-14, de fecha 17 de octubre del 2022, emanado de la Dirección de Control Urbano y Catastro Municipal de la Alcaldía Municipio Páez estado Portuguesa, que corre inserto a los folio cinco .
Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.
La Juez,

Abg. Miriam Sofía Durand Sánchez.
La Secretaria Accidental

Abg. María Páez.

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de doce (13) folios útiles.
Conste. Secretaria.









Solicitud N° S-1279-2023.
dg.