REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
DECRETO
Acarigua, 07 de julio de 2023 Años: 213° y 164°

Tramitada como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, hecha por la ciudadana YETSELIS KATIUSKA QUERO, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-15.215.166, respectivamente, domiciliada en la Avenida 16, casa número 263, Urbanización Villa Araure 1, sector Alí Primera, de la ciudad de Araure estado Portuguesa, debidamente asistida por los abogados en ejercicio Maggly Karina Toro Ramos y Carlos Andrés López Sanmiguel, titulares de las cédulas de identidad número V-14.091.348 y V-14.772.906, inscritos en el INPREABOGADO bajo los N° 97.680 y 272.569, respectivamente, mediante el cual solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías que a ella se contrae.
Y por cuanto de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos: ANDREINA CAROLINA PEREZ PEREZ y YOSELIN DEL CARMEN LÓPEZ SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-19.714.420 y V-17.362.153, respectivamente, que se relaciona con el croquis catastral N° 18-02-01-U-01-001-068-008-000-000-000, que corre al folio doce (12), consta que él solicitante en un lote de terreno municipal, el cual posee un área total de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (365,85 M2) y un área de construcción de SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (66,07 M2), ubicado en la Urbanización Villa Araure I, sector Ali Primera, avenida 16, casa número 263 de la ciudad de Araure, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: S/C AV. 16; SUR: S/C DEISI LOBO; ESTE: S/C AMADO QUIÑONES; y OESTE: S/C YAMILE VARGAS; ha conformado a sus únicas y solas expensas y con dinero de su propio peculio, en una bienhechuria consistente en una vivienda con las siguientes características: Paredes de bloque, friso liso, piso de cemento pulido con ventanas y puertas, techo de zinc, dos (02) habitaciones, un (01) baño, sala y cocina, cercada con paredes de bloque. Edificada dentro de una parcela de terreno municipal, las cuales tienen un valor de SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 6.500.000,00). Y por cuanto no ha habido oposición éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle a la ciudadana: YETSELIS KATIUSKA QUERO, antes identificados, el derecho de propiedad y posesión, sobre las mejoras o bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Se deja constancia que fueron presentados los siguientes documentos: 1.) Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad número 15.215.166, pertenecientes a la ciudadana YETSELIS KATIUSKA QUERO, corre inserto al folio dos (02). 2.) Registro Único de Información Fiscal (RIF), signado bajo el número V-152151663, perteneciente a la ciudadana YETSELIS KATUSKA QUERO, que corre inserto al folio tres (03). 3.) Poder Especial Otorgado por la solicitante a los abogados MAGGLY KARINA TORO y CARLOS ANDRES LOPEZ SANMIGUEL, debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Primera de Acarigua estado Portuguesa, inserto bajo el Número 45, Tomo: 5, Folios 166 hasta 168, de fecha 18 de Abril de 2023, que corren insertos en los folios seis al ocho (06 al 28). 4.) Recibos de Pago al SERVICIO AUTONOMO MUNICIPAL DEL ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SERAMAT), números 353059 por la cantidad de 173,52; 353060 por la cantidad de 57,84; 353061 por la cantidad de 289,24; que corren insertos a los folios nueve al once (09 al 11). 5.) Constancia de Linderos, Código Catastral 18-02-01-U-01-001-068-008-000-000-000, de fecha veintidós (22) de Mayo de 2023, que corre inserto al folio doce (12), emanado de la Oficina Municipal de Catastro. 5.) Croquis Catastral, Código Catastral 18-02-01-U-01-001-068-008, emanado de la Alcaldía Bolivariana de Araure, estado Portuguesa, de fecha 09 de Mayo de 2023, que corre inserto al folio trece (13). Ocho (08) exposiciones fotográficas del Bien inmueble objeto de la presente Solicitud, que corren inserto a los folios catorce y quince (14 y 15).
La Juez Titular,

Abg. Miriam Sofía Durand Sánchez.
La Secretaria Accidental,

Abg. María Teresa Páez

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de veintiún (21) folios útiles.

Conste. Secretaria.



Solicitud N° S-1282-2023.
Meyra.