REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 21 de junio de 2023
213° y 164°
DECRETO
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, interpuesta por la ciudadana: OMAIRA MARÍA COLMENAREZ COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-11.548.832, domiciliada en el Barrio Tierra Floja, sector II calle 6 en la ciudad de Píritu, Municipio Esteller, Estado Portuguesa. Asistida en este acto por la abogada en ejercicio ANMAR MARIANGELES MARCHAN MENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 170.142. Solicita que les sirva oír en su Despacho a los testigos de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por las ciudadanas DILISMAR SEGUNDA TOVAR CARVAJAL Y ANDREINA YOLANDA MUÑOZ SIMANCA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 17.797.637 y V- 21.560.292, respectivamente, venezolanas, mayores de edad, solteras, hábiles, la primera domiciliada en el Barrio Tierra Floja, sector II, calle 5 mientras que la segunda esta domiciliada en el Barrio Tierra Floja, sector II, calle 6 del municipio Esteller, Estado Portuguesa.
Consta que es propietaria de un inmueble tipo Casa-Quinta, construida a sus propias expensas y con dinero de su propio peculio sobre un lote de terreno de ejido municipal según Cedula Catastral Nº 18-03-11-19 ubicada en la calle 6 Barrio Tierra Floja, Sector II, Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa. Dicha parcela consta DIECISEIS METORS CON UN CENTIMETROS (16,1 ML) DE FRENTE por VEINTITRES METROS CON VEINTICINCO CENTIMETROS (23,25 ML) DE FONDO con medidas irregulares por sus linderos, que indica un área total de: CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS (445,72 M2), alinderada de la siguiente manera; NORTE: calle 06 Barrio Tierra Floja, sector II, en (16,01 ML), SUR: solar y casa de María Pérez y Beatriz González, en (15.8 ML), ESTE: solar y casa de José Serrada en (23,25 ML), OESTE: solar y casa de José González en (22,7 ML), según Constancia de Adjudicación expedida por la Oficina de Sindicatura del Municipio Esteller del Estado Portuguesa; así como de la Ficha y Plano Catastral expedida por la Oficina de Catastro Urbano de el Municipio Esteller, invirtiendo en mano de obra, conservación y materiales la cantidad de: CIENTO TREINTA Y DOS MIL TRECIENTOS BOLIVARES COB CERO CENTIMOS (132.300,00) lo cual equivale a MIL CIENTO NOVENTA CON SETENTA Unidades Tributarias (UT 1.197.70). Con un área de construcción de CIENTO TRES METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y TRES CENTIMETROS (103,93 M2).
Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: OMAIRA MARÍA COLMENAREZ COLMENAREZ, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre el inmueble Tipo Casa-Quinta, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentaron: Copia simple de la Cédula de Identidad de la Solicitante, Certificado de Solvencia Municipal emitido por la Alcaldía del Municipio Esteller, Constancia de adjudicación emitido por la Oficina de Sindicatura del Municipio Esteller, Cédula Catastral y Plano de mensura emitido por La Jefatura de Catastro del Municipio Esteller, Constancia de Ocupación, Constancia de Residencia emitidas por el Consejo Comunal Tierra Floja Sector II, copias simples de las cédulas de identidad de las testigos, para que la solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurías construidas sobre el referido terreno. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Juez,
Abg. ANGELA M. SOSA R. La Secretaria,
Abg. GLORIA S. BUEGOS E.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:
Solicitud Nº 15.133-2023
AMSR/GSBE/kgsn
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