REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Laboral del estado Portuguesa, sede Acarigua
Acarigua, nueve (09) de Marzo del dos mil veintitrés (2023)
212º y 164º
ASUNTO: PP21-N-2023-000001.
PARTE RECURRENTE: DALIDA YELITZA OSORIO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro V-7.916.965, representada por la Abogado DAHISBEL DAYRINA PEÑA OJEDA, titular de la cedula de identidad Nro V-13.485.539, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 92.421.
PARTE RECURRIDA: INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LA CIUDAD DE ACARIGUA, ESTADO PORTUGUESA.
MOTIVO: Recurso de Abstención o carencia.
ACTA DE AUDIENCIA DE RECURSO DE ABSTENCIÓN O CARENCIA
En el día de hoy 09 de Marzo de 2023, siendo la 9:30 a.m., oportunidad fijada para celebrar la audiencia prevista en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el Recurso de Abstención incoado por la ciudadana DALIDA YELITZA OSORIO RODRIGUEZ contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO PORTUGUESA, se constituye el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial con la presencia del ciudadano Juez abogado JAVIER ANTONIO TORREALBA GONZALEZ, la secretaria MARIA BRAVO, del Alguacil HENDERSON JAIMES y del técnico audiovisual LUIS AGUIAR. Seguidamente se deja constancia de la incomparecencia de la parte recurrente, ciudadana DALIDA YELITZA OSORIO RODRIGUEZ, quien no compareció por sí o por medio de apoderado judicial alguno. En este sentido, vista la incomparecencia de la parte recurrente, este Tribunal 2do de Juicio del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara: DESISTIDO EL RECURSO DE ABSTENCION O CARENCIA, intentado por la ciudadana DALIDA YELITZA OSORIO RODRIGUEZ en contra de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO PORTUGUESA, de conformidad con lo establecido en el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Se leyó y conformes firman los presentes.
EL JUEZ DE JUICIO,
ABG. JAVIER ANTONIO TORREALBA GONZALEZ,
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA BRAVO
EL TÉCNICO AUDIOVISUAL,
El ALGUACIL.
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