LA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
EL TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA


EXPEDIENTE: 5.181-23

SOLICITANTE: LUIS JOSE TERAN MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° 2.725.352, de este domicilio.

ABOGADA ASISTENTE: GERARDIN AMANDA ORTEGA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.899.753 inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 198.139, de este domicilio.

MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (DESISTIMIENTO)

En fecha 01 de noviembre de 2023, se recibió por distribución escrito que por sorteo correspondió a este Tribunal, mediante el cual el ciudadano: LUIS JOSE TERAN MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.725.352, de este domicilio, debidamente asistido por la abogada en ejercicio Gerardin Amanda Ortega Lopez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.899.753 inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 198.139, de este domicilio. El motivo de la solicitud es por Únicos y Universales Herederos.
En fecha 06 de noviembre de 2023, este Tribunal admitió la presente solicitud y ordeno librar el edicto para su respectiva publicación en prensa.
En fecha 24 de noviembre de 2023, comparece por ante este Tribunal la ciudadana Nidia Evelin Terán Fernandez, actuando en su condición de hija del ciudadano José Luis Teran plenamente identificado en autos y debidamente asistida de la abogada en ejercicio Gerardin Amanda Ortega Lopez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.899.753 inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 198.139, de este domicilio, quien mediante diligencia manifiesta lo siguiente:


“… Ciudadano Juez, que mi padre ha fallecido repentinamente el dia 02 de noviembre del año 2023, a causa de un bloqueo en la arteria de primer grado, según acta de defunción N° 941, Folio 209, Tomo 4, en fecha 02 de noviembre de 2023, es por esta razón que solicito el desistimiento y el desglose de los documentos originales de la presente solicitud…”

DECISION

Vista la manifestación expresa de desistir de la solicitud interpuesta por la ciudadana: NIDIA EVELIN TERÁN FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° 12.647.877, actuando en su carácter de hija del solicitante, ciudadano: LUIS JOSE TERAN MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.725.352, (Fallecido), debidamente asistida por el abogado en ejercicio Gerardin Amanda Ortega López, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.899.753 inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 198.139, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACION AL PRESENTE DESISTIMIENTO, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, así mismo, se acuerda la entrega de los documentos originales que acompañan a la presente solicitud a la parte solicitante y en su lugar déjese copia fotostática certificada de los mismos.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE

Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. En Guanare, a los veintinueve (29) días del mes de noviembre de dos mil veintitrés. Años: 213° de la Independencia y 164° de la Federación.-
El Juez Provisorio,



Abg. Jorge Eleazar Quintero Valderrama.


El Secretario Titular,

Abg. Manuel Enrique Arabia Manzanilla.

En esta misma fecha se publicó siendo las dos de la tarde. Conste.-

Solicitud Nº 5.181-23
Yenimar.-