LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Guanare, 24 de Octubre de 2023
Años 213° y 164°
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por la ciudadana: ARGELIA ANTONIA BOLIVAR LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.297.252, de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio: Alex Antonio Tamayo Torrealba, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°25.256.132, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 294.484, mediante la cual solicita se le declare a ella y a los ciudadanos: CARMEN LUISA BOLIVAR LEAL, LUIS RAFAEL BOLIVAR LEAL, FREDDY ATILANO BOLIVAR LEAL, MICHELL ALEJANDRO BOLIVAR BOLIVAR, MANUEL ENRRIQUE BOLIVAR LEAL y MARIA LUISA LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° 13.604.564, 24.022.428, 14.467.821, 31.202.379, 16.645.367 y 8.057.319, respectivamente, en su condición de hijos y cónyuge; como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante PEDRO ATILANO BOLIVAR, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.603.317, quien falleció (ab-intestato) el día diez (10) de Abril del año dos mil veintiuno (2.021), en el Hospital Universitario Dr. Miguel Oraá de Guanare del estado Portuguesa. Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos al requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.
Consta en autos Copia Certificada del Acta de Defunción, emitida por el Consejo Nacional Electoral, Comisión de Registro Civil y Electoral del municipio Guanare, estado Portuguesa, signada con el Nº 289, Folio 045, tomo 2, de fecha 12 de Abril de 2021, correspondiente al causante PEDRO ATILANO BOLIVAR. Copia Certificada del Acta de Matrimonio, correspondiente a los ciudadanos: PEDRO ATILANO BOLIVAR y MARIA LUISA LEAL, emitida por la Alcaldía Bolivariana del municipio Guanarito, estado Portuguesa, signada con el N° 41, de fecha 16 de Agosto de 1.984. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Civil del municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico, correspondiente a la ciudadana: CARMEN LUISA BOLIVAR LEAL, signada con el N° 1.202, folio 234 fte, Tomo II del año 1.976. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Civil del municipio Guanare del estado Portuguesa, correspondiente a los ciudadanos: LUIS RAFAEL BOLIVAR LEAL, signada con el N° 147, folio N° 104, tomo 1, de fecha 23 de Enero de 1.979. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, correspondiente al ciudadano: FREDDY ATILANO BOLIVAR LEAL, emitida por la Alcaldía Bolivariana del municipio Guanarito, estado Portuguesa, signada con el N° 83, de fecha 18 de Diciembre de 1.978. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan de Guanaguanare, del municipio Guanare del estado Portuguesa, correspondiente al ciudadano: MICHELL ALEJANDRO BOLIVAR BOLIVAR, signada con el N° 766, folio 10 del año 2.003. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, correspondiente al ciudadano: MANUEL ENRRIQUE BOLIVAR LEAL, emitida por la Alcaldía Bolivariana del municipio Guanarito, estado Portuguesa, signada con el N° 156, de fecha 18 de Diciembre de 1.983. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento, correspondiente a la ciudadana: ARGELIA ANTONIA BOLIVAR LEAL, emitida por la Alcaldía Bolivariana del municipio Guanarito, estado Portuguesa, signada con el N° 69, de fecha 28 de Febrero de 1.984. Copias de las Cedulas de Identidad de los ciudadanos: PEDRO ATILANO BOLIVAR, MARIA LUISA LEAL, ARGELIA ANTONIA BOLIVAR LEAL, CARMEN LUISA BOLIVAR LEAL, LUIS RAFAEL BOLIVAR LEAL, FREDDY ATILANO BOLIVAR LEAL, MICHELL ALEJANDRO BOLIVAR BOLIVAR, MANUEL ENRRIQUE BOLIVAR LEAL
En su oportunidad comparecieron por ante este Tribunal los ciudadanos: FELIPA MEJIAS CHINCHILLA y ANIVAL JOSE APONTE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° 10.722.279 y 9.258.924, respectivamente, en ese mismo orden, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.
Y Por cuanto no ha habido Oposición, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: ARGELIA ANTONIA BOLIVAR LEAL, CARMEN LUISA BOLIVAR LEAL, LUIS RAFAEL BOLIVAR LEAL, FREDDY ATILANO BOLIVAR LEAL, MICHELL ALEJANDRO BOLIVAR BOLIVAR, MANUEL ENRRIQUE BOLIVAR LEAL y MARIA LUISA LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° 18.297.252, 13.604.564, 24.022.428, 14.467.821, 31.202.379, 16.645.367 y 8.057.319, respectivamente, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante: PEDRO ATILANO BOLIVAR, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con los Artículos 822 y 823 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las copias certificadas solicitadas, se acuerdan en conformidad. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez Provisorio,
Abg. Jorge Eléazar Quintero Valderrama.
El Secretario,
Abg. Manuel Enrique Arabia Manzanilla.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.- Conste.-
Solicitud N° 5.145-23
ShellseyE.-
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