REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Biscucuy, 20 de Octubre de 2023.
213° y 164°
PARTES: Ibranny Nazareth Fernández Piantella y Jesús David Fernández Chinchilla,
venezolanos, titulares de la cédula de identidad N°. 27.937.098 y 25.938.602 respectivamente.
Motivo: Obligación de Manutención.
Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos Ibranny Nazareth Fernández
Piantella y Jesus David Fernández Chinchilla, venezolanos, titulares de la cédula de identidad
N°. 27.937.098 y 25.938.602, respectivamente, en beneficio de su hijo Samuel David Fernández
Fernández por concepto de Obligación de Manutención. Seguidamente el ciudadano Jesús
David Fernández Chinchilla, Ofreció pasarle un mercado de comida a mi hijo constante de
pollo, carnes, Harina precocida, harina de trigo, queso, mantequilla, mortadela, arroz, pasta,
toddy, cereales, azúcar, compotas, galletas, asimismo productos de aseo personal constante de
(shampu; crema dental; jabón de baño; jabón en polvo) de igual forma me comprometo a cubrir
el 50% de los gastos en el mes de diciembre de cada año, el 50% de los útiles y escolares y
uniformes en el mes de septiembre; así como el 50% de los gastos por consultas médicas y
medicamentos en caso de enfermedad, dicha obligación serán consignado por ante este
Tribunal; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio de conformidad con el artículo 516 de la Ley
Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, no vulnera los derechos del niño, el
Tribunal le imparte su Homologación, de conformidad con lo establecido en el artículo 317 de
la mencionada Ley, en concordancia con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Provisorio.
Abg. Yaneth García de Parra.
La Secretaria
Abg. Yasmin Hidalgo Valderrama.-
Exp N°. 2990/2023