REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DEL CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

Biscucuy, 26 de Septiembre de 2023
213º y 164º

Tramitada como ha sido la presente solicitud de Titulo Supletorio interpuesta por la ciudadana Josefina Fernández De Lacruz, venezolana, mayor de edad, casada, titular de las cedula de identidad Nº V-4.370.634, debidamente asistida por el abogado José Gustavo Montilla, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 155.479, donde solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías a que ella se contrae, de las declaraciones contestes rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos Kristian Argelis Ríos Mejías y José Melquiades Barrios, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros 14.570.536 y 9.406.188, respectivamente, consta que la solicitantes desde hace más de diez (10) años han venido poseyendo un lote de terreno propiedad Municipal , ubicada en la Urbanización Sinecio Castillo de la ciudad de Biscucuy, Municipio Sucre, Estado Portuguesa, con una extensión de Ciento Noventa y Cinco metros cuadrados con Cinco centímetros (195.05mts2), cuyos linderos son los siguientes: Norte: Ocupación de Livia Duran , Sur: Ocupación de Yorannys Fernández y Yovanny Fernández, Este: Canal y Calle de la Acequia y Oeste: Avenida Sinecio Castillo, ha construido unas bienhechurías consistentes en una casa para habitación familiar construida en paredes de bloques y cemento con estructura metálica, la cual se encuentra distribuida de la siguiente manera: un (01) corredor muro y rejas en la parte del frente, una sala, cocina-comedor, un (01) baño, tres (03) habitaciones para dormitorios, una pared perimetral de bloques y cemento que separa mi ocupación con la canal de la acequia en la parte posterior, un corredor inferior , pisos de cemento pulido, techo de zinc ventanas panorámicas, otras puertas y ventanas de hierro, con sus respectivas instalaciones eléctricas y sanitarias y otras mejoras, a sus solas y únicas expensas y con dinero de su propio peculio y trabajo personal invirtiendo en su construcción hace diez (10) años la cantidad de Treinta Millones de Bolívares (Bs. 30.000.000,oo).
Por cuanto no ha habido oposición el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana Josefina Fernández De Lacruz, ya identificada el derecho de propiedad y posición sobre las bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que fue presentado Constancia de Certificación de Medidas y Linderos, expedido por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Sucre del estado Portuguesa en fecha Dieciséis (16) de Mayo del dos mil veintitrés (2023), Autorización para Levantar Titulo Supletorio de bienhechurías expedido por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Sucre del estado Portuguesa Nº 001-2023 en fecha Dieciséis (16) de Mayo del dos mil veintitrés (2.023), copia de la cedula de la identidad de la solicitante, constancia de ocupación del consejo comunal Sinecio Castillo, copia fotostática del documento expedida por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Sucre y Unda del Estado Portuguesa, para el levantamiento del presente Titulo Supletorio.
Devuélvase las actuaciones en originales con sus resultas.
La Juez Provisorio.
Abg. Yaneth García de Parra.
La Secretaria.
Abg. Yasmin Hidalgo Valderrama.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas. Conste.
Solicitud Nº 5210/2023
Dayana Astudillo