REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos (02) de abril del 2024
213º y 165º


ASUNTO: KP02-S-2024-000688
SOLICITANTE: ciudadana YANSELY ANDREINA MEDINA MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 25.403.917.-
ABOGADA ASISTENTE DEL SOLICITANTE: Abg. ALCIDES PASTOR DIAZ CASTAÑEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 256.954.-
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.-
SENTENCIA: DECRETO.-


SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS

Vista la solicitud presentada por la ciudadana YANSELY ANDREINA MEDINA MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 25.403.917, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio ALCIDES PASTOR DIAZ CASTAÑEDA, inscrito en el IPSA bajo el N° 256.954, donde expone, “ocurro ante usted para exponer y solicitar lo siguiente: Sobre un Lote de Terreno Ejido; cuyas medidas son: (123,00MT2), ubicado en la comunidad de VILLA PRODUCTIVA, A.V PRINCIPAL CON CALLEJÓN 2, SEGUNDA REDOMA MUNICIPO IRIBARREN PARROQUIA GUERRERA ANA SOTOBARQUISIMETO ESTADO LARA. La Bienhechuría está estructurada en una superficie de(21,76 mtrs2), que consiste en un rancho, construido a mis propias expensas y con dinero demi propio peculio; edificado de zinc, piso de cemento, distribuida de la siguiente manera: unasala, una cocina-comedor, tres habitaciones, un baño, un lavadero un garaje y un porcheComprendida dentro de los linderos: NORTE: en línea_ de tres metros cuarenta(3.40 mts.), colinda con terrenos desocupados. SUR: en línea de tres metros cuarenta (3.40 mts.)colinda con el callejón 2, frente a la_ bienhechuría ocupada por la ciudadana: SANDRALOSADA, que es su frente. ESTE: en línea de seis metros cuarenta (6.40 mts.), colinda conterrenos desocupados; OESTE: en línea de seis metros cuarenta (6.40 _mts.), colinda
Con Bienhechuría ocupada por Juan Marquez. La cual tiene un valor de CIENTO CINCUENTA MILBOLIVARES (Bs.150.000,00), equivalentes a 7.009,34 unidades tributarias (U.T).-

Para decidir este Tribunal observa:


UNICO:Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, MARIA ALEJANDRA GONZALEZ BASTIDAS y HEMBHER OTONIEL VARGAS ESCALONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° 17.874.010 y 14.159.749, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 ejusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana,YANSELY ANDREINA MEDINA MENDEZ, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.-
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve, déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil vigente.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los dos (02) días del mes de abril de 2024. Años 213° de la Independencia y 165° de la Federación.-
El Juez,





Magdiel José Torres.

La Secretaria,

Lucila Suarez Alvarado.
MJT/LSA/ YamilethS.-