REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE
DE UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Chabasquén, 25 de Abril de 2024
214° y 165º
EXPEDIENTE Nº 1512/2023
SOLICITANTES WISTER DANIEL FIGUEREDO TORREALBA Y ELISMAR CAROLINA TORRES FERNANDEZ venezolanos, mayores de edad, cónyuges, civilmente hábiles, titulares de las Cédulas de Identidad números, V-24.505.144 v- 27.635.101 Respectivamente.
MOTIVO
SOLICITUD DE DIVORCIO CONFORME A LA SENTENCIA 693
SENTENCIA
DEFINITIVA
MATERIA
CIVIL
La Presente solicitud de Divorcio, formulada por los ciudadanos: WISTER DANIEL FIGUEREDO TORREALBA Y ELISMAR CAROLINA TORRES FERNANDEZ venezolanos, mayores de edad, cónyuges, civilmente hábiles, titulares de las Cédulas de Identidad números, V-24.505.144 v- 27.635.101 Respectivamente, domiciliados ambos en el sector la Recta Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Estado Portuguesa asistido por el Abogado Rubén Betancourt Inscrito en el Inpreabogado con el Nº 256.447 fuè recibida en fecha el (05) de Diciembre de 2023, admitida por auto de fecha primero (08) de Diciembre de 2023, donde se ordenó darle el curso de ley correspondiente, también en esa misma fecha se libró boleta de Notifico al Fiscal de Ministerio Público, con copia certificada de la solicitud conjuntamente con el Exhorto librado al Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de esta misma Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, la cual una vez practicada fue agregada al expediente respectivo, en fecha cuatro ( 04 ) de Abril de 2024. El Tribunal para decidir siendo la oportunidad, lo hace en base a las siguientes consideraciones: --------
PRIMERA:
La presente solicitud de Divorcio fuè fundamentada en el artículo 185 del Código Civil y la sentencia 693 dictada por la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia------------------------------------------------------------------
SEGÚNDA:
Se verifica que en este procedimiento especial se cumplieron todas las formalidades de ley, verbigracia, la comparecencia ante el Tribunal de ambos cónyuges, Ciudadanos WISTER DANIEL FIGUEREDO TORREALBA Y ELISMAR CAROLINA TORRES FERNANDEZ quienes manifestaron al Tribunal que desde inicio del año 2019 decidieron Separarse de Hecho, ya que comenzaron a tener desavenencias y conflictos que hicieron imposible la vida en común de su unión conyugal; así como también la Notificación del Fiscal del Ministerio Público, quien no hizo objeción a la solicitud, por todo lo expuesto y habiéndose cumplido todos los extremos de ley, por otra parte expresaron no haber procreados hijos y tampoco tener bines susceptibles de partición, procede de pleno derecho dicha solicitud de divorcio.- Y ASI SE DECIDE.-------------------
DECISION:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: WISTER DANIEL FIGUEREDO TORREALBA Y ELISMAR CAROLINA TORRES FERNANDEZ ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vinculo matrimonial, que ambos contrajeron el día (20) de Enero de 2020, por ante el Registro civil del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Estado Portuguesa, como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 03, que en copia certificada fue traída a los autos.- ASI SE DECIDE.- De conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil. y la sentencia 693 Queda extinguida la Sociedad Conyugal.- ASI SE DECIDE.-------------------------------------------------------------------------
Regístrese, Publíquese y déjese la Copia de Ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, En Chabasquén a los (25) días del mes de Abril de 2024.- Años: 214º de la Independencia y 165º de la Federación.-
Dios y federación
El Juez Provisorio
Abg. Duvelys Ramón Briceño Juárez
El Secretario suplente
Abg. Isair Roberto Delfín Bastidas
.-
En la misma fecha se publico la anterior sentencia, siendo las 10:22 am, Conste.
El Secretario suplente
Abg. Isair Roberto Delfín Bastidas
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