REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 09 de Diciembre de 2024
214º y 165°

DECRETO

Tramitada como ha sido la presente Solicitud de Únicos y Universales Herederos efectuada por el ciudadano: SANTOS RAFAEL CHIRINOS NAVARRO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, soltero, comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-7.548.838, teléfono móvil, 0412-1519663, y correo electrónico rafaelchirinos580@gmail.com, y domiciliado en la avenida 1 entre calle 10 y 11 Nº casa10-50, sector Centro II Villa Bruzual, municipio Turén del estado Portuguesa, debidamente asistido por la abogada en ejercicio: OLGA ISABEL RUSSO REYES, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.867.440, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 35.032, de este domicilio, actuando en nombre propio y en representación de su madre la ciudadana ADA MONICA NAVARRO DE CHIRINOS, titular de la cédulas de identidad Nº. V-4.197.695 así como de sus hermanos: ORMIDA LISBETH CHIRINOS DE MARIN, ENGRACIA DE JESÚS CHIRINOS NAVARRO, PASTOR ARMANDO CHIRINOS NAVARRO, y ADDY SORY CHIRINOS NAVARRO, todos venezolanos, mayores de edad, casada la primera y solteros los demás, V-7.541.576, V-9.842.013, V-9.842.014, V-13.481.724, respectivamente domiciliados en Villa Bruzual, municipio Turén del estado Portuguesa, en su condición de esposa e hijos, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus PASTOR RAFAEL CHIRINOS, quien era venezolano, mayor de edad, casado de 86 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.105.158, siendo su ultimo domicilio avenida 1 entre calle 10 y 11 casa Nº 10-50, sector Centro II, Villa Bruzual, municipio Turén del estado Portuguesa, quien falleció ab-intestato en el Hospital Dr. Armando Delgado Montero de esta ciudad de Villa Bruzual, municipio Turén del estado Portuguesa, el día 22 de Julio de 2019, según se evidencia en acta de Defunción Nº 153, de fecha 11 de Octubre de 2019, emitida por la oficina del Registro Civil del municipio Turén del estado Portuguesa, quien estuvo casado con la ciudadana ADA MONICA NAVARRO DE CHIRINOS, quien es venezolana, mayor de edad docente, titular de la cédula de identidad Nº V-4.197.695, según consta en el acta de matrimonio Nº 41 emitida por el registro civil del municipio Esteller del estado Portuguesa.

Cumplidos como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el Procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto emplazando a todas aquellas personas que pudieran ver afectados sus derechos con la presente solicitud, constando en autos que no compareció persona alguna, por lo que se fijó oportunidad para la declaración de los testigos promovidos por la parte interesada.
Consta en autos, copia de la cédula de identidad del causante, copia certificada del Acta de Defunción N° 153, falleció el día 22 de Julio de 2019, de fecha 11 de Octubre de 2019, emitida por la oficina del Registro Civil del municipio Turén del estado Portuguesa, Acta de matrimonio Nº 41 de los ciudadanos PASTOR RAFAEL CHIRINOS y ADA MONICA NAVARRO DE CHIRINOS, emitida por el registro civil del municipio Esteller del estado Portuguesa, Acta de nacimiento Nº 580 de ORMIDA LISBETH CHIRINOS DE MARIN, Acta de nacimiento Nº 725 de SANTOS RAFAEL CHIRINOS NAVARRO, Acta de nacimiento Nº 177 de ENGRACIA DE JESÚS CHIRINOS NAVARRO, Acta de nacimiento Nº 643 de PASTOR ARMANDO CHIRINOS NAVARRO, Acta de nacimiento Nº 785 de ADDY SORY CHIRINOS NAVARRO, copias de las cédulas de identidad de los herederos, documentos estos que demuestran que los referidos ciudadanos son los herederos de el causante PASTOR RAFAEL CHIRINOS. En su oportunidad comparecieron por ante este Tribunal los ciudadanos: PEDRO SEGUNDINO TORRES, Venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en el Barrio Páez, municipio Turén, Estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.120.698 y ABRAHAN RAMÓN TORREALBA, Venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la Avenida 2, casa Nº 10-50 Sector Centro, municipio Turén, Estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad N° V- 1.107.275, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.
Por cuanto no ha habido Oposición este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos ADA MONICA NAVARRO DE CHIRINOS, en su condición de esposa y hijos SANTOS RAFAEL CHIRINOS NAVARRO, ORMIDA LISBETH CHIRINOS DE MARIN, ENGRACIA DE JESÚS CHIRINOS NAVARRO, PASTOR ARMANDO CHIRINOS NAVARRO, y ADDY SORY CHIRINOS NAVARRO, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de el causante PASTOR RAFAEL

CHIRINOS, vocación hereditaria que les deviene conforme el artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el artículo 822 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas, dejando en su lugar una fotocopia de las mismas para certificar, destinada para el archivo del Tribunal.
La Juez Titular,
La Secretaria,

Msc. ANGELA M. SOSA R.
Abg. GLORIA S. BURGOS E.
Solicitud N° 15.309-2024
AMSR/GSBE/meba