REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 09 de Diciembre de 2024
214° y 165°

DECRETO

Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, interpuesta por la ciudadana: HILDA YOLANDA MENDOZA DE NAVARRO, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-1.119.937, asistida en este acto por la abogada en ejercicio: YOHANA Y. NAVARRO MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.635.56, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 57.042. Solicita que les sirva oír en su Despacho a los testigos de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por las ciudadanas: DENNYS DESIREE SUÁREZ LÓPEZ y DAYANA VEATRIZ SILVA RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-15.493.170 y V-19.282.097, domiciliadas en Villa Bruzual, municipio Turén del estado Portuguesa.
Consta que ha fomentado unas mejoras y bienhechurías sobre Terreno propio que forma parte de un lote de mayor extensión, según se evidencia de Documento debidamente Registrado por ante la oficina Inmobiliaria de Registro Público de los municipios Turén y Santa Rosalía del estado Portuguesa, en fecha 11 de Octubre del año 2007, bajo el Nro. 33, Folio 1 al 3, Protocolo Primero, Tomo 1, Cuarto Trimestre del año 2007, Ubicado en la calle 4 con carretera 4, entre Avenida 9, y Carretera Nacional Barrio Andrés Eloy Blanco, municipio Turén del estado Portuguesa, el cual tiene un área total de terreno de DOCIENTOS VEINTISIETE METROS CON SETENTA CENTIMETROS (227,70 MTS 2), únicas expensa y con dinero de su propio peculio, ha construido unas mejoras y bienhechurías que tiene una superficie de construcción de SESENTA Y SIETE METROS CON VEINTISIETE CENTÍMETROS (67,27 Mts), cuyos linderos y medidas son las siguientes : NORTE: Bienhechurías que son o fueron de GUSTAVO RATIA, Diez Metros con Veinte Centímetros (10,20 Mts); SUR: Terreno Ocupado por HILDA MENDOZA, con Siete Metros con Cincuenta y Cuatro Centímetros (7,54 Mts); ESTE: Bienhechurías que son o fueron de HILDA MENDOZA, con Medidas Irregulares; y OESTE: Con Carretera Nacional, Barrio Andrés Eloy Blanco (que es su frente), con Veintiocho Metros con Setenta y Dos Centímetros (28,72 Mst), según certificado de empadronamiento Nº 18 14 01 U00 004 025 10/2, emitido por la Dirección de Catastro Comunal de la Alcaldía Bolivariana del municipio Turén, estado Portuguesa, en fecha 19 de septiembre del 2024, las características de las mejoras y bienhechurías construidas son las siguientes: Losa Piso de Cemento de Veinte Centímetros de Espesor, habiendo invertido en dicha contracción la cantidad de CUARENTA y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 45.000,00).
Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: HILDA YOLANDA MENDOZA DE NAVARRO, ya identificado, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentaron: Copias simple de Cédulas de Identidad del solicitante, certificado de Empadronamiento en Terreno no , emitidos por la Oficina de la Dirección de Catastro Comunal, Alcaldía Bolivariana del municipio Turén, estado Portuguesa, plano de mensura y Cedula Catastral, emitidos por la Oficina de la Dirección de Catastro Comunal, Alcaldía Bolivariana del municipio Turén, estado Portuguesa, Documentos del terreno, emitida por el Registro ante la oficina Inmobiliaria de Registro Pública de los Municipios Turén y Santa Rosalía del Estado Portuguesa, para que el solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurías construidas sobre el referido terreno. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.

La Juez Titular,

Msc. ANGELA M. SOSA R. La Secretaria,

Abg. GLORIA S. BURGOS E.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:
Solicitud Nº 15.313-2024
AMSR/GSBE/meba