LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA


EXPEDIENTE Nº 16.616

DEMANDANTE JASPE MENA ROBER ALEXANDER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.604.534

APODERADOS JUDICIALES MARCELO ANTONIO SULBARÁN MEJÍAS y LILIA YELITZA VIZCAYA RAMÍREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 137.362 y 137.361

DEMANDADOS MORÓN MORÓN RICHARD JAVIER, MORÓN ROBERT JAVIER y MORÓN RAQUEL VIRGINIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros: V- 17.880.917, V- 12.010.995 y V- 14.467.599

DEFENSORAS
JUDICIALES MARISOL BRICEÑO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 143.293 y FRAHEMINA MARTÍNEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 101.584.

MOTIVO PRETENSIÓN DE MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA (DESISTIMIENTO).

MATERIA CIVIL.


En fecha 15/12/2022, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, recibió expediente que por distribución correspondió a este Tribunal, en el cual, el ciudadano Jaspe Mena Rober Alexander, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.604.534, de este domicilio, asistida por los abogados en ejercicio Marcelo Antonio Sulbarán Mejías y Lilia Yelitza Vizcaya Ramírez, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 137.362 y 137.361, acciona en contra los ciudadanos Morón Morón Richard Javier, Morón Robert Javier y Morón Raquel Virginia, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V- 17.880.917, V- 12.010.995 y V- 14.467.599, por Pretensión de Mero Declarativa de Concubinato.
Aduce la parte actora que desde el día 16 de Septiembre del año 1994, inició una relación con la ciudadana María Natividad Morón Gudiño, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.835.869, que desde ese momento establecieron su residencia y único domicilio en la urbanización Francisco de Miranda, calle 1, casa Nº 13, de este Municipio Guanare estado Portuguesa, mantuvieron su relación concubinaria hasta el día 29 de abril del año 2021, fecha en la cual falleció su concubina, según consta en Acta de Defunción inserta en el Tomo 2, folio 106, signada con el Nº 349, de fecha 30 de abril del año 2021, expedida por la Oficina Municipal de Registro Civil de Municipio Guanare del estado Portuguesa.
De igual forma, señala que la ciudadana María Natividad Morón Gudiño (La De Cujus) y su persona mantuvieron una relación de pareja en forma estable, ininterrumpida, pública y notoria, a la vista de todos, tanto de grupo de familias, así como de amigos y de conocidos, cumpliendo sus deberes que impone el matrimonio, inclusive hasta el mismo día de su fallecimiento.
Fundamenta su pretensión en lo establecido en el artículo 16 del Código de procedimiento Civil, articulo 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Vigente Desde el Año 1.999, artículos 211 y 767 del Código Civil Venezolano.
En fecha 15/12/2022, éste Juzgado por medio de auto le da entrada a la pretensión y en fecha 09/01/2023 se admitió la misma, emplazándose por medio de Boleta de Citación a los ciudadanos: Morón Morón Richard Javier, Morón Robert Javier y Morón Raquel Virginia, para dar contestación a la demanda, seguidamente se libró Edicto a los Herederos Desconocidos de la De Cujus y Boleta de Notificación al Fiscal IV del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa. Folio 09 y 10.
En fecha 18/01/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez donde, dejó constancia que fijó Edicto en la cartelera de este Juzgado. Folio 12.
En fecha 26/01/2023, compareció ante éste Juzgado el ciudadano Rober Alexander Jaspe Mena, a los fines de consignar Poder Apud Acta a los abogados Marcelo Antonio Sulbarán Mejías y Lilia Yelitza Vizcaya Ramírez. Folio 13.
En fecha 26/01/2023, compareció ante Juzgado la apoderada judicial de la parte demandante abogada Lilia Yelitza Vizcaya Ramírez, a los fines de consignar Edicto debidamente publicado en el Diario “El periódico de Occidente” y emolumentos necesarios para la práctica de la citación de los demandados. Folio 15.
En fecha 27/01/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez, donde dejó constancia que apoderada judicial de la parte demandante abogada Lilia Yelitza Vizcaya Ramírez le hizo entrega de los emolumentos para fotocopiar el presente expediente. Folio 19.
En fecha 30/01/2023, éste Juzgado dictó auto mediante el cual acordó librar boleta de citación a los demandados ciudadanos: Morón Morón Richard Javier, Morón Robert Javier y Morón Raquel Virginia y Boleta de Notificación al Fiscal IV del Ministerio Publico en Materia de Familia. Folio 20.
En fecha 13/02/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez, donde consigna Boleta de Citación debidamente firmada por el ciudadano Robert Javier Morón. Folio 23.
En fecha 13/02/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez, donde consigna diligencia del Primer Aviso de Traslado a la dirección de la ciudadana demandada Raquel Virginia Morón. Folio 25.
En fecha 13/02/2023, compareció la alguacil titular de este Juzgado Liliana Sánchez, donde consigna diligencia del Primer Aviso de Traslado a la dirección de el ciudadano demandado Richard Javier Morón Morón. Folio 26.
En fecha 22/02/2023, éste Juzgado dictó auto mediante el cual acordó designar Defensora Judicial de los Herederos Desconocidos del De Cujus María Natividad Morón Gudiño a la abogada Frahemina Martínez, seguidamente se acordó Boleta de Notificación a la misma. Folio 27.
En fecha 22/02/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez, donde consigna Boleta de Notificación debidamente firmada por la abogada Evelin Guedez en su carácter de auxiliar de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa en Materia de Familia. Folio 29.
En fecha 22/02/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez, donde consigna diligencia del Segundo Aviso de Traslado a la dirección de la ciudadana demandada Raquel Virginia Morón. Folio 31.
En fecha 22/02/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez, donde consigna Boleta de Citación debidamente firmada por el ciudadano demandado Richard Javier Morón Morón. Folio 32.
En fecha 23/02/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez, donde consigna Boleta de Notificación debidamente firmada por la abogada Frahemina Martínez. Folio 34.
En fecha 27/02/2023, éste Juzgado dictó auto mediante dejó constancia que no compareció la abogada Frahemina Martínez a los fines de dar aceptación al cargo. Folio 36.
En fecha 01/03/2023, éste Juzgado dictó auto mediante el cual acordó designar nuevo Defensor Judicial de los Herederos Desconocido del De Cujus María Natividad Morón Gudiño a la abogada Yenny Torrealba, seguidamente se librò Boleta de Notificación a la misma Folio 37.
En fecha 03/03/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez, donde consigna diligencia del Tercer Aviso de Traslado a la dirección de la ciudadana demandada Raquel Virginia Morón. Folio 39.
En fecha 06/03/2023, compareció ante Juzgado la apoderada judicial de la parte demandante abogada Lilia Yelitza Vizcaya Ramírez, a los fines de solicitar que este Juzgado acuerde Boleta de Citación de conformidad con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil. Folio 48.
En fecha 08/03/2023, éste Juzgado dictó auto mediante el cual acordó Boleta de Citación por medio de Cartel a la ciudadana Raquel Virginia Morón, en virtud de la solicitud de fecha 06 de Marzo del año en curso. Folio 49.
En fecha 14/03/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez, donde consigna Boleta de Notificación debidamente firmada por la abogada Yenny Torrealba. Folio 50.
En fecha 16/03/2023, éste Juzgado dejó constancia de la comparecencia de la abogada Yenny Torrealba, a los fines de aceptar el cargo como Defensora Judicial de los Herederos Desconocidos de la causante María Natividad Morón Gudiño. Folio 52.
En fecha 21/03/2023, compareció ante éste Juzgado la apoderada judicial de la parte demandante abogada Lilia Yelitza Vizcaya Ramírez, a los fines de solicitar que éste Juzgado acuerde Boleta de Citación a la abogada Yenny Torrealba. Folio 53.
En fecha 22/03/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez, donde dejó constancia que apoderada judicial de la parte demandante abogada Lilia Yelitza Vizcaya Ramírez le hizo entrega de los emolumentos para fotocopiar la pretensión y elaborar la respectiva Boleta de Citación de la Defensora Ad Litem. Folio 54.
En fecha 30/03/2023, compareció ante éste Juzgado la apoderada judicial de la parte demandante abogada Lilia Yelitza Vizcaya Ramírez, a los fines de consignar Cartel de Citación debidamente publicados en el Diario “Ultima Hora” y “El periódico de Occidente”. Folio 55.
En fecha 03/04/2023, éste Juzgado dictó auto mediante el cual acordó Boleta de Citación a la Defensora Judicial de los Herederos Desconocidos abogada Yenny Torrealba, en virtud de la solicitud de fecha 30 de Marzo del año en curso. Folio 61.
En fecha 12/04/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez, donde consigna Boleta de Notificación debidamente firmada por la abogada Yenny Torrealba. Folio 63.
En fecha 14/04/2023, la suscrita Secretaria titular de éste Juzgado dejó constancia por medio de escrito que fijó Cartel de Citación en la morada de la ciudadana Raquel Virginia Morón. Folio 65.
En fecha 15/05/2023, éste Juzgado dictó auto mediante el cual acordó designar Defensora Judicial a la abogada Nohely Jazmín Caldera Ávila, seguidamente se acordó librar Boleta de Notificación a la misma. Folio 66.
En fecha 06/06/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez, donde devuelve Boleta de Notificación de la abogada Nohely Jazmín Caldera Ávila. Folio 67.
En fecha 12/06/2023, compareció ante éste Juzgado la apoderada judicial de la parte demandante abogada Lilia Yelitza Vizcaya Ramírez, a los fines de solicitar que éste Juzgado deje sin efecto la designación de la Defensora Ad Litem y se acuerde nuevo nombramiento de otro Defensor Ad Litem. Folio 70.
En fecha 13/06/2023, éste Juzgado dictó auto mediante el cual acordó designar nueva Defensora Judicial de la parte demandada ciudadana Raquel Virginia Morón a la abogada Marisol Briceño, seguidamente se acordó librar Boleta de Notificación a la misma. Folio 71.
En fecha 15/06/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez, donde consignó Boleta de Notificación debidamente firmada por la abogada Marisol Briceño. Folio 73.
En fecha 19/06/2023, éste Juzgado dejó constancia de la comparecencia de la abogada Marisol Briceño, a los fines de aceptar el cargo como Defensora Judicial de la ciudadana Raquel Virginia Morón. Folio 75.
En fecha 20/06/2023, compareció ante éste Juzgado la apoderada judicial de la parte demandante abogada Lilia Yelitza Vizcaya Ramírez, a los fines de solicitar que este Juzgado acuerde Boleta de Citación a la abogada Marisol Briceño. Folio 76.
En fecha 20/06/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez, donde dejó constancia que la apoderada judicial de la parte demandante abogada Lilia Yelitza Vizcaya Ramírez donde expuso mediante escrito ante secretaría que le hizo entrega de los emolumentos necesarios para elaborar la respectiva Boleta de Citación de la Defensora Judicial. Folio 77.
En fecha 26/06/2023, éste Juzgado dictó auto mediante el cual acordó librar Boleta de Citación a la Defensora Judicial de de la co demandada ciudadana Raquel Virginia Morón, en virtud de la solicitud de fecha 20 de Junio del año en curso. Folio 78.
En fecha 04/07/2023, compareció la alguacil titular de este Juzgado Liliana Sánchez, donde consignó Boleta de Notificación debidamente firmada por la abogada Marisol Briceño. Folio 79.
En fecha 02/08/2023, compareció ante éste Juzgado la Defensora judicial de los Terceros Desconocidos, a los fines de dar contestación a la demanda. Folio 81.
En fecha 03/08/2023, compareció ante éste Juzgado la abogada Marisol Briceño en su condición Defensora judicial de la co demandada ciudadana Raquel Virginia Morón, a los fines de negar y rechazar la demanda. Folio 82.
En fecha 03/08/2023, éste Juzgado dejó constancia que sólo comparecieron a dar contestación de la demanda las abogadas Yenny Torrealba en su condición de Defensora Judicial de los Herederos Desconocidos y Marisol Briceño en su condición de Defensora Judicial de la co demandada ciudadana Raquel Virginia Morón. Folio 83.
En fecha 27/09/2023, compareció ante éste Juzgado la abogada Marisol Briceño en su condición de Defensora judicial de la co demandada ciudadana Raquel Virginia Morón, a los fines de promover pruebas. Folio 84.
En fecha 16/10/2023, Se dictó Sentencia Interlocutoria en donde se repone la causa al estado que se proceda al nombramiento de nuevos Defensores Judiciales de la parte co demandada ciudadana Raquel Virginia Morón, y de los terceros desconocidos. Folios 85-93.
En fecha 26/10/2023, Se dictó auto mediante el cual se acordó designar Defensor Judicial en la presente causa cargo recaído en los abogados Frahemina Martínez y Carlos Gudiño, seguidamente se acordó librar Boletas de Notificación al abogado Carlos Gudiño y a la abogada Frahemina Martínez. Folio 94.
En fecha 01/11/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez, donde consignó Boleta de Notificación debidamente firmada por el abogado Carlos Gudiño. Folio 97.
En fecha 01/11/2023, compareció la alguacil titular de éste Juzgado Liliana Sánchez, donde consignó Boleta de Notificación debidamente firmada por la abogada Frahemina Martínez. Folio 99.
En fecha 06/11/2023, éste Juzgado dejó constancia de la comparecencia de la abogada Frahemina Martínez, a los fines de aceptar el cargo como Defensora Judicial de la co demandada ciudadana Raquel Virginia Morón. Folio 101.
En fecha 27/11/2023, compareció ante éste Juzgado la apoderada judicial de la parte demandante abogada Lilia Yelitza Vizcaya Ramírez, a los fines de solicitar el desistimiento de la presente causa y sea homologada; quien expuso lo siguiente:
“Encontrándome facultada para éste acto, tal como se evidencia del poder conferido, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de mi representado procedo a DESISTIR de la presente acción mero declarativa de concubinato, toda vez que la misma fue instaurada con el fin de proceder a una futura partición de bienes con los hijos de la ciudadana María Natividad Morón Gudiño, quien en vida fungió como pareja estable de hecho de mi patrocinado, con los cuales luego de haber dialogado hemos llegado a un acuerdo amistoso. Solicito que el presente desistimiento sea homologado en la oportunidad legal correspondiente y una vez se cumpla con tales extremos, se me expida copia fotostática certificada del presente escrito y de la sentencia que lo homologue. Es justicia que invoco y espero merecer en la ciudad de Guanare capital política del estado Portuguesa a la fecha de su presentación”. Folio 102.

El Tribunal para resolver observa:
Verificadas como han sido las actuaciones inherentes a la presente causa y, en virtud, de estar ajustado a derecho el desistimiento efectuado por las partes, ya que el mismo reúne los requisitos exigidos en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y conforme a lo pautado en el artículo antes mencionado, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al presente desistimiento, en consecuencia, se da por concluido el presente juicio y, se ordena el archivo del expediente.
Expídanse por secretaría las copias certificadas solicitadas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa. En Guanare, a los cinco días del mes de Febrero del año dos mil veinticuatro (05/02/2024). Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.

El Juez Provisorio,


CÉSAR FELIPE RIVERO.


La Secretaria,


Abg. Maryori Arroyo.



Exp. Nº 16.616/CFR/Nadia Araujo.

En la misma fecha se dictó y publicó siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.)

Conste