LA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
DECRETO
Guanare, 04 de Julio de 2024
Años, 214° y 165°
Tramitada como ha sido la presente solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, realizada por la ciudadana por la ciudadana NANCY JUDIT CESPEDES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.068.316, de este domicilio, asistida por la abogada Ana Yelitza Salas Salas, Defensora Provisorio Primero con competencia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Guanare estado Portuguesa, según designación mediante resolución Nº DDPG-2022-236 de fecha 25-04-2022, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 233.888, mediante la cual solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle a ella y a los ciudadanos CARMEN BALBINA CESPEDES, OLINDA COROMOTO CESPEDES, LUIS SAUL ROMERO CESPEDES, MIGUEL ANGEL CESPEDES, BELKIS DEL CARMEN CESPEDES, MARGARITA COROMOTO CESPEDES y NECTALI JOSE CESPEDES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros 10.050.517, 9.400.595, 7.518.286, 9.404.295, 8.066.610, 4.239.183 y 4.244.007 en su condición de hermanos, el derecho de propiedad y posesión sobre la bienhechuría a que ella se contrae.
Y por cuanto las declaraciones rendidas por ante éste Tribunal por los ciudadanos Rosa Eloisa Rivero de Olave y Marianys Coromoto Colmenares Villegas, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 9.252.351 y 16.073.948, respectivamente, ambos de este domicilio, consta que los solicitantes ocupan una parcela de Terreno Municipal, según se evidencia en la constancia de Mensura emitida por la Dirección de Catastro, de la Alcaldía del municipio Guanare estado Portuguesa, signada con el código catastral Nº 18-04-01-U01-16-18-04, expediente 014-18 de fecha 25-06-2024. Ubicado en el barrio el cementerio, sector 2, calle 27, municipio Guanare del Estado Portuguesa, con un Área de Terreno de cuatrocientos cincuenta y dos metros con setenta y seis centímetros (452,76m2) alinderado de la siguiente manera: NORTE: Solar y Casa de familia Fernández con (28,30 ml); SUR: Solar y Casa de José Godoy con (28,30 ml); ESTE: Calle 27 con (16,00 ml); OESTE: Solar y Casa de Jacinto Bata con (16,00 ml), con un área de construcción de doscientos treinta y siete metros con diecisiete centímetros cuadrados (237,17 m2).
Que las referidas bienhechurías y mejoras están constituidas por: Una casa de habitación familiar, paredes de bloque, piso de cemento, techo de zinc, puertas y ventanas de hierro dividida en cuatro (4) cuartos, dos (2) salas, una (1) cocina y el ultimo anexo es una habitación sola y un baño, cercado de bloques.
El valor de estas bienhechurías la ha estimado la parte solicitante en la cantidad de Treinta Mil Bolívares (30.000,00 Bs).
Ahora bien por cuanto no ha habido oposición, éste Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle a los ciudadanos Nancy Judit Céspedes, Carmen Balbina Céspedes, Olinda Coromoto Céspedes, Luis Saúl Romero Céspedes, Miguel Ángel Céspedes, Belkis Del Carmen Céspedes, Margarita Coromoto Céspedes y Nectali Jose Céspedes , plenamente identificados, en autos el derecho de propiedad y posesión, sobre las bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.
Se deja constancia que no fue presentada autorización del Concejo Municipal para que la solicitante se provea del respectivo TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías edificadas dentro del lote de terreno. Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.
El Juez Suplente,
Abg. Fernando José Rojas Rivas.-
La Secretaria,
Abg. Beatriz Mendoza,
Solicitud Nº 1.772-24.-
FJRR/bm/michelle.
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