REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Agua Blanca, 12 de Junio del año 2024
214° y 165°
EXPEDIENTE: S-1191-2024
Vista la anterior solicitud, mediante la cual la Ciudadana: GINNA LISSETH LOBO DE PIÑA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-13.702.731, domiciliada en el “Sector Centro Plaza” Municipio Agua Blanca, Estado Portuguesa. Debidamente Asistida en este acto por el Abogado: EDUARD ALEXANDER CORDERO ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.092.016, inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 183.469. Solicita que la anterior diligencia sea declarada bastante para asegurar el Derecho a la propiedad que alega, sobre las bienhechurías a que se refiere. Y por cuanto de las declaraciones rendidas por los ciudadanos: EDGAR ANTONIO MOGOLLÓN DIAZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.549.613 Y JOSE GUILLERMO MEJIA SALDAÑA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.603.722, mantienen concordancia, se constata que la Ciudadana: GINNA LISSETH LOBO DE PIÑA, tiene edificada una construcción dentro de un lote de Terreno Ejido Municipal, el cual ha venido ocupando desde hace más de Veinte (20) años y se encuentra ubicado en la siguiente dirección: “Sector Centro Plaza” Municipio Agua Blanca, Estado Portuguesa. El cual mide: DOCE METROS CON CERO CENTÍMETROS (12,00 MTRS) de frente, por VEINTICINCO METROS CON CERO CENTÍMETROS (25,00 MTRS) de fondo, para un total de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS CON CERO CENTÍMETROS (300,00 M2), comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: Casa que es o fue de Arnoldo Melean; SUR: Avenida #3; ESTE: Casa que es o fue de Francisco Mora y OESTE: Casa que es o fue de Ramona Salas. Las bienhechurías al cual hace referencia están constituidas por: dos (02) habitaciones con puertas de madera, una (01) sala comedor, una (01) cocina empotrada, (1) sala de baño con puerta de hierro, una (01) sala de estar, construida con piso de cemento cubierto de porcelanato, paredes de bloques, techo de losacero cubierto de techo drywall; un (01) porche con techo de acerolit, un (01) lavadero, un (01) deposito, un (01) portón de hierro y un anexo con dos (02) habitaciones, una (01) sala comedor, una (01) sala de baño, una (01) sala de estar, construido de paredes de bloques y cercada perimetralmente con bloques y cuenta con sistema de aguas blancas y servidas, con la respectiva acometida de la red eléctrica y línea telefónica. La solicitante invirtió la cantidad de DOCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs, 12,000,000,00), que actualmente motivados a la reconversión monetaria, equivalen a DOCE MIL BOLÍVARES (BS, 12,000,00) Los cuales representan TREINTA MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (30.000 UT). En torno a ello y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como a tenor de lo establecido en el Articulo 3, de la resolución Nº 2009-006, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, de fecha 18 de marzo del 2009, publicada en gaceta oficial Nº 39:152, de fecha 02 de abril del 2009. Declara estas diligencias bastantes para asegurar el Derecho de Propiedad que sobre las señaladas bienhechurías alegó la solicitante. QUEDAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, por la Naturaleza Jurídica de esta solicitud reprodúzcase esta decisión fotostáticamente, y entréguese estas diligencias a la Solicitante. En el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. A los Doce (12) días del mes de Junio del Año Dos Mil Veinticuatro (2024), a los 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. ANELIN LISSETT ALVARADO HERRERA
LA SECRETARIA
ABG. KATTRYN MORILLO
En el mismo día de hoy, siendo las 11: 30 AM, se cumplió con lo ordenado.
Conste. -
La Secre
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