REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco (25) de marzo de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2024-000476
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, suscrito por el ciudadano CANDIDO JOSE COLMENAREZ ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.344.353 de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado RAFAEL ALBAREZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 173.723, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de la bienhechuría ubicada en la urbanización Eligio Macías Mujica, Municipio Iribarren, Parroquia Unión, del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de las ciudadanas ROSA GISELA YEPEZ CARRILLO y MARIELA YEPEZ CARRILLO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.779.362 y V-10.775.969, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano CANDIDO JOSE COLMENAREZ ALVAREZ, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/
El Juez,


Abg. Jhonny José Alvarado Hernández
El Secretario,

Abg. Lewis Carrasco Rangel
Jalvarado/Lcr/lr