REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE
UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Chabasquén, 20 de Mayo de 2024.
Años. 214° y 165°
Tramitada como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, hecha por la Ciudadana: ANGELA ANTONIA SANCHEZ MONTILLA Venezolana, Mayor de Edad, Titular de las Cédula de Identidad NºV- 10.955.185 y firmante a ruego Ciudadana: MARIBEL COROMOTO GIL SANCHEZ, Venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V- 25.710.630, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio KRUBER GIL SANCHEZ. Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 155.461, y solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre la Bienhechuría a que ella se contrae.
De las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por los Ciudadanos: DEUDEDIH ANTONIO VALERA GONZALEZ y CARLOS JOSE TORRES Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cedulas de Identidad Nros: V-22.095.903 y v- 4.370.765 respectivamente, consta que la solicitante ocupa en un lote de terreno, ubicado en la calle Obelisco con la Avenida Urdaneta de la población de Chabasquén Municipio Monseñor José Vicente de Unda Estado Portuguesa la cual contiene las siguientes medidas y Linderos, Medidas: CIENTO NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CUATRO CENTIMETROS (197,74 MTS), y cuyos Linderos son: NORTE: Calle Obelisco SUR: calle el Muro ESTE: Bienhechurias de Adalberta Morillo y OESTE: Bienhechurias de Dilcia Daza. Donde ha edificado una bienhechurias de dos niveles, que consisten en una Vivienda de habitación familiar, construida con columnas de concreto armado, vigas metálicas, paredes de bloque con friso acabado liso, piso acabado liso y paredes de cerámica, techo de acerolit con correas metálicas, con ocho (08) puertas una (01) puerta madera y siete (07) puertas de metálicas, diez (10) ventanas metálicas, distribuida de la siguiente manera: en la planta baja posee una (01) cocina, una (01) sala, un (01) porche, dos (02) baños, un (01) patio, un (01) pasillo, una (01) escalera y garaje, en la parte alta, consta con tres (03) habitaciones, una (01) cocina, y una (01) terraza, con sus instalaciones de agua servida agua blanca y eléctricas en buenas condiciones, con un área total de 197.74 MTS 2, todo enclavado en un lote de terreno propiedad Municipal, que la misma la ha fomentado a sus propias y únicas expensas con dinero de su propio peculio y trabajo personal e invirtió en todas esa bienhechurias la cantidad de DIEZ MILLONES BOLIVARES (Bs 10.000.000,00). Por cuanto no ha habido oposición este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el ARTICULO 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle a la Ciudadana: ANGELA ANTONIA SANCHEZ MONTILLA, antes identificada, la posesión o algún derecho sobre las Bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.- Se deja constancia que fue presentada Autorización para Levantar y Registrar Titulo Supletorio Emitida, por la Sindicatura Municipal de fecha: 09/05/2024, y Cedula Catastral de la Oficina Municipal de Catastro de la Alcaldía del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Estado Portuguesa de fecha 09/05/2024 , para que el solicitante se provea del respectivo TITULO SUPLETORIO, sobre las Bienhechurías edificadas dentro del lote de terreno. Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.-
Dios y Federación.
El Juez Provisorio
Abg. Duvelys Ramón Briceño Juárez
El Secretario
Abg. Luis Enrique Briceño Rojas.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas constante de Diez (10) folios útiles.
El Secretario
Abg. Luis Enrique Briceño Rojas.
SOL. 21/2024
|