REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE
UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Chabasquén, 22 de Mayo de 2024.
Años. 214° y 165°
Tramitada como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, hecha por el Ciudadano: JUAN BAUTISTA LINARES Venezolano, Mayor de Edad, Titular de las Cédula de Identidad NºV- 7.451.169 asistido en este acto por el Abogado en ejercicio RAFAEL ANGEL PAEZ LINARES. Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 93.217 solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre la Bienhechuría a que él se contrae.
De las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por los Ciudadanos: ALEXANDRE GREGORIO GIL SANCHEZ y XINNYG RAFAEL LINARES ESCALONA, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cedulas de Identidad Nros: V- 10.059.390 y v- 14.068.040 respectivamente, consta que la solicitante ocupa en un lote de terreno, ubicado en la avenida Negro Primero entre calle Córdova y Arismendi de esta Población de Chabasquén del Municipio Monseñor José Vicente de Unda Estado Portuguesa la cual contiene las siguientes medidas y Linderos, Medidas: SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (66,00 MTS), y cuyos Linderos son: NORTE: Bienhechurías de la secesión Torres Márquez15,00mts SUR: Bienhechurías de Neen 15,00mts ESTE: Bienhechurías de sucesión Arbujas con 5,50mts y OESTE: Avenida Negro Primero con 5,50mts. Todo enclavado en un lote de terreno del Municipio consisten en local comercial, construida columnas y vigas de concreto, techo de zinc, con correas metálicas, con paredes de bloques, un (01) portón metálico, un (01) baño con sus respectivas instalaciones eléctricas y sanitarias en perfectas condiciones, con un área total de 75 MTS2, todo enclavado en un lote de terreno propiedad Privada, que la misma la ha fomentado a sus propias y únicas expensas con dinero de su propio peculio y trabajo personal e invirtió en todas esa bienhechurias la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 500.000,00). Por cuanto no ha habido oposición este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el ARTICULO 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle a la Ciudadana: JUAN BAUTISTA LINARES, antes identificados, la posesión o algún derecho sobre las Bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.- Se deja constancia que fue presentada Cedula Catastral de la Oficina Municipal de Catastro de la Alcaldía del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Estado Portuguesa de fecha 29/04/2024 y permiso para levantar Bienhechurías emitida por la sindicatura municipal de fecha : 30/04/2024 , para que el solicitante se provea del respectivo TITULO SUPLETORIO, sobre las Bienhechurías edificadas dentro del lote de terreno. Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.-
Dios y Federación.
El Juez Provisorio
Abg. Duvelys Ramón Briceño Juárez
El Secretario
Abg. Luis Enrique Briceño Rojas.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas constante de doce (12) folios útiles.
El Secretario
Abg. Luis Enrique Briceño Rojas.
SOL. 25/2024
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