Se inició el presente Juicio mediante escrito libelar de fecha: 18 de Abril del año 2024, previo sorteo de ley le correspondió conocer y sustanciar la presente causa, concediéndole entrada en fecha: 22 de Abril del año 2024, cuando la ciudadana: GAUDY FELICIA SUAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V- 11.080.140, de estado civil soltera, domiciliada en la ciudad de Turen, del Estado Portuguesa, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARIA ALEJANDRA WEBER SUAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V- 25.035.811, domiciliada en la ciudad de Turen, del Estado Portuguesa, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 311.692, interpuso demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, contra la ciudadana: ESTILITA ISIDORA SUAREZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Números: V- 4.611.660, en la siguiente dirección: Avenida 4 Barrio José Antonio Páez, Municipio Turen del Estado Portuguesa, documento que fue consignado junto con el libelo de la demanda en original (folio 04) frente contentivo de un CEDIMIENTO Y TRASPASO, a la ciudadana: GAUDY FELICIA SUAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V- 11.080.140, de estado civil soltera, domiciliada en la ciudad de Turen, del Estado Portuguesa unas mejoras y bienhechurías que mide DOSCIENTO SETENTA Y NUEVE CON SETENTA METROS CUADRADOS (279,70 M2), con un área de construcción de CIENTO CINCO CON NOVENTA Y NUEVE (105,99 m2), consistentes de paredes de bloques, piso friso liso, techo de acerolit ubicado en Avenida 4, Barrio José Antonio Páez del Municipio Turen Estado Portuguesa, cuyos linderos son Norte: Bienhechurías que son o fueron del Rafael Torrealba; Sur: Callejón Nro. 02; Este: Avenida 4, Barrio José Antonio Páez que es su frente.-Oeste: Bienhechurías que son o fueron de Gaudy Suarez. Dichas bienhechurías me pertenecen según documento de Titulo debidamente registrado por ante el Registro Subalterno de del Municipio Turen, inscrito Bajo el Numero 20 folio 127 del tomo 1 del Protocolo de Transcripción del presente respectivamente, además quedo inscrito bajo el Numero 2014.260, Asiento Registral 2 del inmueble matriculado con el Nro. 409.16.8.1.2280 y correspondiente al libro de folio real del año 2014. El precio de la presente Cesión es de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (1.500 Bolívares), suma cancelada por la cesionaria ciudadana: GAUDY FELICIA SUAREZ ya identificada, en dinero en efectivo de curso legal y que en este mismo acto recibe la cedente, ESTILITA SUAREZ, a en su entera satisfacción. Con el presente otorgamiento el Cedente hace entrega de todos los derechos de posesión, dominio y la ocupación de las bienhechurías en el lote de terreno ya identificado, objeto de este traspaso, libre de todo, gravamen, obligándome al saneamiento conforme a la ley. Y yo, GAUDY FELICIA SUAREZ ya identificada, declaro que acepto la cesión y traspaso que me hace, conforme a los términos contenidos en el presente documento. Así, lo decimos, otorgamos y firmamos a la fecha de su presentación. Aparece firma del cedente. Ilegible. Firma del cesionario. Ilegible.
En fecha: 22 de Abril de 2024, se le da Entrada a la presente Causa en los libros respectivos quedando anotada bajo el Nro. 1339-2024. (Folio 23).
En fecha: 23 de Abril de 2024, se da admisión a la presente causa, mediante el cual se instó a la ciudadana: ESTILITA ISIDORA SUAREZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Números: V- 4.611.660, en la siguiente dirección: Avenida 4 Barrio José Antonio Páez, Municipio Turen del Estado Portuguesa, a que compareciera ante este Juzgado dentro del lapso de los veinte (20) días de despachos que conste la citación personal a los autos para que den contestación a la demanda u oponga cuestiones previas. (Folio 24 al 26).
En fecha 03 de Mayo de 2024, comparece voluntariamente la parte demandada, ciudadana: ESTILITA ISIDORA SUAREZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Números: V- 4.611.660, en la siguiente dirección: Avenida 4 Barrio José Antonio Páez, Municipio Turen del Estado Portuguesa, debidamente asistida por la Abg. ELITA VICTORIA LOPEZ GONZALEZ, titular de la cedula de Identidad Nro, V-8.930.073, debidamente inscrita en el INPREABOGADO Nro 27.204, el cual mediante escrito que riela al (folio 27 y 28 frente y vuelto) del presente expediente, manifiesta darse por citada de la causa Nro. 1339-2024. demanda incoada en su contra e igualmente renuncian al lapso de comparecencia y reconoce el contenido y firma del documento objeto de litigio, en los siguientes términos:
“… Yo, ESTILITA ISIDORA SUAREZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Números: V- 4.611.660, domiciliada en Turen Estado Portuguesa debidamente asistida por la Abg. ELITA VICTORIA LOPEZ GONZALEZ, titular de la cedula de Identidad Nro, V-8.930.073, inpreabogado Nro 27.204, con domicilio procesal en la avenida 03, barrio los aguacates casa 18-85 municipio Turen Estado Portuguesa, teléfono 04265514873, correo elivy@gmail.com. Por medio de la presente nos damos por citados en la presente causa, la cual cursa por ante el TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en este mismo acto Reconozco en Contenido y Firma de documento que nos fuera interpuesto por la ciudadana: GAUDY FELICIA SUAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V- 11.080.140, de estado civil soltera, domiciliada en la ciudad de Turen, del Estado Portuguesa, contentivo de Cesión, mediante el cual le dimos cesión de derecho, perfecta e irrevocable un bien inmueble, constituida por una parcela de terreno y la bienhechuría sobre ella construida, ubicado en Avenida 4, Barrio José Antonio Páez del Municipio Turen Estado Portuguesa, signado con Código Catastral 18-14-01-U00-006-007-005 con un área de terreno de DOSCIENTO SETENTA Y NUEVE CON SETENTA METROS CUADRADOS (279,70 M2), con un área de construcción de CIENTO CINCO CON NOVENTA Y NUEVE (105,99 m2), consistentes de paredes de bloques, piso friso liso, techo de acerolit pintura de caucho y óleo, puertas de hierro, ventana de hierro y vidrios, piso de cemento, instalaciones eléctricas embutidas, instalaciones sanitarias WC, lavamanos, ducha, porcelana, piso y paredes, cuyas medidas y linderos son: Norte: En Diecinueve con noventa y siete metros lineales (19,97 mts). Bienhechurías que son o fueron de Rafael Torrealba.- Sur: En Diecinueve con noventa y siete metros lineales (19,97mts) Callejón Nro. 02.- Este En catorce metros lineales (14) Bienhechurías que son o fueron de Gaudy Suarez, Este: En catorce metros lineales (14 mts) Avenida 4 José Antonio Páez que es su frente. El cual me pertenece según documento de Titulo debidamente registrado por ante el Registro Subalterno de del Municipio Turen, inscrito Bajo el Numero 20 folio 127 del tomo 1 del Protocolo de Transcripción del presente respectivamente, además quedo inscrito bajo el Numero 2014.260, Asiento Registral 2 del inmueble matriculado con el Nro. 409.16.8.1.2280 y correspondiente al libro de folio real del año 2014 INSERTO En Titulo Supletorio de bienhechurías, emanado del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en fecha quince de febrero del año dos mil veintitrés (15-02-2023), Asimismo, estando presente la ciudadana: GAUDY FELICIA SUAREZ, ya identificada, debidamente asistida por la MARIA ALEJANDRA WEBER SUAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V- 25.035.811, domiciliada en la ciudad de Turen, del Estado Portuguesa, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 311.692, por medio del presente acto decidimos celebrar un CONVENIO TRANSACCIONAL…” (… (Negritas de este Tribunal.). El cual corre inserto a los folios (27y 28).
En fecha: 06 de Mayo de 2024, cursa diligencia del alguacil temporal del Tribunal consigna Orden de Comparecencia correspondiente a la demandada: ESTILITA ISIDORA SUAREZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Números: V- 4.611.660, en la siguiente dirección: Avenida 4 Barrio José Antonio Páez, Municipio Turen del Estado Portuguesa. En virtud de que cursa escrito de fecha: 03-05-2024 la cual cursa a los (folios 27 y 28). Donde la parte demandada comparece a darse por citado de forma voluntaria en la presente causa (folio 29 al 32).
En virtud de la manifestación de voluntad realizada por la parte demandada, este Tribunal considera necesario traer a colación los artículos 363 y 444 del Código de Procedimiento Civil establecen:
“Artículo 363. Si el demandado conviniere en todo cuanto se le exija en la demanda, quedará ésta terminada y se procederá como en cosa juzgada, previa la homologación del convenimiento por el Tribunal”.
“Artículo 444. La parte contra quien se produzca en juicio un instrumento privado como emanado de ella o de algún causante suyo, deberá manifestar formalmente si lo reconoce o lo niega, ya en el acto de la contestación de la demanda, si el instrumento se ha producido con el libelo, ya dentro de los cinco días siguientes a aquél en que ha sido producido, cuando lo fuere posteriormente a dicho acto. El silencio de la parte a este respecto, dará por reconocido el instrumento.”
Ahora bien, en virtud de lo anterior, así como las normas antes transcritas este Tribunal IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN, dándole autoridad de cosa juzgada en lo relativo al Reconocimiento del Contenido y Firma del documento privado de Compra venta objeto del presente juicio, que riela al folio 04, suscritos por la ciudadana: GAUDY FELICIA SUAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V- 11.080.140, de estado civil soltera, domiciliada en la ciudad de Turen, del Estado Portuguesa, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARIA ALEJANDRA WEBER SUAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V- 25.035.811, domiciliada en la ciudad de Turen, del Estado Portuguesa, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 311.692, de este domicilio. Se da por TERMINADO el presente juicio, conforme a lo previsto en el artículo 363 del citado Código Adjetivo.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. –
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión a los fines de su registro y archivo en el copiador de sentencia llevado por éste Juzgado. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en Píritu, a los. Nueve (09) días del mes de Mayo del dos mil veinticuatro (2024). Años: 214º de la Independencia y 165º de la federación.-
LA JUEZA
ABG.LEIDIS LAMEDA JIMENEZ
LA SECRETARIA
ABG.FLOREIDIS SEGURA SALCEDO
En el mismo día de hoy: 09-05-2024, siendo la 1:30 p.m. se publicó la presente decisión .conste
Scría
EXPEDIENTE N°1339/2024. RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO.
LLJ/yht.
|