REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DEL CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Biscucuy, Quince (15) de Octubre del 2024
Años; 215º y 164º
Tramitada como ha sido la presente solicitud de Titulo Supletorio interpuesta por la ciudadana Teresa de Jesús Hernández de Azuaje, venezolana, mayor de edad, casada, hábil en derecho, titular de la cedula de identidad N° V- 4.370.680, correo: teresahernandezdeazuaje@gmail.com, debidamente asistida por el Abogado Edgar Montilla Jaramillo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 233.891, donde solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías a que ella se contrae, de las declaraciones contestes rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos Arsenio Antonio Colmenares Colmenares y Amalia del Carmen Bastidas Duran, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 17.048.882 y V- 10.262.556 respectivamente, consta que la solicitante desde hace más de Dieciocho (18) años ha venido poseyendo un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierra (INTI), ubicado en el Sector El Mosquito, parte baja, vía cuchilla alta, parroquia Biscucuy Municipio Sucre estado Portuguesa, con una superficie de Diez Mil Doscientos Veintiséis Metros Cuadrados (10226mts2), cuyos linderos son los siguientes: Norte: Ocupación de Rafael Isidro Rojas, Sur: Varios ocupantes Sector Cuchilla Alta, Este: Varios ocupante sector Cuchilla Alta, Oeste: Sucesión Artigas; ha construido unas bienhechurías consistente en: una casa de habitación familiar, constituida con paredes de bloques, techo de zinc y acerolit, pisos de cemento, puertas y ventanas de hierro, consta de tres (03) dormitorios, una (01) sala, un (01) cocina-comedor, dos (02) corredores y dos (02) baños, con sus respectivas instalaciones eléctricas y sanitarias; además de áreas verdes ; invirtiendo a sus solas y únicas expensa y con dinero de su propio peculio y trabajo personal para su construcción la cantidad de Quinientos Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 550.000,00).
Por cuanto no ha habido oposición el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana Teresa de Jesús Hernández de Azuaje, ya identificada el derecho de propiedad y posición sobre las bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que fue presentado Constancia de Certificación de Medidas y Linderos 16-09-2024, de fecha Dieciséis (16) de Septiembre de 2024, expedido por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Sucre del estado Portuguesa, Carta de Inscripción de Predios, con su respectivo plano, Expedida por la Oficina Regional de Tierras, del estado Portuguesa, para el levantamiento del presente Titulo Supletorio.
Devuélvase las actuaciones en originales con sus resultas.
La Juez Provisorio
Abg. Yaneth García de Parra.
La Secretaria.
Abg. Yasmin Hidalgo Valderrama.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas. Conste.
Solicitud Nº 5473/2024
Abrahanny Sánchez Rivero.
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