Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: XIN YUAN LIANG, nacionalidad República Popular de China, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número E-81.965.612, domiciliado en la población de Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa, debidamente asistido en este acto por el Abogado en ejercicio GONZALO MARINO DIAZ ESCALONA, venezolano, titular de la cédula de identidad número V- 8.082.126, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.957, domiciliado en la ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa; donde pide que las anteriores diligencias se declaren título bastante para asegurar el derecho de propiedad que alega tener sobre las Bienhechurías a que se refiere dicha petición. Y por cuanto de las declaraciones conteste rendidas por los ciudadanos: MARIA VANESSA GUTIERREZ VALDERRAMA, de 34 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Cajera, titular de la Cédula de Identidad N°. V-25.956.030, domiciliada en el Barrio Nuevo Píritu, Calle 02 de Píritu Municipio Esteller, Estado Portuguesa y JESUS ALBERTO SUAREZ, de 34 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la Cédula de Identidad N°. V-23.579.358, domiciliado en el Barrio Brisas de Leña Calle 06 de Píritu Municipio Esteller, Estado Portuguesa; consta que el referido ciudadano, sobre una (1) parcela de terreno propio, en un área total de: SETECIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CON TREINTA Y NUEVE CENTIMETROS (742,39 M2) aproximadamente, ubicado en la Avenida Rómulo Gallegos, Urbanización Lucia Barrios de Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa; comprendido dentro de los siguientes linderos actuales: NORTE: Avenida Rómulo Gallegos, Urbanización Lucia Barrios en: (20,40 Mts); SUR: Solar y Casa de AURELINA JIMÉNEZ,en: (20,30 Mts); ESTE: Solar y Casa de CRESENCIA ULACIO y solar y casa de AURELINA JIMÉNEZ, en: (36,00 Mts); y OESTE: Solar y Casa Sucesión de JUAN TORREZ CHINEA en: (37,12 ML). Dichas bienhechurías fueron fomentadas a expensas propias y con dinero de su propio peculio, consistente de un inmueble, con una edificación de tres (3) plantas, denominada Edificio Liang. CONSTRUIDAS CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: Planta Baja: Área comercial construida con piso de granito, techo de platabanda, paredes de bloque totalmente frisadas, un (1) baño con todas sus instalaciones sanitarias, con puertas de metal y piso de baldosas, área comercial de dos (2) puertas corredizas de metal en su parte de enfrente, planta baja una (1) puerta externa de metal con su respectivo protector de metal, que da acceso a la escalera que da a los pisos superiores e igualmente una puerta interna que da acceso a los pisos superiores desde el interior del área comercial. En la parte posterior o trasera del edificio y en esa planta baja se encuentra un área para deposito, un área para instalación de cavas cuarto, una escalera de acceso al área de depósito ubicada en la parte posterior del primer piso y un tanque subterráneo para almacenamiento de agua, así como un sistema de alcantarillas para desagüe de aguas de lluvia. En esta planta baja se encuentra una escalera de acceso a los pisos superiores, construida con piso de granito, a la cual puede accederse como ya quedo dicho anteriormente, directamente desde el exterior del edificio por una puerta y protector de metal, así como también, desde el área comercial del edificio. Primer Piso: En esta área se encuentra construido un (1) apartamento, edificado con paredes de bloque, techo de platabanda y piso recubierto con baldosas, el cual consta de un área de estar, una amplia cocina provista de todas sus instalaciones, seis (6) habitaciones, dos de ellas con baño interno provisto de todas sus instalaciones sanitarias, dos (2) baños en las áreas de circulación, un balcón que da a la parte de enfrente del edificio, provisto de protectores de metal en su parte externa. En este primer piso se encuentra también en su parte posterior, como ya se había mencionado, un área para depósito con piso de cemento rustico, paredes de bloque y techo de losa cero, a la cual se accede directamente por una escalera ubicada en la parte posterior de la planta baja. Segundo Piso O Azotea: Consta de un área abierta en parte con piso de baldosas y en parte con piso de cemento pulido, techo de acerolit, paredes de bloque frisadas, un cuarto para depósito, un baño con todas sus instalaciones sanitarias, a la cual se accede directamente desde la planta baja por una escalera recubierta de granito, con fachada recubierta con tablillas decorativas en su planta baja y primer piso; con una superficie aproximada de construcción de SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS (687,42 M2); habiendo invertido en dicha construcción la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (BS. 1.200.000,ºº), equivalentes a: CIENTO TREINTA Y TRES MIL TREICIENTOS TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES UNIDADES TRIBUTARIAS con 00/100 Unidades Tributarias (133.333,33 U.T.) al valor de 9,00 cada Unidad Tributaria Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este TRIBUNAL EN NOMBRE DE REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA estas diligencias bastantes para asegurar la posesión o algún derecho del solicitante: XIN YUAN LIANG, nacionalidad República Popular de China, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número E-81.965.612, domiciliado en la población de Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio GONZALO MARINO DIAZ ESCALONA, venezolano, titular de la cédula de identidad número V- 8.082.126, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.957; sobre las bienhechurías determinadas, ubicadas en la Avenida Rómulo Gallegos, Urbanización Lucia Barrios de Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros.
LA JUEZA,
ABG. LEIDIS LAMEDA JIMENEZ.
LA SECRETARIA,
ABG. FLOREIDIS SEGURA SALCEDO.
SOLICITUD Nro. 1.734/2024
LLJ/act.-
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