LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDASDEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓNJUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
DECRETO
Guanare, 26 de Septiembre de 2024
Años: 214° y 165°
Tramitada como ha sido la presente Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana VILMA DEL CARMEN VALLADARES GALLARDO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N°19.957.743, domiciliada en el Municipio Boconoito, estado Portuguesa, asistida en este acto por la Abogada María Milagros Quintero Lorin, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 301.322, en su condición de Defensora Pública Auxiliar Primero en materia Civil, Mercantil y Transito adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Publica, de Guanare Estado Portuguesa. Respectivamente; mediante la cual solicita que se le declare a ella, y a su hermano, ciudadano JESUS DAVID VALLADARES GALLARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº 17.003.964, en su condición de hijos, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante FRANCISCO VALLADARES, quien en vida fuere venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.054.919.
Cumplidos como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, se deja expresa constancia que se omite la publicación de un edicto en un Diario De Circulación Nacional por estar este Tribunal debidamente constituido en jornada de Tribunal Móvil bajo directrices emanadas de las máximas autoridades del Tribunal Supremo de Justicia y de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, por lo que se fijo en esta misma oportunidad para la declaración de los testigos que promovió la parte interesada.
La parte así mismo aporto los siguientes medios probatorios copia Fotostática certificada del acta de defunción signada bajo el Nº 672, Tomo 3, Folio 178, correspondiente al ciudadano Francisco Valladares, quien en vida fuere venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.054.919 expedida por la Oficina del Registro Civil del Municipio Guanare estado Portuguesa, Copia fotostáticas certificadas de las actas de nacimiento signadas con los números 23 y 241, expedidas por el Registro Civil del Municipio San Genaro de Boconoito correspondiente a los ciudadanos Vilma Del Carmen Valladares Gallardo y Jesús David Valladares Gallardo respectivamente, copia fotostática simple de las cédulas de identidad correspondiente a los ciudadanos Francisco Valladares, Jesús David Valladares Gallardo y Vilma Del Carmen Valladares Gallardo.
En su oportunidad comparecieron por ante éste Tribunal los ciudadanos: Mirtha Franyely Quintero Perez y Sonia Margarita Molina Jaramillo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 29.967.731 y 10.056.937; testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la solicitud los cuales fueron concatenados con los medios probatorios aportados por la parte solicitante
En consecuencia por cuanto no ha habido oposición éste Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: VILMA DEL CARMEN VALLADARES GALLARDO y JESUS DAVID VALLADARES GALLARDO , plenamente identificados, en su condición de hijos, la cualidad de Únicos y Universales Herederos del causante FRANCISCO VALLADARES, vocación hereditaria que le deviene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el artículo 822 del Código Civil, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez Suplente,
Abg. Fernando Jose Rojas Rivas.
La Secretaria,
Abg. Beatriz Mendoza.
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