LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Guanare, 04 de Agosto de 2025
Años: 215º y 166º
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por la ciudadana: TATIANA CAROLINA HERNANDEZ GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.400.795, de este domicilio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio: Carmen A. Gomez D., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 25.016.423, inscrita en el Inpreabogado bajo Nº 297.107, mediante la cual solicita se le declare a ella y al ciudadano: OMAR ENRIQUE HERNANDEZ GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 20.544.703, en su condición de hijos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante VICTORIA MERCEDES GUTIERREZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº4.239.808, quien falleció (ab-intestato), el día Dieciséis (16) de Septiembre del año dos mil veinticuatro (2.024).Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos al requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.
Consta en actas procesales, Copia fotostática certificada del Acta de Defunción signada con el N° 776, folio 033, Tomo 4, de fecha 16 de Septiembre de 2024, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral del Consejo Nacional Electoral del Municipio Guanare del estado Portuguesa, correspondiente a la causante: VICTORIA MERCEDES GUTIERREZ. Copia Certificada del Acta de Nacimiento, emanada por el Registro Civil del Municipio Guanare, estado Portuguesa, signada bajo el N° 1060, folio 87, Tomo 4, del año 1983, correspondiente a la Ciudadana: TATIANA CAROLINA HERNANDEZ GUTIERREZ. Copia Certificada del Acta de Nacimiento, emanada por el Registro Civil del Municipio Guanare, estado Portuguesa, signada bajo el N° 561, folio 58, Tomo 3, del año 1992, correspondiente al Ciudadano: OMAR ENRIQUE HERNANDEZ GUTIERREZ.Copia de la Cedula de identidad de la causante: VICTORIA MERCEDES GUTIERREZ. Copia de la Cedula de identidad delaCiudadana: FREDDY TATIANA CAROLINA HERNANDEZ GUTIERREZ.Copia de la Cedula de identidad del Ciudadano: OMAR ENRIQUE HERNANDEZ GUTIERREZ.
En su oportunidad comparecieron por ante este Tribunal las ciudadanos: NANCY MAGALY RAMIREZ ALTUVE, JESUS SALVADOR RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y JOSE GUILLERMO FRANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°9.228.264, 17.111.160 y 8.052.597, respectivamente, en ese mismo orden, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.
Y por cuanto no ha habido Oposición, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos:TATIANA CAROLINA HERNANDEZ GUTIERREZ y OMAR ENRIQUE HERNANDEZ GUTIERREZ, respectivamente, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Causante: VICTORIA MERCEDES GUTIERREZ, plenamente identificada, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el Artículo 822 del Código Civil, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las copias fotostáticas certificadas solicitadas, las mismas se acuerdan en conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez Provisorio,
Abg. Jorge Eléazar Quintero Valderrama.
El Secretario,
Abg. Manuel Enrique Arabia Manzanilla.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.- Conste.-
Solicitud N° 5.520-25
Francesco Felice.-
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