TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDASDEL MUNICIPIO SAN GENARO DE BOCONOITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓNJUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
DECRETO
Boconoito, 08 de Agosto de 2025
Años: 215° y 166°
Tramitada como ha sido la presente Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano: ALFREDO ANTONIO QUIÑONES DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.409.414, domiciliado en el Sector las Rurales del municipio San Genaro de Boconoito estado Portuguesa, debidamente asistido en este acto por la Abogada ANA SALAS, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 233.888, en su condición de Defensora Pública Provisoria en materia Civil, Mercantil y Transito adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Publica, de Guanare Estado Portuguesa, donde solicita que se le declare a él en su condición de hijo, la cualidad de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del causante AVELINO QUIÑONES RODRIGUEZ , quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 921.829.
Cumplidos como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, asimismo se suprime la publicación del correspondiente edicto por cuanto el Tribunal se encuentra constituido en Jornada de Tribunal Móvil siguiendo instrucciones de las máximas autoridades del Tribunal Supremo de Justicia y en acatamiento a lo emanado en nuestra carta Magna.
La parte así mismo aporto los siguientes medios probatorio: Copias fotostática certificada de la acta de defunción signada bajo el Nº 08, Folio Nº 06 correspondiente al ciudadano Avelino Quiñones Rodríguez, quien en vida fuere venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.21829 expedida por la Prefectura del Municipio San Genaro de Boconoito Estado Portuguesa.
Copia Fotostáticas de Acta de nacimiento correspondiente al ciudadano; Alfredo Antonio Quiñones Díaz, emitida por el Registro Civil de la Parroquia de Boconoito Municipio San Genaro del Estado Portuguesa Acta Nº 86, Folio 55.
Copias fotostáticas simples de las cédulas de identidad correspondiente al ciudadano Alfredo Antonio Quiñones Díaz.
En esta oportunidad comparecieron por ante éste Tribunal los ciudadanos: AMILCAR JOSE LARA ZAMBRANO y ABELEIDA DEL CARMEN TOVAR TOVAR. venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.18.088.868 y 24.506.784; domiciliado el primero en Barrio Lindo, Calle 2 diagonal al Motor de agua, Boconoito Estado Portuguesa y la segunda; en el Barrio los Pinos de Boconoito Estado Portuguesa. Testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la solicitud los cuales fueron concatenados con los medios probatorios aportados por la parte solicitante.
En consecuencia por cuanto no ha habido oposición éste Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Jornada de Tribunal Móvil administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle al ciudadano ALFREDO ANTONIO QUIÑONES DIAZ plenamente identificado, en su condición de hijo, la cualidad de Únicos y Universales Herederos del causante. Avelino Quiñones Rodríguez Vocación hereditaria que le deviene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el artículo 822 del Código Civil, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez Provisorio,
Abg. Fernando José Rojas Rivas.
La Secretaria,
Abg. Yorbelys González.
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