LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA



Guanare, 24 de Enero de 2025
Años 214° y 165°


Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana: TIBISAY DEL CARMEN MENDOZA RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°10.722.783, de este domicilio,debidamente asistida por la Abogado Ana Yelitza Salas, Defensora Publico Provisorio Primero con competencia en Civil, Mercantil y Transito de Guanare Estado Portuguesa, según designación mediante Resolución N°DDPG-2022-652 de fecha 25-04-2022, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 233.888, mediante la cual solicita se le declare a ella y a los ciudadanos: LUISA AURORA RIVAS, DELFINA DEL CARMEN RIVAS, FRANCISCO COROMOTO MENDOZA RIVAS, LIGIA GREGORIA MENDOZA RIVAS, ESTILITA MENDOZA RIVAS, JAIME MENDOZA RIVAS, SANTOS TOVIAS MENDOZA RIVAS y MERY MARLENI MENDOZA RIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros4.239.115, 4.238.250, 4.239.732, 4.239.708, 5.131.636, 8.066.221, 9.400.322 y 10.050.462, en sus condiciones de hijos; como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante AURORA RIVAS, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº2.722.486, quien falleció (ab-intestato), el día dieciséis (16) de Junio del año dos mil veinticuatro (2.024). Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos al requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.
Consta en autos Copia fotostática Certificada del acta de Defunción emitida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Guanare, Estado Portuguesa, correspondiente ala causante: Aurora Rivas, Signada con el Nº 534, folio 038, Tomo 3del año 2024. Copia fotostática de la Cedula de identidad de la ciudadana: Aurora Rivas. Copia fotostática de la Cedula de identidad de la ciudadana: Tibisay del Carmen Mendoza Rivas. Copia fotostática de la Cedula de identidad de la ciudadana: Luisa Aurora Rivas. Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Civil del municipio Guanare del Estado Portuguesa, correspondiente, a la ciudadana:Tibisay del Carmen Mendoza Rivas,Signada con el Nº 1711, folio 292, tomo 5, del año 1971.Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Civil del municipio Guanare del Estado Portuguesa, correspondiente, a la ciudadana:Luisa Aurora Rivas,Signada con el Nº 1145, folio 177, tomo 3, del año 2004.Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Civil del municipio Guanare del Estado Portuguesa, correspondiente, a la ciudadana:Delfina del Carmen Rivas,Signada con el Nº 260, folio 166, tomo 1, del año 1949.Copia fotostática de la Cedula de identidad de la ciudadana: Delfina del Carmen Rivas.Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Principal del Estado Portuguesa, correspondiente, al ciudadano:Francisco Coromoto Mendoza Rivas,de Fecha 28 de Enero del año 1955.Copia fotostática de la Cedula de identidad del ciudadano:Francisco Coromoto Mendoza Rivas.Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Principal del Estado Portuguesa, correspondiente, a la ciudadana:Ligia Gregoria Mendoza Rivas,Signada con el Nº 109, folio 51, tomo 2, del año 1957.Copia fotostática de la Cedula de identidad de la ciudadana: Ligia Gregoria Mendoza Rivas. Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Principal del Estado Portuguesa, correspondiente, a la ciudadana:Estilita Mendoza Rivas,Signada con el Nº 726, folio 392, tomo 2, del año 1959.Copia fotostática de la Cedula de identidad de la ciudadana: Estilita Mendoza Rivas. Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Civil del municipio Guanare del Estado Portuguesa, correspondiente, al ciudadano:Jaime Mendoza Rivas,Signada con el Nº 1985, folio 161, tomo 5, del año 1962.Copia fotostática de la Cedula de identidad del ciudadano: Jaime Mendoza Rivas.Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Civil del municipio Guanare del Estado Portuguesa, correspondiente, al ciudadano:Santos Tovias Mendoza Rivas,Signada con el Nº 549, folio 425, tomo 1, del año 1966.Copia fotostática de la Cedula de identidad del ciudadano:Santos Tovias Mendoza Rivas.Copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, emitida por el Registro Civil del municipio Guanare del Estado Portuguesa, correspondiente, a la ciudadana: Mery Marleni Mendoza Rivas,Signada con el Nº 1409, folio 41, tomo 3, del año 1968.Copia fotostática de la Cedula de identidad de la ciudadana: Mery Marleni Mendoza Rivas.
En su oportunidad comparecieron los ciudadanos: JOSE GREGORIO MACHADO GUTIERREZ y RAFAEL DAVID MEJIAS, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 9.258.966 y 5.943.966, respectivamente, en ese mismo orden, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.
Y por cuanto no ha habido Oposición, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: TIBISAY DEL CARMEN MENDOZA RIVAS, LUISA AURORA RIVAS, DELFINA DEL CARMEN RIVAS, FRANCISCO COROMOTO MENDOZA RIVAS, LIGIA GREGORIA MENDOZA RIVAS, ESTILITA MENDOZA RIVAS, JAIME MENDOZA RIVAS, SANTOS TOVIAS MENDOZA RIVAS y MERY MARLENI MENDOZA RIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros10.722.783, 4.239.115, 4.238.250, 4.239.732, 4.239.708, 5.131.636, 8.066.221, 9.400.322 y 10.050.462, respectivamente, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Causante: AURORA RIVAS, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el Artículo 822 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las copias certificadas solicitadas, se acuerdan en conformidad. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez Provisorio,


Abg. Jorge Eléazar Quintero Valderrama.

El Secretario,

Abg. Manuel Enrique Arabia Manzanilla.

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.- Conste.-

Solicitud N° 5.390-24
Francesco Felice.-