REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-
Acarigua, Diecinueve (19) de Marzo del Dos Mil Veinticinco (2.025).
214° y 165°
Recibida en el Tribunal Móvil, en fecha 21 de Febrero de 2025, como ha sido, la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, y que por distribución de la misma fecha correspondió a este Tribunal, formulada por la ciudadana: YADIRA AYMARA BARRIOS DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nº V-10.921.961, domiciliada en la Urb. Villas del Pilar, Calle 13, casa Nº 276, Municipio Araure del Estado Portuguesa, actuando en representación propia y de sus hijos los ciudadanos: GUSTAVO VICENTE SANCHEZ BARRIOS, KATHERINE DE JESUS SANCHEZ BARRIOS, YADIRA BEATRIZ SANCHEZ BARRIOS Y EVELIN GUSMAIRA SANCHEZ BARRIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-30.208.130, Nº V-32.789.411, V-25.275.805, V-25.534.330, debidamente asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio: YANIS ARUJO, titular de la cedula de identidad Nº V-15.693.131 inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 149.116, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Publica, este Tribunal le da la entrada en el libro de solicitudes bajo el Nº 1951-2025, quien solicita se les nombre como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.744.911, de profesión Abogado, en vida residía Urb. Villas del pilar, Calle 13, Municipio Araure del Estado Portuguesa, falleció Ab-Instetato, en fecha 21/12/2024 a consecuencia de INFECCION RESPIRATORIA AGUDA, NEUMONIA BILATERAL, CANCER CEREBRAL METASTASICO; Acta de Defunción Nro° 1543, Folio 054, certificado médico de Defunción N° 4579239, expedido el Dr. TIBISAY MONASTERIOS, de cedula de identidad Nº V-6.493.443, según MSDS N° 44274.
el solicitante anexo a la presente solicitud:
Copias Certificada de Acta de Defunción N° 1543, del De Cujus GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA, Acta de matrimonio Nº 164 de los ciudadanos YADIRA AYMARA BARRIOS DE SANCHEZ y del De Cuyus, Acta de Nacimiento Nº 471, perteneciente a la ciudadana EVELIN GUSMAIRA, Acta de Nacimiento Nº 1401, perteneciente a la ciudadana YADIRA BEATRIZ, Acta de Nacimiento Nº 1525, perteneciente a la ciudadana, KATHERINE DE JESUS, Acta de Nacimiento Nº 1791, perteneciente al ciudadano, GUSTAVO VICENTE.
Cumplidos como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento, conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Cartel, para la comparecencia de alguna persona o personas interesadas en este procedimiento.
En fecha 26 de Febrero de 2025, se admite y se fijó la declaración de los testigos para el viernes 07 de Marzo de 2025, a las 10: 00am y 10:30 am. (Folio 11).
En fecha 07 de Marzo de 2025, día y hora para la declaración de las testigos, comparecen las ciudadanas MARGOT PAREDES PAREDES y ANGIE PAOLA LOYO MONTILLA. (Folios 12 al 15).
En fecha 12 de Marzo de 2025, se dicto auto pasando a dictar decreto de Únicos Universales herederos. (Folio 16).
ANALISIS PROBATORIO.
En este sentido, observa esta juzgadora, que la ciudadana: YADIRA AYMARA BARRIOS DE SANCHEZ, antes identificada, acompaño como medios de pruebas los siguientes documentos:
1.- Copia fotostática certificada del Acta de Defunción N° 1543, expedida en fecha 24 de Enero del año 2025, emanada de Registro Civil del Municipio Araure Estado Portuguesa, que al tratarse de un documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, y demuestra a esta juzgadora, que pertenece al Cujus GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA y que falleció como consecuencia de INFECCION RESPIRATORIA AGUDA, NEUMONIA BILATERAL, CANCER CEREBRAL METASTASICO, certificado médico de Defunción N° 4579239, expedido el Dr. TIBISAY MONASTERIOS, de cedula de identidad Nº V-6.493.443, según MSDS N° 44274. ASI SE DECLARA.
2.- Acta de Matrimonio Nº 164, de fecha 06 de Octubre del año 1.993, emanada por la Prefectura del Departamento Atures, Estado Amazonas, que al tratarse de un documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, y demuestra a esta juzgadora, que pertenece a los ciudadanos GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA y YADIRA AYMARA BARRIOS DE SANCHEZ, que son de estado civil casados. Así se decide
3.- Copia fotostática Certificación del Acta de Nacimiento Nº 471, expedida en fecha 03 de Diciembre del año 2018, emanada del Registro Civil del Municipio Atures Estado Amazonas, que al tratarse de una copia certificada de documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, y demuestra a esta juzgadora, que pertenece a la ciudadana EVELIN GUSMAIRA SANCHEZ BARRIOS y que es hija del De cuyus GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA. Así se decide.
4.- Copia fotostática Certificación del Acta de Nacimiento Nº 1401, expedida en fecha 22 de Febrero del año 2018, emanada del Registro Civil del Municipio Atures Estado Amazonas, que al tratarse de una copia certificada de documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, y demuestra a esta juzgadora, que pertenece a la ciudadana YADIRA BEATRIZ SANCHEZ BARRIOS y que es hija del De cuyus GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA. Así se decide.
5.- Copia fotostática Certificación del Acta de Nacimiento Nº 1525, expedida en fecha 22 de Mayo del año 2018, emanada del Registro Civil del Municipio Araure Estado Portuguesa, que al tratarse de una copia certificada de documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, y demuestra a esta juzgadora, que pertenece a la ciudadana KATHERINE DE JESUS SANCHEZ BARRIOS y que es hija del De cuyus GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA. Así se decide.
6.- Copia fotostática Certificación del Acta de Nacimiento Nº 1791, de año 2001, emanada del Registro Civil del Municipio San Carlos, Estado Cojedes, que al tratarse de una copia certificada de documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, y demuestra a esta juzgadora, que pertenece al ciudadano GUSTAVO VICENTE SANCHEZ BARRIOS y que es hijo del De cuyus GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA. Así se decide.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR.
En su oportunidad comparecieron por ante este despacho los ciudadanos: MARGOT PAREDES PAREDES venezolana, mayor de edad, titular de la cedula N° V-10.107.705 y ANGIE PAOLA LOYO MONTILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula N° V-24.020.291, respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, quienes fueron contestes y sin contradicción en sus dichos.
La primera testigo: MARGOT PAREDES PAREDES, antes identificada, una vez juramentada e impuesta como fue de su comparecencia y las disposiciones de Ley, manifestó: A “Viva Voz”, no tener ningún impedimento legal para declarar y en consecuencia se inicia la declaración: A LA PRIMERA PREGUNTA: Contesto: Si los conozco desde hace mucho tiempo de vista, trato y comunicación a los ciudadanos YADIRA AYMARA BARRIOS DE SANCHEZ, GUSTAVO VICENTE SANCHEZ BARRIOS, KATHERINE DE JESUS SANCHEZ BARRIOS, YADIRA BEATRIZ SANCHEZ BARRIOS Y EVELIN GUSMAIRA SANCHEZ BARRIOS e igualmente conocí al de cujus GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA. A LA SEGUNDA PREGUNTA: Contesto: Si se y me consta que el cujus GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA, falleció ab-intestato, en fecha veintiuno (21) de Diciembre del año Mil Veinticuatro (2024), A LA TERCERA PREGUNTA: Contesto: si se y me consta que el de cujus GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA, no dejo algún otro heredero. A LA CUARTA PREGUNTA: Contesto: Si se y me consta que los ciudadanos anteriormente identificados son los Únicos Universales y Herederos del de cujus GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA. A LA QUINTA PREGUNTA: Si doy razón de todo lo dicho.
La segunda testigo: ANGIE PAOLA LOYO MONTILLA, antes identificada, una vez juramentada e impuesta como fue su comparecencia y las disposiciones de Ley, a LA PRIMERA PREGUNTA: Contesto: Si los conozco desde hace mucho tiempo de vista, trato y comunicación a los ciudadanos YADIRA AYMARA BARRIOS DE SANCHEZ, GUSTAVO VICENTE SANCHEZ BARRIOS, KATHERINE DE JESUS SANCHEZ BARRIOS, YADIRA BEATRIZ SANCHEZ BARRIOS Y EVELIN GUSMAIRA SANCHEZ BARRIOS e igualmente conocí al de cujus GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA. A LA SEGUNDA PREGUNTA: Contesto: Si se y me consta que el cujus GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA, falleció ab-intestato, en fecha veintiuno (21) de Diciembre del año Mil Veinticuatro (2024), A LA TERCERA PREGUNTA: Contesto: si se y me consta que el de cujus GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA, no dejo algún otro heredero. A LA CUARTA PREGUNTA: Contesto: Si se y me consta que los ciudadanos anteriormente identificados son los Únicos Universales y Herederos del de cujus GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA. A LA QUINTA PREGUNTA: Si doy razón de todo lo dicho
DISPOSITIVA.
Por cuanto no hubo oposición este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en los artículos 822 del Código Civil y lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los ciudadanos: YADIRA AYMARA BARRIOS DE SANCHEZ, GUSTAVO VICENTE SANCHEZ BARRIOS, KATHERINE DE JESUS SANCHEZ BARRIOS, YADIRA BEATRIZ SANCHEZ BARRIOS Y EVELIN GUSMAIRA SANCHEZ BARRIOS como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ GARCIA, antes identificados en autos.
Expídase por Secretaria las copias certificadas a que haya lugar. En Acarigua a los Diecinueve (19 ) Días del mes de Marzo del Dos Mil Veinticinco (2.025).
La Juez Provisorio,
Abg. TAMARI COROMOTO GUTIERREZ OCANDO.
La Secretaria,
Abg. CAROLINA LINAREZ.
Seguidamente, se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesada, Siendo las 09: 00 a . m.
Conste.
Tribunal Movil
Solicitud. N° 1951-2.025.
TCGO/cl
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