LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Guanare, 21 de Mayo de 2025
Años: 215º y 166º
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por el ciudadano: CELECIO ZAMBRANO CHINCHILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°9.400.550, asistido por el Abogado en ejercicio:Luis Alberto Hernández, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.878, de este domicilio, mediante el cual solicita se le declare a él y a los ciudadanos: JOSE ENCARNACION ZAMBRANO CHINCHILLA, MARIA CRISTINA ZAMBRANO CHINCHILLA, LUCAS ZAMBRANO CHINCHILLA, MODESTO ZAMBRANO CHINCHILLA, RAMON GREGORIO ZAMBRANO CHINCHILLA y RAFAEL OCTAVIO ZAMBRANO CHINCHILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nº 4.244.107, 8.050.304, 8.065.485, 8.069.434, 11.400.696 y 11.396.704, respectivamente, en su condición de hijos; como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los causantes JOSE ROMULO ZAMBRANO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°290.220, quien falleció (ab-intestato), el día Veintisiete (27) de Abril del año dos mil veinticuatro (2.024), y MARIA MARCELINA CHINCHILLA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°8.059.599, quien falleció (ab-intestato), el día Once (11) de Mayo del año Dos Mil Quince (2.015). Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos al requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.
Copia Certificada del Acta de Defunción signada con el N° 392, folio 146, Tomo 2, de fecha 29 de Abril de 2024, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral del Consejo Nacional Electoral del Municipio Guanare del estado Portuguesa, correspondiente al causante: JOSE ROMULO ZAMBRANO. Copia Certificada del Acta de Defunción signada con el N° 499, folio 250, Tomo 2, de fecha 29 de Abril de 2024, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral del Consejo Nacional Electoral del Municipio Guanare del estado Portuguesa, correspondiente a la causante: MARIA MARCELINA CHINCHILLA. Consta en autos, Copia de la Cedula de identidad de la causante: MARIA MARCELINA CHINCHILLA. Copia Certificada del Acta de Nacimiento, emanada por el Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, signada bajo el N° 545, folio 545, tomo 3 del año 2009, correspondiente al Ciudadano: JOSE ENCARNACION ZAMBRANO CHINCHILLA. Copia Certificada del Acta de Nacimiento, emanada por el Registro Civil del Municipio Bocono del estado Trujillo, signada bajo el N° 190 del año 1958, correspondiente a la Ciudadana: MARIA CRISTINA ZAMBRANO CHINCHILLA. Copia Certificada del Acta de Nacimiento, emanada por el Registro Civil del Municipio Bocono del estado Trujillo, signada bajo el N° 135 del año 1959, correspondiente al Ciudadano: LUCAS ZAMBRANO CHINCHILLA. Copia Certificada del Acta de Nacimiento, emanada por el Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, signada bajo el N° 1126, folio 340, tomo 2 del año 1962, correspondiente al Ciudadano: MODESTO ZAMBRANO CHINCHILLA. Copia Certificada del Acta de Nacimiento, emanada por el Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, signada bajo el N° 1250, folio 423, tomo 2 del año 1968, correspondiente al Ciudadano: RAFAEL OCTAVIO ZAMBRANO CHINCHILLA. Copia Certificada del Acta de Nacimiento, emanada por el Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, signada bajo el N° 663, folio 454, tomo 1 del año 1964, correspondiente al Ciudadano: CELECIO ZAMBRANO CHINCHILLA. Copia Certificada del Acta de Nacimiento, emanada por la Prefectura Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, signada bajo el N° 65 del año 1970, correspondiente al Ciudadano: RAMON GREGORIO ZAMBRANO CHINCHILLA. Copia fotostatica Mecanografiada del Acta de Matrimonio, emanada por el Registro Civil del municipio El Carmen, Distrito Bocono, estado Trujillo, signada con el N°13 del año 1954, correspondiente a los ciudadanos: JOSE ROMULO ZAMBRANO y MARIA MARCELINA CHINCHILLA. Copia de la Cedula de identidad del Ciudadano: JOSE ENCARNACION ZAMBRANO CHINCHILLA. Copia de la Cedula de identidad de la Ciudadana: MARIA CRISTINA ZAMBRANO CHINCHILLA. Copia de la Cedula de identidad del Ciudadano: LUCAS ZAMBRANO CHINCHILLA. Copia de la Cedula de identidad del Ciudadano: MODESTO ZAMBRANO CHINCHILLA. Copia de la Cedula de identidad del Ciudadano: RAFAEL OCTAVIO ZAMBRANO CHINCHILLA. Copia de la Cedula de identidad del Ciudadano: RAMON GREGORIA ZAMBRANO CHINCHILLA. Copia de la Cedula de identidad del Ciudadano: CELECIO ZAMBRANO CHINCHILLA.
En su oportunidad comparecieron por ante este Tribunal las ciudadanos: GONZALEZ PEREZ KENNY y CHARRY VILLADA RAUL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°10.053.388 y 24.687.400, respectivamente, en ese mismo orden, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.
Y por cuanto no ha habido Oposición, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: CELECIO ZAMBRANO CHINCHILLA, JOSE ENCARNACION ZAMBRANO CHINCHILLA, MARIA CRISTINA ZAMBRANO CHINCHILLA, LUCAS ZAMBRANO CHINCHILLA, MODESTO ZAMBRANO CHINCHILLA, RAMON GREGORIO ZAMBRANO CHINCHILLA y RAFAEL OCTAVIO ZAMBRANO CHINCHILLA, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los Causantes: JOSE ROMULO ZAMBRANO y MARIA MARCELINA CHINCHILLA, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el Artículo 822 del Código Civil, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las copias certificadas solicitadas, se acuerdan en conformidad. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez Provisorio,
Abg. Jorge Eléazar Quintero Valderrama.
El Secretario,
Abg. Manuel Enrique Arabia Manzanilla.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.- Conste.-
Solicitud N° 5.462-25
Francesco Felice.-
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