LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Guanare, 03 de Octubrede 2025
Años: 215º y 166º
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por la ciudadana: ROMELIA MONTILLA CHINCHILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°7.143.527, de este domicilio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio: Rosalía Montilla Chinchilla, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº14.996.383, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº.228.107, mediante la cual solicita se le declare a ella y a los ciudadanos: ROSMARY JOSEFINA COLMENARES MONTILLA, RUSMELBI DEL CARMEN COLMENARES MONTILLA, IVAN JOSE COLMENARES MONTILLA, MARIA ROSARIO COLMENARES MONTILLA, ROSA ELENA COLMENARES MONTILLA y LUIS ALEJANDRO COLMENARES MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.19.533.080, 19.957.527, 19.957.744, 24.506.799, 24.506.798, 26.992.133, en su condición de cónyuge e hijos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSE VICENTE COLMENARES GODOY, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº10.056.343, quien falleció (ab-intestato), el día Nueve (09) de Septiembre del año dos mil veintitrés (2.023). Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos al requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.
Copia de la Cedula de identidad del causante: JOSE VICENTE COLMENARES GODOY. Copia Certificada del Acta de Defunción signada con el N°798, folio 63, Tomo 4, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral del Consejo Nacional Electoral del Municipio Guanare del estado Portuguesa, correspondiente al causante: JOSE VICENTE COLMENARES GODOY. Copia Certificada del Acta de Nacimiento, emanada por el Registro Civil del Municipio San Genaro de Boconoito del estado Portuguesa, signada bajo el N° 296, folio 4 del año 1997, correspondiente ala Ciudadana: ROSMARY JOSEFINA COLMENARES MONTILLA. Copia Certificada del Acta de Nacimiento, emanada por el Registro Civil del Municipio San Genaro de Boconoito del estado Portuguesa, signada bajo el N° 57, folio 107 del año 1989, correspondiente a la Ciudadana: RUSMELBI DEL CARMEN COLMENARES MONTILLA.Copia Certificada del Acta de Nacimiento, emanada por el Registro Civil del Municipio San Genaro de Boconoito del estado Portuguesa, signada bajo el N° 130, folio 88 del año 1990, correspondiente al Ciudadano: IVAN JOSE COLMENARES MONTILLA. Copia Certificada del Acta de Nacimiento, emanada por el Registro Civil del Municipio San Genaro de Boconoito del estado Portuguesa, signada bajo el N° 132, folio 97 del año 1992, correspondiente a la Ciudadana: MARIA ROSARIO COLMENARES MONTILLA.
Copia Certificada del Acta de Nacimiento, emanada por el Registro Civil del Municipio San Genaro de Boconoito del estado Portuguesa, signada bajo el N° 40, folio 30 del año 1994, correspondiente a la Ciudadana: ROSA ELENA COLMENARES MONTILLA.Copia Certificada del Acta de Nacimiento, emanada por el Registro Civil del Municipio San Genaro de Boconoito del estado Portuguesa, signada bajo el N° 221, folio 152 del año 1998, correspondiente al Ciudadano:LUIS ALEJANDRO COLMENARES MONTILLA. Documento Original del Acta de Matrimonio, emanada por el Registro Civil del municipio Guanare, estado Portuguesa, signada bajo el N°18, Folio 30 del año 1986, correspondiente a los ciudadanos: ROMELIA MONTILLA CHINCHILLA y JOSE VICENTE COLMENARES GODOY. Copia de la Cedula de identidad de la Ciudadana: ROSMARY JOSEFINA COLMENARES MONTILLA. Copia de la Cedula de identidad de la Ciudadana: RUSMELBI DEL CARMEN COLMENARES MONTILLA. Copia de la Cedula de identidad del Ciudadano: IVAN JOSE COLMENARES MONTILLA. Copia de la Cedula de identidad de la Ciudadana: MARIA ROSARIO COLMENARES MONTILLA. Copia de la Cedula de identidad de la Ciudadana: ROSA ELENA COLMENARES MONTILLA. Copia de la Cedula de identidad del Ciudadano: LUIS ALEJANDRO COLMENARES MONTILLA. Copia de la Cedula de identidad de la Ciudadana: ROMELIA MONTILLA CHINCHILLA.
En su oportunidad comparecieron por ante este Tribunal las ciudadanos: DEYBY RAFAEL ALVARADO GALLARDO e ISRAEL ANTONIO HIDALGO GRATEROL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°19.814.909 y 13.740.570, respectivamente, en ese mismo orden, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.
Y por cuanto no ha habido Oposición, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: ROSMARY JOSEFINA COLMENARES MONTILLA, RUSMELBI DEL CARMEN COLMENARES MONTILLA, IVAN JOSE COLMENARES MONTILLA, MARIA ROSARIO COLMENARES MONTILLA, ROSA ELENA COLMENARES MONTILLA, LUIS ALEJANDRO COLMENARES MONTILLA y ROMELIA MONTILLA CHINCHILLA, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante: JOSE VICENTE COLMENARES GODOY, anteriormente identificado, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con los Artículos 822 y 823 del Código Civil, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las copias certificadas solicitadas, se acuerdan en conformidad. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez Provisorio,
Abg. Esp. Jorge Eléazar Quintero Valderrama.
El Secretario,
Abg. Esp. Manuel Enrique Arabia Manzanilla.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.- Conste.-
Solicitud N° 5.522-25
Francesco Felice.-
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