República Bolivariana de Venezuela
En Su Nombre

Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa

Guanare, 13 de octubre de 2025
215º y 166º

SOLICITUD: Nº 1840-2025.-


SOLICITANTE: Aura Cecilia Maldonado Fuentes, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.728.169, y de este domicilio.

ABOG. ASISTENTE: Yuleidy Del Valle Guevara Silva, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.995.347, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo el Nº 324.730.

MOTIVO: Declaración de Únicos y Universales Herederos.-

DECRETO. -

Vista la anterior Solicitud de Únicos y Universales Herederos, junto con los recaudos acompañados en ella, recibida el día 06/08/2025, de distribución realizada en la misma fecha por el Tribunal Cuarto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, correspondiéndole a este Tribunal, la presente solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, formulada por la ciudadana Aura Cecilia Maldonado Fuentes, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.728.169, y de este domicilio, asistida por la Abogada Yuleidy Del Valle Guevara Silva, titular de la cédula de identidad Nº V-14.995.347, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo el Nº 324.730, mediante la cual solicita se le declare a ella conjuntamente con sus hermanos: María De Jesús Maldonado de Chávez, Ruth Elena Maldonado de Delgado, Leonardo Enrique Maldonado Fuentes, Carmen Teresa Maldonado de Fossi (Pre-Muerta), Félix Jerónimo Maldonado Fuentes (Pre-Muerto), Bertha René Maldonado Fuentes (Pre-Muerta); y a los ciudadanos Charles Alexis Fossi Maldonado, Juan Carlos Fossi Maldonado, Hender Gustavo Fossi Maldonado, Karin Teresa Fossi Maldonado, Jachson Antonio Fossi Maldonado, Julio Antonio Maldonado Montaña, Yessica Andreina Maldonado Montaña, Estefanía Asunción Maldonado Montaña, Carmen Teresa Maldonado Maldonado, Edwin Javier Maldonado quienes son hijos de los ( Pre-Muertos), siendo así ocupan el grado y estado de los hoy premuertos, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.728.168, V-10.728.877, V-12.895.815, V-10.173.602, V-14.204.614, V-10.728.648, V-12.632.421, V- 12.632.422, V- 12.814.150, V- 15.502.307, V-17.208.094, V- 19.533.304, V-19.957.117, V- 25.159.293, V-21.161.280 y V-14.864.614, como Únicos y Universales Herederos del De Cujus Hermes Ricardo Maldonado Fuentes, quien en vida era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.402.737, fallecido ab-intestato el día 14 de marzo del año 2025, en sus caracteres de hermanos y sobrinos del De Cujus, según se evidencia del escrito de la Solicitud, de las copias fotostáticas certificadas de las Actas de Defunción Nros. 225, 206, 612, 169, 1316 y 96, de las Actas de Nacimientos Nros. 62, 1049, 99 y 1904 en el mismo orden, asignándole el Nro. 1840-2025 (folios 01 al 19).

En fecha 11/08/2025, se le dio entrada y se instó a la solicitante a incluir a los ciudadanos Félix Jerónimo Maldonado Fuentes, Carmen Teresa Maldonado y Bertha René Maldonado en el libelo de la presente solicitud, asimismo, consignar Actas de Nacimientos, y/o Actas de Defunción en caso de estar fallecidos (folio 20).

En fecha 14/08/2025, mediante diligencia suscrita por la Abogada Yuleidi Del Valle Guevara Silva, en su carácter acreditado en autos, subsanó lo peticionado por este Tribunal por auto de fecha 11/08/2025 (folios 21 al 42).

Mediante auto de fecha 18/09/2025, este Tribunal consideró subsanado lo requerido por auto de fecha 11/08/2025, se admitió la presente solicitud y se ordenó librar Cartel de Citación (folios 43 y 44 fte. y vto).

En fecha 19/09/2025, el suscrito Secretario Accidental de este Tribunal, hizo constar la entrega del Cartel de Citación a la ciudadana Abg. Yuleidy Del Valle Guevara Silva, ya identificada en autos, a los fines de su publicación (folio 45).
En fecha 23/09/2025, mediante diligencia suscrita por la Abogada Yuleidy Del Valle Guevara Silva, plenamente identificada en autos, consignó publicación del Cartel de Citación (folios 46 al 49).
Mediante auto de fecha 08/10/2025, el Tribunal fijó para el Tercer (3º) día de despacho siguiente al de hoy; a las 09:30 am y 09:45 am; oportunidad legal para que rindan las declaraciones los testigos (folio 50).

En fecha 13/10/2025, día y hora fijado para oír las declaraciones de los testigos, comparecieron los ciudadanos María Teresa Terán Sereno y Lisbeth Carolina Morillo Rodríguez, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-14.068.798 y V-19.957.386, respectivamente (folios 51 y 52).

En este sentido, observa esta Juzgadora, que la solicitante en cuestión, acompañó como medios de pruebas lo siguiente:

1.-Copias fotostáticas simples de las cédulas de identidad Nros. V-11.402.737, V-10728.169, V- 10.728.168, V- 10.728.877, V-12.895.815, V-12.632.421, V-12.632.422, V-12.814.150, V-15.502.307, V-17.208.094, V-19.533.304, V-19.957.117, V-25.159.293, V-21.161.280, V-14.864.614, correspondientes a los ciudadanos
Hermes Ricardo Maldonado Fuentes, Aura Cecilia Maldonado Fuentes, María De Jesús Maldonado de Chávez, Ruth Elena Maldonado de Delgado, Leonardo Enrique Maldonado Fuentes, Charles Alexis Fossi Maldonado, Juan Carlos Fossi Maldonado, Hender Gustavo Fossi Maldonado, Karin Teresa Fossi Maldonado, Jackson Antonio Fossi Maldonado, Julio Antonio Maldonado Montaña, Yessica Andreina Maldonado Montaña, Estefanía Asunción Maldonado Montaña, Carmen Teresa Maldonado Maldonado y Edwin Javier Maldonado, respectivamente (folios 3, 16, 17, 18, 19, 29, 30, 31, 32, 33, 36, 37, 38, 41 y 42 ), que al tratarse de documentos perfectamente legibles, que tienen carácter administrativo, son apreciados en base al principio de ejecutividad de los actos administrativos, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (L.O.P.A), pero a la presente solicitud no aportan elementos probatorios alguno, en consecuencia se desecha del procedimiento. Y así se aprecia.

2.-Copias fotostáticas certificadas de las Actas de Defunción Nros. 225, 206, 612, 169, 1316 y 96 expedidas, la primera en fecha 09/05/2025; segunda, y la tercera el 30/05/2025; todas por la ciudadana Belkys Coromoto Vásquez Briceño; en su carácter de Registradora Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa; y la cuarta expedida en fecha 27/06/2025, por la Abg. Mary Elena Montes Ortiz, en su carácter de Registradora Principal del Estado Táchira, quinta, y sexta en fecha 28/05/2025, y 200o6/2025, por la ciudadana Belkys Coromoto Vásquez Briceño; en su carácter de Registradora Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, (folios 4, 5, 12 al 15, 22 al 28, 34, 35 , 39 y 40), que al tratarse de una copia certificada expedida por un funcionario facultado para ello, se les confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los Artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil en concordancia con lo previsto en el Artículo 1.384 eiusdem, y demuestra a esta Juzgadora, que los De Cujus Hermes Ricardo Maldonado Fuentes, María Ascensión Fuentes de Maldonado, Félix Rafael Maldonado Castillo, Carmen Teresa Maldonado de Fossi (Pre-Muerta), Félix Jerónimo Maldonado Fuentes (Pre-Muerto), Bertha René Maldonado Fuentes (Pre-Muerta), fallecieron ab-intestato en fechas: 14/03/2025, 08/03/2025, 15/09/2011, 15/05/1986, 24/09/2018 y 19/05/1999 respectivamente. - Y así se establece.


3.-Copias fotostáticas certificadas de las Actas de Nacimiento Nros. 62, 1049, 99 y 1904, expedidas la primera, 03/10/2011, por el ciudadano Jaime Enrique González Marroquín, en su carácter de Notario Segundo del Circulo Cúcuta, de la República de Colombia; la segunda en fecha 28/05/2025 por la ciudadana Belkys C. Vásquez B. en su carácter de Registradora Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, la tercera en fecha 03/10/2011, por la Notaria Primera del Circulo de Cúcuta de la República de Colombia, y la cuarta en fecha 30/05/2025, por la ciudadana Belkys Coromoto Vásquez Briceño; en su carácter de Registradora Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, (folios 6 al 11), y que al tratarse de documentos originales expedidos por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los Artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, concatenado con lo previsto en el Artículo 1384 eiusdem, y demuestra a quien aquí decide, que los ciudadanos: Aura Cecilia Maldonado Fuentes, María De Jesús Maldonado de Chávez, Ruth Elena Maldonado Fuentes, Leonardo Enrique Maldonado Fuentes, son hermanos del causante Hermes Ricardo Maldonado Fuentes, ut-supra identificado, fallecido ab-intestato en fecha 14/03/2025. Y así se establece.

En consecuencia, al ser analizadas y valoradas las pruebas cursantes en autos, así como las declaraciones rendidas por los testigos promovidos en la presente solicitud, determinando quien aquí juzga que no hubo oposición a la misma, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con los Artículos 937 del Código de Procedimiento Civil concatenado con el Artículo 822 del Código Civil, DECLARA las presentes actuaciones suficientes para acreditar a los ciudadanos: Aura Cecilia Maldonado Fuentes, María De Jesús Maldonado de Chávez, Ruth Elena Maldonado de Delgado, Leonardo Enrique Maldonado Fuentes, Carmen Teresa Maldonado de Fossi (Pre-Muerta); quien deja cinco hijos de nombres: Charles Alexis, Juan Carlos, Ender Gustavo, Karin Teresa y Jackson Antonio Fossi Maldonado, quienes se colocan el estado y grado de su madre, Félix Jerónimo Maldonado Fuentes (Pre-Muerto), quien deja tres hijos de nombres: Julio Antonio Maldonado Montaña, Yessica Andreina Maldonado Montaña y Estefanía Asunción Maldonado Montaña quienes se colocan en el estado y grado de su padre, Bertha René Maldonado Fuentes (Pre-Muerta), quien deja dos hijos de nombres: Edwin Javier Maldonado y Carmen Teresa Maldonado Maldonado, quienes se colocan en el estado y grado de la madre, quienes son venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros V-10.728.169, V-10.728.168, V-10.728.877, V-12.895.815, V-12.632.421, V-12.632.422, V-12.814.150, V-15.502.307, V-17.208.094, V-19.533.304, V-19.957.117, V-25.159.293, V-21.161.280 y V-14.864.614, en el mismo orden, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus Hermes Ricardo Maldonado Fuentes, ut-supra identificado, fallecido ab-intestato el día 14/03/2025, quienes eran hermanos y sobrinos del prenombrado ciudadano; dejando a salvo los derechos de terceros, de igual o menor derecho.

Expídase por Secretaría tres (03) juegos de copias fotostáticas certificadas solicitadas. Para la obtención de los fotostatos descritos, se autoriza a la Secretaria de este Juzgado, quien la certificara con su firma conforme al Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.

Devuélvase original de las presentes actuaciones a la parte interesada, a los fines legales consiguientes, previa su anotación de todo lo actuado en el Libro Diario de este Tribunal.
La Jueza;

Abg. Maritza Sandobal Pedroza.
La Secretaria;

Abg. Yadira Rodríguez Pérez.
En la misma fecha se dictó y publicó, siendo las doce y treinta minutos de la tarde (12:30 mm) Conste. - (Scría.).-

Solicitud Nª 1840-2025.-
MSP/yrp/nepviscaya.-