REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE
UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.

Chabasquén, 23 de octubre de 2025.
Años. 215° y 166°

Tramitada como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, hecha por la Ciudadana: SAIRI DEL CARMEN BERRIOS VILLAHERMOSA, venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.102.673. Asistido en este acto por el Abogado en ejercicio KRUBER JOSUE GIL SANCHEZ. Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 155.461 solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre la Bienhechuría a que ella se contrae. De las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por los Ciudadanos: FRANKLIN JAIR ORELLANA MARQUEZ y MAYQUER GREGORY MEDINA GONZALEZ,Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cedulas de Identidad N° V- 11.581.740 y V-15.349.408, respectivamente, consta que la solicitante ocupa un lote de terreno de propiedad Municipal, ubicado en la Calle Bolívar entre 24 de Julio y Avenida Sucre de esta Población de Chabasquén del Municipio Monseñor José Vicente de Unda Estado Portuguesa la cual contiene los siguientes Linderos: NORTE: Bienhechurías de Pascual Torrealba con una extensión de ( 8,90 metros). SUR: Bienhechurías de Jesús Vásquez y callejón de acceso que funciona como servidumbre, con una extensión de (11,50 metros). ESTE: Bienhechurías de Lilian Vásquez (13.30 metros) y OESTE: Bienhechurías de Osvaldo González (13.30 metros). Con un área aproximada de CIENTO VEINTIUN METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y TRES CENTIMETROS (121,93 Mtrs2) todo enclavado en un lote de terreno propiedad Municipal consistentes en: una casa de habitación familiar, construida con columnas y vigas de concreto armado, paredes de bloques con acabado liso, techo de zinc con correas metálicas. Las bienhechurías cuentan con dos (02) puertas metálicas y tres (03) ventanas con protector metálico. Distribuida de la siguiente manera: dos (02) habitaciones, una (01) sala, una (01) cocina-comedor, tres (03) baños, una (01) área de servicio. Con sus instalaciones eléctricas y sanitarias en perfectas condiciones. Todo enclavado en un lote de terreno propiedad de la Municipalidad, según consta en documento Registrado bajo el N° 161 folios 10/11, Protocolo Primero, Tomo Segundo, Segundo Trimestre del año 1978, en la Oficina de Registro Inmobiliario de la Ciudad de Biscucuy del Municipio Sucre del Estado Portuguesa, la misma la ha fomentado a sus propias y únicas expensas con dinero de su propio peculio y trabajo personal e invirtió en todas esas bienhechurías la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs 50.000,00). Por cuanto no ha habido oposición este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el ARTICULO 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle a la Ciudadana: SAIRI DEL CARMEN BERRIOS VILLAHERMOSA, antes identificada, la posesión o algún derecho sobre las Bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.- Se deja constancia que fue presentada Cedula Catastral de la Oficina Municipal de Catastro de la Alcaldía del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Estado Portuguesa de fecha 25/09/2025 y Autorización para levantar y Registrar Titulo Supletorio emitida por la sindicatura municipal de fecha : 30/09/2025, para que el solicitante se provea del respectivo TITULO SUPLETORIO, sobre las Bienhechurías edificadas dentro del lote de terreno. Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas. -
Dios y Federación.
El Juez Provisorio
Abg. Duvelys Ramón Briceño Juárez
El Secretario.
Abg. Luis Enrique Briceño Rojas. -
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas constante de trece (13) folios útiles.
El Secretario.
Abg. Luis Enrique Briceño Rojas. -




SOL. 48/2025