REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 15 de octubre de 2025
215° y 166°
DECRETO
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, interpuesta por la ciudadana: NAIBELI MILENNY GIRON ALEJOS, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, estado Civil soltera, titular de la cédula de identidad Número. V-29.889.491, domiciliada en la Carrera 11, Barrio Bumbi, sector I de la ciudad de Píritu, municipio Esteller del estado Portuguesa, debidamente asistida en este acto por el profesional de derecho: RAMÓN ARCALGEL LUNA ROMERO, Abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad Número V-9.567.901, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPRE) bajo el Nº 232.336, con domicilio procesal en el callejón 14, casa Nº 03; Urbanización Betty Herrera, Píritu municipio Esteller del estado Portuguesa. Solicita que les sirva oír en su Despacho a los testigos de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos: FRANYER JOSÉ PÉREZ CASTILLO y DELIMAR DEL CARMEN GRATEROL ARIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-24.813.229 y V-29.824.461, de este domicilio.
Consta que sobre unas mejoras y bienhechurías de una casa de uso familiar y sus anexidades, cuyas bienhechurías se encuentra construidas con estructuras de concreto, servicios públicos existente tales como: acueducto, electricidad de alumbrado público, cloacas, aceras y brocales, piso de concreto pulido, columnas de concreto, bloque de concreto, friso liso, pintura en caucho y óleo, techo de zinc, estructura de techo metálica, pintura de estructura metálica revestida de anticorrosivo y óleo, ventanas dos (02), un (01) baño con porcelana, piezas sanitarias un (01) W,C., un (01) lavamanos, una (01) ducha, tres (03) puerta de hierro, ambientes; una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina, tres (03) dormitorios, bien inmueble adquirida con dinero de su propio peculio; construida sobre una (1) parcela de terreno de ejidos municipales; ubicado en la carrera 11, Barrio Bumbi, sector I, Píritu municipio Esteller del estado Portuguesa; dicha parcela de terreno; consta de un área de: DOCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y DOS CENTRIMETRO (262.32 M2), la cual se encuentran alinderada de la siguiente manera: NORTE: IGLESIA ESMIRNA; CON 11,43 ML; SUR: CARRERA 11, BARRIO BUMBI, SECTOR I, CON 10,9 ML; ESTE: SOLAR Y CASA DE SUCESIÓN ASUNCIÓN ESCOBAR, con 24,08 ML; y OESTE: SOLAR Y CASA DE CORTEZA PÉREZ, con 23.6 ML, y con un área de construcción de: CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE CENTIMETRO (120.69 M2), según costa en Cédula catastral y plano digitalizado del levantamiento de dicha vivienda, todo ella expedida a través de la oficina de catastro urbano de la Alcaldía Bolivariana del municipio Esteller estado Portuguesa, invirtiendo en mano de obra, conservación y materiales la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 1.275.000) lo cual equivale a VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNA unidades tributarias (UT 29.651);.
Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: NAIBELI MILENNY GIRON ALEJOS, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentaron: plano del inmueble y Ficha catastral, emitida por la Alcaldía Bolivariana del municipio Esteller del estado Portuguesa, constancia de adjudicación, emitida por sindicatura municipal Esteller, constancia de residencia emitida por el consejo comunal Barrio Bumbi sector I, de Píritu municipio Esteller del estado Portuguesa, constancia en original de ocupación, emitida por el consejo comunal Barrio Bumbi sector I, de Píritu municipio Esteller del estado Portuguesa, Copias simple de Cédulas de Identidad de la solicitante, Copias simple de Cédulas de Identidad de las testigos, Copias simple de Cédulas de Identidad del abogado y INPRE, para que el solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurías construidas sobre el referido terreno. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Juez Titular,
Msc. ANGELA M. SOSA R. La Secretaria,
Abg. GLORIA S. BURGOS E.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:
Solicitud Nº 15.395-2025
AMSR/GSBE/meba
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