REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, Treinta (30) de octubre del Dos Mil Veinticinco (2.025).
215° y 166°
SOLICITUD Nro. 2021-2025
Presentada en fecha 11 de agosto de 2025 por distribución y fue enviada a este Tribunal en fecha 12 de agosto 2025, la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, formulada por la ciudadana ESPERANZA DEL CARMEN MUJICA SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad, Nº V-4.202.252, domiciliada en Acarigua Municipio Páez del Estado Portuguesa, actuando en su nombre propio y en representación de sus hermanos JOSE VENANCIO MUJICA SEQUERA, AURA ROSA MUJICA SEQUERA, JUANA PAULA MUJICA SEQUERA (FALLECIDA), HECTOR ENRIQUE MUJICA SEQUERA (FALLECIDO), JOSE RAMON MUJICA SEQUERA, ADA LUISA MUJICA SEQUERA, CANDIDO ALFONSO MUJICA SEQUERA (FALLECIDO) Y ROSA ELENA MUJICA SEQUERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Números V-3.528.844, V-3.869.374, V-3.869.368, V-4.611.857, V-7.545.073, V- 9.568.235, V- 9.842.659, V-9.842.816, respectivamente, así mismo, actúa en representación de los ciudadanos ANDERSON LUSDIN MUJICA, HERIKA JOSEFINA MUJICA, JORKIN JOSE MUJICA, DALILA DEL MAR MUJICA y YORBELYS COROMOTO MUJICA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. V-11.542.774, V-11.849.849, V-13.584.993, V-15.869.360, y V-15.869.361, hijos de JUANA PAULA MUJICA SEQUERA (FALLECIDA), y TATIANA COROMOTO MUJICA COLMENAREZ, HECTOR ENRIQUE MUJICA COLMENAREZ Y HECTOR LUIS MUJICA COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. V-19.715.895, V-24.020.115 y V-25.163.472, hijos de HECTOR ENRIQUE MUJICA SEQUERA (FALLECIDO), en su condición de nietos, en cuanto al (FALLECIDO) CANDIDO ALFONSO MUJICA SEQUERA (NO DEJÒ HIJOS), debidamente asistidos por la abogada AURA ESTELA RANGEL ROMANO, inscrita en el Inpreabogado N° 137.637, con domicilio en la Urbanización Agua Clara, Araure Estado Portuguesa, quienes solicitan se les nombre como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS de los De Cujus VENANCIO MUJICA TORREALBA Y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA, quienes eran Venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nº V-363.978 Nro. V-365.473, fallecieron Ab-Instetato, según consta en Acta de defunción Nº 103, el primero, expedidas por el Registro Civil del Municipio Páez del Estado portuguesa, en fecha 21 de marzo de 2007, a causa de Arritmia cardiaca HTA, en Acarigua estado portuguesa, y la segunda, según Acta de defunción Nro. 0241 en fecha 29 de junio 2014, en el Hospital Doctor José Gregorio Hernández a consecuencia de insuficiencia cardiaca.
Así mismo, anexo a la presente solicitud:
1.- Copias Certificadas de las Actas de defunción Nro. 103 y 0241 de los de cujus VENANCIO MUJICA TORREALBA y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA.
2.- Copia Certificada del Acta de Matrimonio Nro. 184, de los De cujus VENANCIO MUJICA TORREALBA y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA.
3.- Copias Certificadas de las Actas de nacimiento Nros. 131, 265, 1134, 417, perteneciente a los ciudadanos JOSE VENANCIO, AURA ROSA, JOSE RAMON, JUANA PAULA, emitidas por el Registro Civil Estado Carabobo Parroquia Fraternidad.
4.- Copias Certificadas de las Actas de nacimiento Nros. 161, 470, 127, 441, 796, perteneciente a los ciudadanos ESPERANZA DEL CARMEN, ADA LUISA, HECTOR ENRIQUE, CANDIDO ALFONSO, ROSA ELENA, emitidas por el Registro Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa.
5.- Copias Certificadas de las Actas de defunción Nro. 44, 800, 0188, de los hijos fallecidos CANDIDO ALFONSO, HECTOR ENRIQUE y JUANA PAULA.
6.- Copias Certificadas de las Actas de nacimiento Nro. 1322, 141, 3326, 1617, 1148, de los nietos ANDERSON LUSDIN MUJICA, HERIKA JOSEFINA MUJICA, JORKIN JOSE MUJICA, DALILA DEL MAR MUJICA, YORBELYS COROMOTO MUJICA, hijos de la fallecida JUANA PAULA MUJICA SEQUERA.
7.- Copias Certificadas de las Actas de nacimiento Nro. 2912, 2540, 3205, de los nietos TATIANA COROMOTO MUJICA COLMENAREZ, HECTOR ENRIQUE MUJICA COLMENAREZ, HECTOR LUIS MUJICA COLMENAREZ, de los hijos del fallecido HECTOR ENRIQUE MUJICA SEQUERA.
8.- Copias de las cedulas de identidad de los De cujus VENANCIO MUJICA TORREALBA y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA, de los hijos y de los nietos
9.- Certificación de datos de Cándido Alfonso Mujica Sequera, expedida por el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME).
Cumplidos como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento, conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Cartel, para la comparecencia de alguna persona o personas interesadas en este procedimiento.
En fecha 16 de septiembre de 2025, se le dio entrada y se Admite, librando cartel de publicación (Folio 63 y 64).
En fecha 26 de septiembre de 2025, la ciudadana ESPERANZA DEL CARMEN MUJICA SEQUERA, otorgando Poder Apud Acta a la Abogada AURA ESTELA RANGEL ROMANO. (Folio 65).
En fecha 26 de septiembre de 2025, comparece la apoderada judicial AURA ESTELA RANGEL ROMANO, consignando el cartel publicado. (folio 66 y 67).
En fecha 13 de octubre de 2025, por auto, se fija al cuarto día de despacho siguiente a las 10:00 y a las 10:30 am, para oír la declaración de los testigos. (Folio 68).
En fecha 17 de octubre de 2025, se oye Declaración de los testigos (F. 69 Y 70).
En fecha 23 de octubre de 2025, este Tribunal pasa a dictar Decreto. (Folio 71).
ANÀLISIS PROBATORIO.
En este sentido, observa esta juzgadora, que la solicitante ESPERANZA DEL CARMEN MUJICA SEQUERA, antes identificada, acompaño como medios de pruebas los siguientes documentos:
1.- Copias Certificadas de las Actas de Defunción Nros. 103 y 0241 emanada del Registro Civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa, de los De cujus VENANCIO MUJICA TORREALBA y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA que al tratarse de copias certificadas de documentos públicos expedidos por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, y demuestra a esta juzgadora, que el primero era Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-363.978 y falleció Ab-Instetato, en fecha 21 de marzo de 2007, a causa de Arritmia cardiaca HTA, en la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa, y la segunda falleció ab Instetato el día 29 de junio del 2014, en el Hospital Doctor José Gregorio Hernández, Araure Estado Portuguesa a consecuencia de insuficiencia cardiaca. (Folio 04 al 06). Así se decide.
2.-Copia Certificada del Acta de Matrimonio N° 184, año 1976, folio 201, Tomo I, emitido por el Registro Civil del Municipio Páez del estado Portuguesa, que al tratarse de una copia certificada de documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, y demuestra a esta juzgadora, que pertenece a los contrayentes hoy De Cujus VENANCIO MUJICA TORREALBA Y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA, (Folio 07 al 09). Así se decide.
3.- Copia certificada del Acta de Nacimiento N° 131, folio 66, Tomo I, año 1947, emanada del Registro Civil del Municipio Puerto Cabello, Parroquia Fraternidad del Estado Carabobo del ciudadano JOSE VENANCIO que al tratarse de un documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, y demuestra a esta juzgadora, que pertenece al ciudadano JOSE VENANCIO MUJICA SEQUERA y que es hijo de los De cuyus VENANCIO MUJICA TORREALBA Y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA. Así se decide.
4.- Copia certificada del Acta de Nacimiento N° 265, folio 133, Tomo I, año 1948, emanada del Registro Civil del Municipio Puerto Cabello, Parroquia Fraternidad del Estado Carabobo, perteneciente a la ciudadana AURA ROSA MUJICA SEQUERA que al tratarse de un documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil y demuestra a esta juzgadora, que es hija de los de cuyus VENANCIO MUJICA TORREALBA Y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA. Así se decide.
5.- Copia certificada del Acta de Nacimiento N° 417, folio 209, Tomo I, año 1949, emanada del Registro Civil del Municipio Puerto Cabello, Parroquia Fraternidad del Estado Carabobo, y pertenece a la ciudadana JUANA PAULA MUJICA SEQUERA que al tratarse de un documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, demuestra a esta juzgadora, que es hija de los De Cuyus VENANCIO MUJICA TORREALBA Y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA. Así se decide.
6.- Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 161, folio 81, emanada del Registro Civil del Municipio del municipio Araure del estado portuguesa, emitido en fecha 06-03-2025, de la ciudadana ESPERANZA DEL CARMEN MUJICA SEQUERA que al tratarse de un documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, y demuestra a esta juzgadora, que es hija de los Cuyus VENANCIO MUJICA TORREALBA Y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA. ASI SE DECIDE.
7.- Copia certificada del Acta de Nacimiento N° 127, folio 64, emanada del Registro Civil del Municipio del Araure Estado Portuguesa, emitido en fecha 06-03-2025, del ciudadano HECTOR ENRIQUE MUJICA SEQUERA que al tratarse de un documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, y demuestra a esta juzgadora, que es hijo de los Cuyus VENANCIO MUJICA TORREALBA Y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA. ASI SE DECIDE.
8.- Copia certificada del Acta de Nacimiento N° 1134, folio 00, Tomo III, año 1957, emanada del Registro Civil del Municipio Puerto Cabello, Parroquia Fraternidad del estado Carabobo, emitida en fecha 13-03-2025, del ciudadano JOSE RAMON. que al tratarse de un documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, y demuestra a esta juzgadora, que es hijo de los Cuyus VENANCIO MUJICA TORREALBA Y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA. ASI SE DECIDE.
9.- Copia certificada del Acta de Nacimiento N° 470, año 1964, emanada del Registro Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa de la ciudadana ADA LUISA MUJICA SEQUERA, que al tratarse de un documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, y demuestra a esta juzgadora, que es hija de los Cuyus VENANCIO MUJICA TORREALBA Y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA. ASI SE DECIDE.
10.- Copia certificada del Acta de Nacimiento N° 441, folio 221, año 1975, emanada del Registro Civil del Municipio Araure Estado Portuguesa, emitido en fecha 01-04-2024, del ciudadano CANDIDO ALFONSO MUJICA SEQUERA, que al tratarse de un documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, y demuestra a esta juzgadora, que es hijo de los Cuyus VENANCIO MUJICA TORREALBA Y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA. ASI SE DECIDE.
11.- Copia certificada del Acta de Nacimiento N° 796, 03 de julio 1978, emanada del Registro Civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa, y pertenece a la ciudadana ROSA ELENA MUJICA SEQUERA, que al tratarse de un documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, y demuestra a esta juzgadora, que es hijo de los Cuyus VENANCIO MUJICA TORREALBA Y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA. ASI SE DECIDE.
12.- Copia certificada de Acta de Defunción perteneciente al ciudadano CANDIDO ALFONSO MUJICA SEQUERA, Nro. 44, año 2004, folio 23, Tomo I, de Registro Civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa, donde indica que no tuvo hijos.
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13.- Copia certificada de acta de defunción perteneciente al ciudadano HECTOR ENRIQUE MUJICA SEQUERA, Nro. 800, de Registro Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa señala que deja 3 hijos de nombres Tatiana, Héctor y Luis.
14.- Copia certificada de acta de defunción perteneciente a la ciudadana JUANA PAULA MUJICA SEQUERA, Nro. 0188, Folio 188, en fecha 05-05-2012, de Registro Civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa y señala que deja cinco (5) hijos ANDERSON LUSDIN, HERIKA JOSEFINA, DALILA DEL MAR, YORBELYS COROMOTO Y JORKIN JOSE.
15.- Copia certificada de acta de nacimiento perteneciente al ciudadano ANDERSON LUSDIN, Nro. 1322 año 1973, folio 317, Tomo 2, emitida el 28-07-2025 de Registro civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa y que es hijo de la ciudadana JUANA PAULA MUJICA ( FALLECIDA).
16.-Copia certificada de acta de nacimiento perteneciente a la ciudadana HERIKA JOSEFINA, Nro. 141 año 1975, folio 141, Tomo 1, emitida el 28-07-2025 de Registro Civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa y que es hija de la ciudadana JUANA PAULA MUJICA ( FALLECIDA)
17.- Copia certificada de acta de nacimiento perteneciente al ciudadano JORKIN JOSE, Nro. 3326, año 1979, folio 142, Tomo 05, emitida el 28-07-2025 de Registro Civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa y que es hijo de la ciudadana JUANA PAULA MUJICA ( FALLECIDA)
18.- Copia certificada de acta de nacimiento perteneciente a la ciudadana DALILA DEL MAR, Nro. 1617 año 1982, folio 30, Tomo 03, emitida el 28-07-2025 de Registro Civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa. y que es hija de la ciudadana JUANA PAULA MUJICA ( FALLECIDA).
19.- Copia certificada de acta de nacimiento perteneciente a la ciudadana YORBELYS COROMOTO, Nro. 1148 año 1984, folio 186, Tomo 02, emitida el 28-07-2025 de Registro Civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa y que es hija de la ciudadana JUANA PAULA MUJICA (FALLECIDA)
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20.- Copia certificada de acta de nacimiento perteneciente a la ciudadana TATIANA COROMOTO MUJICA COLMENAREZ, Nro. 2912 año 1988, folio 390 Tomo 04, emitida el 28-07-2025 de por el Registro Civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa y que es hija del ciudadano HECTOR ENRIQUE MUJICA SEQUERA (FALLECIDO)
21.-Copia certificada de acta de nacimiento perteneciente al ciudadano HECTOR ENRIQUE MUJICA COLMENAREZ, Nro. 2540, año 1991, folio 117, emitida el 28-07-2025 de Registro civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa y demuestra que es hijo del ciudadano HECTOR ENRIQUE MUJICA SEQUERA (FALLECIDO)
22.- Copia certificada de acta de nacimiento perteneciente al ciudadano HECTOR LUIS MUJICA COLMENAREZ, Nro. 3205, año 1993, folio 35, Tomo 05, emitida el 28-07-2025 de Registro civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa, que es hijo del ciudadano HECTOR ENRIQUE MUJICA SEQUERA (FALLECIDO) (Folio 10 al 50).Así se decide.
4.- Copias Fotostáticas simple de las Cédulas de identidad perteneciente al de cujus MUJICA TORREALBA VENANCIO, a la de cujus SEQUERA DE MUJICA ANTONIA FLORENCIA, MUJICA SEQUERA JOSE VENANCIO, MUJICA SEQUERA AURA ROSA, MUJICA SEQUERA JUANA PAULA, MUJICA SEQUERA ESPERANZA DEL CARMEN N° V- 4.202.252, MUJICA SEQUERA HECTOR ENRIQUE, MUJICA SEQUERA JOSE RAMON, MUJICA SEQUERA ADA LUISA, MUJICA SEQUERA ROSA ELENA, MUJICA YORBELYS COROMOTO, MUJICA DALILA DEL MAR, MUJICA JORKIN JOSE, MUJICA ANDERSON LUSDIN, MUJICA HERIKA JOSEFINA, MUJICA COLMENAREZ TATIANA COROMOT, MUJICA COLMENAREZ HECTOR ENRIQUE y MUJICA COLMENAREZ HECTOR LUIS.
5.- Copias Fotostáticas simple de las Cédulas de identidad perteneciente a los ciudadanos NAVARRO ANDRADE JESUS ENRIQUE y COHIL RIVERO DAYANA ANAIS, testigos promovidos.
5.- Certificación de datos emitido por el SAIME ACARIGUA, en fecha 21-03-2024, perteneciente al ciudadano CANDIDO ALFONSO MUJICA SEQUERA. Que al tratarse de una copia certificada de documento público expedido por funcionario facultado para ello, se le confiere pleno valor probatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil, (folio 60) y así se decide.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
En su oportunidad comparecieron por ante este despacho los ciudadanos: NAVARRO ANDRADE JESUS ENRIQUE, Y COHIL RIVERO DAYANA ANAIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-13.906.694 y V-17.364.760, respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, quienes fueron contestes y sin contradicción en sus dichos.
De donde se evidenciaron los hechos invocados en la solicitud, ya que, de manera textual manifestaron lo siguiente: JESUS ENRIQUE NAVARRO ANDRADE, entes identificado, asistido por la Abogada AURA ESTELA RANGEL ROMANO, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 137.637, una vez juramentado manifestó: A “Viva Voz”, no tener ningún impedimento legal para declarar y en consecuencia se inicia la declaración: A LA PRIMERA PREGUNTA: Contesto: No comprendida. A LA SEGUNDA PREGUNTA: Contesto: Si, los conocí de vista, trato y comunicación a los hoy de cujus VENANCIO MUJICA TORREALBA y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA. A LA TERCERA PREGUNTA: Contesto: Si, se y me consta que los hoy de cujus VENANCIO MUJICA TORREALBA y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA, fallecieron sin dejar testamento en su casa de habitación ubicada en la calle 34, con avenida 33 y 34, casa Nro. 33-37 del Barrio Colombia, Sector Centro de Acarigua Estado Portuguesa. A LA CUARTA PREGUNTA: Si se y me consta, que los ciudadanos JOSE VENANCIO MUJICA SEQUERA, AURA ROSA MUJICA SEQUERA, JUANA PAULA MUJICA SEQUERA (fallecida), HECTOR ENRIQUE MUJICA SEQUERA (fallecido), JOSE RAMÓN MUJICA SEQUERA, ADA LUISA MUJICA SEQUERA, CANDIDO ALFONSO MUJICA SEQUERA (fallecido), ROSA ELENA MUJICA SEQUERA y ESPERANZA DEL CARMEN MUJICA SEQUERA, en su condición de hijos y en condición de nietos los ciudadanos MUJICA ANDERSON LUSDIN, MUJICA HERIKA JOSEFINA, JORKIN JOSE MUJICA, DALILA DEL MAR MUJICA, YORBELIS COROMOTO MUJICA, MUJICA COLMENAREZ TATIANA COROMOTO, MUJICA COLMENAREZ HECTOR ENRIQUE y MUJICA COLMENAREZ HECTOR LUIS, son los únicos y universales herederos ab intestato de los causante antes identificados. LA QUINTA PREGUNTA: Si doy razón fundada de todo lo dicho.
COHIL RIVERO DAYANA ANAIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula N° V-17.364.760, Asistida en este acto por la Abogada AURA ESTELA RANGEL ROMANO, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 137.637, una vez juramentada e impuesta como fue la razón de su comparecencia y las disposiciones de Ley. La testigo manifestó: A “Viva Voz”, no tener ningún impedimento legal para declarar y en consecuencia se inicia la declaración:A LA PRIMERA PREGUNTA: Contesto: No comprendida.A LA SEGUNDA PREGUNTA: Contesto: Si, los conocí de vista, trato y comunicación a los hoy de cujus VENANCIO MUJICA TORREALBA y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA. A LA TERCERA PREGUNTA: Contesto: Si, se y me consta que los hoy de cujus VENANCIO MUJICA TORREALBA y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA, fallecieron sin dejar testamento en su casa de habitación ubicada en la calle 34, con avenida 33 y 34, casa Nro. 33-37 del Barrio Colombia, Sector Centro de Acarigua estado Portuguesa. A LA CUARTA PREGUNTA: Si se y me consta, que los ciudadanos JOSE VENANCIO MUJICA SEQUERA, AURA ROSA MUJICA SEQUERA, JUANA PAULA MUJICA SEQUERA (fallecida), HECTOR ENRIQUE MUJICA SEQUERA (fallecido), JOSE RAMÓN MUJICA SEQUERA, ADA LUISA MUJICA SEQUERA, CANDIDO ALFONSO MUJICA SEQUERA (fallecido), ROSA ELENA MUJICA SEQUERA y ESPERANZA DEL CARMEN MUJICA SEQUERA, en su condición de hijos y en condición de nietos los ciudadanos MUJICA ANDERSON LUSDIN, MUJICA HERIKA JOSEFINA, JORKIN JOSE MUJICA, DALILA DEL MAR MUJICA, YORBELIS COROMOTO MUJICA, MUJICA COLMENAREZ TATIANA COROMOTO, MUJICA COLMENAREZ HECTOR ENRIQUE y MUJICA COLMENAREZ HECTOR LUIS, son los únicos y universales herederos ab intestato de los causante antes identificados. LA QUINTA PREGUNTA: Si doy razón fundada de todo lo dicho.
DISPOSITIVA.
Por cuanto no hubo oposición este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIALDEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en los artículos 822 del Código Civil y lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los ciudadanos: ESPERANZA DEL CARMEN MUJICA SEQUERA,JOSE VENANCIO MUJICA SEQUERA, AURA ROSA MUJICA SEQUERA, JUANA PAULA MUJICA SEQUERA (FALLECIDA), HECTOR ENRIQUE MUJICA SEQUERA (FALLECIDO), JOSE RAMON MUJICA SEQUERA, ADA LUISA MUJICA SEQUERA, CANDIDO ALFONSO MUJICA SEQUERA (FALLECIDO), ROSA ELENA MUJICA SEQUERA, y los nietos ANDERSON LUSDIN MUJICA, HERIKA JOSEFINA MUJICA, JORKIN JOSE MUJICA, DALILA DEL MAR MUJICA, YORBELYS COROMOTO MUJICA, TATIANA COROMOTO MUJICA COLMENAREZ, HECTOR ENRIQUE MUJICA COLMENAREZ, HECTOR LUIS MUJICA COLMENAREZ, todos debidamente identificado en autos, como ÙNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de los de cujus VENANCIO MUJICA TORREALBA Y ANTONIA FLORENCIA SEQUERA DE MUJICA, debidamente identificados en autos.
Expídase por Secretaria las copias certificadas a que haya lugar. En Acarigua a los Treinta (30) días del mes de octubre del Dos Mil Veinticinco (2.025).
La Juez Provisorio,
Abg. TAMARI COROMOTO GUTIERREZ OCANDO.
La Secretaria,
Abg. CAROLINA LINAREZ.
Seguidamente, se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesada, Siendo las 09:00 am de la mañana.
Conste.
Scrtra
Solicitud. N° 2021-2025.
TCGO/Tamayra.
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