REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Acarigua, Ocho (08) de Enero del Dos Mil Veintiséis (2.026).
Años 215° y 166°
Tribunal Móvil.
SOLICITUD Nº 2049-2025.
Recibida en el Tribunal Distribuidor en fecha 06 de Noviembre de 2025, enviada a este Tribunal en fecha 11 de Noviembre de 2025, la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, formulada por el ciudadano REINALD ELIEZER ALSECO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nº V-24.146.818, domiciliado en el Corredor Vial, Avenida 01, casa N° 80, Barrio las Delicias, Acarigua Estado Portuguesa, actuando en representación propia y de sus hermanos los ciudadanos: NANDRO RAFAEL SANCHEZ MENDOZA y NARLYS CARINA SANCHEZ MENDOZA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números Nº V-14.888.909 y V-14.888.768, debidamente asistida en este acto por el Abogado: YANIS ARAUJO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.693.131, inscrito en el Inpreabogado N° 149.116, adscrito a la Unidad de Regional de la Defensa Publica con competencia Ampliada en la Materia Civil, quienes solicitan se les nombre como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus NANCY COROMOTO MENDOZA FERNANDEZ, quien era Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.952.053, y falleció Ab-Intestato, según consta en Acta de defunción bajo el Nº 679, en fecha 07 de Junio del 2023, a las 7 y 14 PM, en el Hospital Dr Jesús María Casal Ramos, a consecuencia de INSUFIENCIA RESPIRATORIA AGUDA, CETOACIDOSIS DIABETICA, DIABETE MELLITUS TIPO II, Certificado de Defunción N° 4445305 según el Dr. WIL PEREZ, MPPS N° 191955.
El solicitante anexo a la presente solicitud:
1.- Copia certificada del Acta de Defunción Nº 679, emanada del Registro Civil del Municipio Araure Estado Portuguesa, expedida en fecha 19 de Junio de 2023, de lal De cujus NANCY COROMOTO MENDOZA FERNANDEZ.(Folio 04).
2.- Copias de las cedulas de los ciudadanos: REINALD ELIEZER ALSECO MENDOZA, NANDRO RAFAEL SANCHEZ MENDOZA y NARLYS CARINA SANCHEZ MENDOZA, y de la De Cujus NANCY COROMOTO MENDOZA FERNANDEZ. (Folios 03, 05, y 06).
3.- Copias certificadas de las Actas de nacimiento Números 1158, 2438 y 3480, emanadas del Registro Civil Municipio Páez, Estado Portuguesa, pertenece a los ciudadanos REINALD ELIEZER ALSECO MENDOZA, NANDRO RAFAEL SANCHEZ MENDOZA y NARLYS CARINA SANCHEZ MENDOZA. (Folios 09-14).
En fecha 14 de Noviembre de 2025, se admitió y se fijaron los testigos al 8vo día de despacho siguiente. (Folio 19).
En fecha 28 de Noviembre de 2025, auto declarando Desierto. (Folio 20).
En fecha 01 de Diciembre de 2025, comparece el ciudadano REINALD ELIEZER ALSECO MENDOZA, solicitando nueva oportunidad. (Folio 21).
En fecha 04 de Diciembre de 2025, auto fijando testigos al 3er día. (Folio 22 al 24).
En fecha 16 de Diciembre de 2025, el Tribunal pasa a dictar Decreto. (Folio 25).
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR.
En su oportunidad comparecieron por ante este despacho los ciudadanos MISGLEDIS YULIDE BRICEÑO YAJURE y PATRICIA ADELINA MONTES titulares de las cedulas de identidad N° V-19.043.500. y N° V-25.697.698, respectivamente, testigos promovidos, quienes fueron contestes y sin contradicción en sus dichos.
La primera testigo: MISGLEDIS YULIDE BRICEÑO YAJURE, una vez juramentada A LA PRIMERA PREGUNTA: Contesto: Si, los conozco desde hace mucho tiempo, de vista, trato y comunicación a los ciudadanos, REINALD ELIEZER ALSECO MENDOZA, NANDRO RAFAEL SANCHEZ MENDOZA y NARLYS CARINA SANCHEZ MENDOZA y igualmente conocí a la De Cujus NANCY COROMOTO MENDOZA FERNANDEZ. A LA SEGUNDA PREGUNTA: Contesto: Si se y me consta que la (De Cujus) NANCY COROMOTO MENDOZA FERNANDEZ, era madre de los ciudadanos REINALD ELIEZER ALSECO MENDOZA, NANDRO RAFAEL SANCHEZ MENDOZA y NARLYS CARINA SANCHEZ MENDOZA, que la mismo falleció ab – intestato el 07-06-2023. A LA TERCERA PREGUNTA: Contesto: Si se y me consta que la (De Cujus) NANCY COROMOTO MENDOZA FERNANDEZ, no dejo otro heredero. A LA CUARTA PREGUNTA: Contesto: Si se y me consta que los UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, de la De Cujus NANCY COROMOTO MENDOZA FERNANDEZ, son los ciudadanos REINALD ELIEZER ALSECO MENDOZA, NANDRO RAFAEL SANCHEZ MENDOZA y NARLYS CARINA SANCHEZ MENDOZA. A LA QUINTA PREGUNTA: Contesto: Si doy razón de todo lo dicho.
La segunda testigo PATRICIA ADELINA MONTES, una vez juramentada A LA PRIMERA PREGUNTA: Contesto: Si, los conozco desde hace mucho tiempo, de vista, trato y comunicación a los ciudadanos, REINALD ELIEZER ALSECO MENDOZA, NANDRO RAFAEL SANCHEZ MENDOZA y NARLYS CARINA SANCHEZ MENDOZA y igualmente conocí a la De Cujus NANCY COROMOTO MENDOZA FERNANDEZ. A LA SEGUNDA PREGUNTA: Contesto: Si se y me consta que la (De Cujus) NANCY COROMOTO MENDOZA FERNANDEZ, era madre de los ciudadanos REINALD ELIEZER ALSECO MENDOZA, NANDRO RAFAEL SANCHEZ MENDOZA y NARLYS CARINA SANCHEZ MENDOZA, que la mismo falleció ab – intestato el 07-06-2023. A LA TERCERA PREGUNTA: Contesto: Si se y me consta que la (De Cujus) NANCY COROMOTO MENDOZA FERNANDEZ, no dejo otro heredero. A LA CUARTA PREGUNTA: Contesto: Si se y me consta que los UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, de la De Cujus NANCY COROMOTO MENDOZA FERNANDEZ, son los ciudadanos REINALD ELIEZER ALSECO MENDOZA, NANDRO RAFAEL SANCHEZ MENDOZA y NARLYS CARINA SANCHEZ MENDOZA. A LA QUINTA PREGUNTA: Contesto: Si doy razón de todo lo dicho.
DISPOSITIVA.
Por cuanto no hubo oposición este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIALDEL ESTADO PORTUGUESA administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en los artículos 822 del Código Civil y lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los ciudadanos: REINALD ELIEZER ALSECO MENDOZA, NANDRO RAFAEL SANCHEZ MENDOZA y NARLYS CARINA SANCHEZ MENDOZA, como los UNICOS Y UNIVERSALES HERDEROS de la De Cujus NANCY COROMOTO MENDOZA FERNANDEZ, identificado en autos.
Expídase por Secretaria las copias certificadas a que haya lugar. En Acarigua a los Ocho (08) Días del mes de Enero del Dos Mil Veintiséis (2.026).
La Juez Provisorio,
Abg. TAMARI COROMOTO GUTIERREZ OCANDO.
La Secretaria,
Abg. CAROLINA LINAREZ.
Seguidamente, se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesada, Siendo las 10: 30 a.m.
Conste.
Scrtra
Solicitud. N° 2049-2.025.
TCGO/jd.
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