Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR el derecho a exigir honorarios profesionales del Abogado SANTIAGO CASTILLO QUINTANA, por sus actuaciones profesionales realizadas en representación del ciudadano ASDRUBAL VIRGILIO CARRASCO JIMENEZ, quien demandó por INTERDICTO RESTITUTORIO contra los ciudadanos RAMÓN VALERA y JUAN VALERA.
En consecuencia, una vez que quede firme la presente decisión, se dará inicio a la fase ejecutiva, para que los intimados acepten la estimación o ejerza el derecho de retasa.
No hay condenatoria en costas, en virtud a la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y.....