En tal sentido, no habiendo sido objetado el presente Divorcio por parte de la Fiscal Cuarto del Ministerio Público Especializada para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares del Segundo Circuito de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa; este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos: RAFAEL RAMON ROMERO RODRIGUEZ y ANGELICA DEL CARMEN CASTELLANOS, plenamente identificados; contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Villa Bruzual del Municipio Turén del Estado Portuguesa, según consta de Copia Certificada del Acta de matrimonio, inserta bajo el Nº 56, de fecha Veintinueve (29) .....