Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogado FANNY COLMENARES GARCIA en su carácter de Defensora Pública, contra la sentencia publicada en fecha 09-Julio-2007, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, mediante la cual condenó al ciudadano JIMENEZ AGUILAR JHON GLEIVER, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR. En consecuencia ordena la celebración de un nuevo juicio oral y público ante otro Tribunal distinto del que pronuncio la sentencia que aquí se anula, de conformidad con lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal.